REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE
EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO VARGAS
Macuto, 02 de Julio de 2013
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-P-2012-001037
ASUNTO : 2E-2690-2013

ABSOLUTOIRIA


Compete a este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, emitir pronunciamiento en la presente causa seguida en contra del ciudadano penado JUAN CARLOS MONTILLA MONASTERIO, quien dijo ser de nacionalidad venezolano, nacido en fecha 21/04/1984, de 28 años de edad, hijo de Juan Montilla (v) y de Yelitza Monasterio, titular de la cédula de identidad Nro. V.-16.507.704, residenciado en Canaima, callejón Pepe Arena, casa de color blanca, con reja negra y azul a 30 metros de la bodega de la señora Sabrina Maiquetía, Estado Vargas, contra quien se siguió juicio por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, prevista y sancionada en el artículo 458 del Código Penal.

En este sentido este Tribunal previamente observa:

Cursa a los folios 44 al 56 de la Tercera pieza, Sentencia dictada Juzgado Cuarto de primera Instancia en función de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, publicada en fecha 18 de Abril de 2013, mediante la cual ABSUELVE al ciudadano penado JUAN CARLOS MONTILLA MONASTERIO, quien dijo ser de nacionalidad venezolano, nacido en fecha 21/04/1984, de 28 años de edad, hijo de Juan Montilla (v) y de Yelitza Monasterio, titular de la cédula de identidad Nro. V.-16.507.704, residenciado en Canaima, callejón Pepe Arena, casa de color blanca, con rejas negras y azul a 30 metros de la bodega de la señora Sabrina Maiquetía, Estado Vargas, de los cargos formulados en su contra por la Fiscal del Ministerio Público de este Estado.

Así las cosas, este Tribunal de Ejecución estima procedente y ajustado a derecho decretar la LIBERTAD PLENA, del mencionado ciudadano penado JUAN CARLOS MONTILLA MONASTERIO, quien dijo ser de nacionalidad venezolano, y titular de la cédula de identidad Nro. V.-16.507.704, y ORDENAR, excluir de pantalla cualquier registró que presente en relación a esta causa. Y ASI SE DECIDE.-

DISPOSITIVA

En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA del ciudadano penado JUAN CARLOS MONTILLA MONASTERIO, quien dijo ser de nacionalidad venezolano, nacido en fecha 21/04/1984, de 28 años de edad, hijo de Juan Montilla (v) y de Yelitza Monasterio, titular de la cédula de identidad Nro. V.-16.507.704, residenciado en Canaima, callejón Pepe Arena, casa de color blanca, con rejas negras y azul a 30 metros de la bodega de la señora Sabrina Maiquetía, Estado Vargas, en virtud de haberse dictado sentencia absolutoria a su favor, en fecha 18/04/2013, de la imputación efectuada en su contra por el Ministerio Público, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal.


Regístrese, diaricese, publíquese, déjese copia en archivo y notifíquese la presente decisión. Líbrese oficio a la Consultoría Jurídica de Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas ordenando la exclusión de los registros que por este hecho pueda presentar el ciudadano penado JUAN CARLOS MONTILLA MONASTERIO, quien dijo ser de nacionalidad venezolano, y titular de la cédula de identidad Nro. V.-16.507.704.
EL JUEZ (2º) DE EJECUCION,


DR. MAURO RODRIGUEZ BARBOZA

EL SECRETARIO,


ABG. JORGE NOVOA RODRIGUEZ




ASUNTO: WP01-P-2012-001037