REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
203° y 154°
ASUNTO: SP01-L-2013-000207
PARTE ACTORA: la ciudadana WENDY RENATA RIVAS RAMÍREZ, identificada con la cédula n° V- 11.491.622
PARTE DEMANDADA: la empresa RAKLETT GASTRO-BAR C.A., representada por su Director Gerente, ciudadano JESÚS ARMANDO ROMERO CONTRERAS, identificado con la cédula n° V-10.152.013
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ABELARDO RAMÍREZ y ARMANDO RAMÓN CARRERO RAMÍREZ, titulares de las cédulas de identidad Nros.V-12.229.658 y V-11.501.128 en su orden, con Inpreabogado Nros.74.441 y 115.787 respectivamente
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS DERECHOS LABORALES

En el día hábil de hoy, Veintiuno (21) de junio de 2013, siendo las 9 a.m. oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar, comparecen por ante este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, los coapoderados de la parte demandada ABELARDO RAMÍREZ y ARMANDO RAMÓN CARRERO RAMÍREZ, titulares de las cédulas de identidad Nros.V-12.229.658 y V-11.501.128 en su orden, con Inpreabogado Nros.74.441 y 115.787 respectivamente, tal como consta en poder apud acta de fecha 12 de junio de 2013, que se encuentra agregado en los folios 35 al 49 del expediente se deja expresa constancia que la parte actora la ciudadana WENDY RENATA RIVAS RAMÍREZ, identificada con la cédula n° V- 11.491.622, no compareció a la realización de dicha audiencia, ni por sí ni por medio de apoderado alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO intentado por la ciudadana WENDY RENATA RIVAS RAMÍREZ, identificada con la cédula n° V- 11.491.622, contra la empresa RAKLETT GASTRO-BAR C.A., representada por su Director Gerente, ciudadano JESÚS ARMANDO ROMERO CONTRERAS, identificado con la cédula n° V-10.152.013, por Prestaciones Sociales. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
LA JUEZ

ABOG. BEATRIZ GONZÁLEZ GIRALDO LA SECRETARIA
Los Presentes,

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:
ABELARDO RAMÍREZ

ARMANDO RAMÓN CARRERO RAMÍREZ