En el día de hoy, Martes Once de Junio de dos mil trece, siendo las 09:00a.m.,se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÁSIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con el abogado en ejercicio JOSÉ ELIAS DURAN TOLOZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°26.141, con el carácter de apoderado judicial del “BANCO SOFITASA, BANCO UNIVERSAL C.A; é indico a este Tribunal la siguiente dirección: Avenida Principal de Pueblo Nuevo, Conjunto Residencial Montaña Real, Casa Nº02, Parroquia San Juan Bautista, Municipio San Cristóbal, del Estado Táchira. Acompañan al Tribunal los funcionarios policiales, Sierra Bueno Carlos Eduardo, placa 4388 y Estupiñan Navarro Esmel, placa 4721 ambos adscritos a la Brigada de Orden Público (B.O.P) del Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, la cual consiste en la práctica de la medida de EMBARGO EJECUTIVO decretado en el JUICIO que por EJECUCIÓN DE HIPOTECA SIGUE BANCO SOFITASA, BANCO UNIVERSAL C.A., CONTRA SOCIEDAD MERCANTIL CORPORACIÓN EBAY TIENDAS, C.A, Y DARWIN CARDENAS MORA, en el expediente Nº7426 que cursa por ante el Juzgado de la causa. Se encuentra presente el ciudadano: FRANCISCO ANTONIO FERNANDEZ, titular de la C.I.NºV-9.232.935, a quien la juez la notifico del objeto y misión a cumplir en el sitio, indicándole que dispone de un plazo de (30) minutos para que se comunique con su apoderado judicial o abogado de confianza a los fines de que ejerzan el derecho a la defensa consagrado en el artículo 49 Ordinal 1º de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Comitente y acuerda designar como Perito Avaluador al ciudadano: LEÓN ALFONSO SILVA, titular la C.I. N°V-5.653.667 y como Depositario Judicial al ciudadano: CARLOS ARTURO SÁNCHEZ, titular de la C.I.N°V-1.555.677, representante de la Depositaria Judicial La Seguridad, según consta de documento Poder autenticado por ante la Notaria Pública Primera de San Cristóbal, Estado Táchira, en fecha 06 de marzo de 2007, inserto bajo el N° 61, Tomo 52 de los libros respectivos llevados por esa Notaría; quienes estando presentes manifestaron aceptar el nombramiento y presentaron el juramento de Ley ante la Jueza. En este estado el tribunal cede el derecho de palabra a la parte ejecutante quien expuso:“Señalo para embargar ejecutivamente el siguiente bien inmueble descrito en la comisión en los siguientes términos: Un lote de terreno propio, con un área de ciento un metros con un centímetro cuadrado(101,01mts2) y la vivienda unifamiliar que sobre él se encuentra construida, signada con el Nº02, del Conjunto Residencial Montaña Real, ubicada en la jurisdicción de la Parroquia San Juan Bautista, vía principal de Pueblo Nuevo, Municipio San Cristóbal, estado Táchira, signada con el Nº Catastral 04-11-010-094-00-000, todo comprendido dentro de los siguiente linderos y medidas generales: NORTE: Unidad de vivienda Nº3, mide dieciséis metros con ochenta y cuatro centímetros(16,84mts); SUR: Unidad de vivienda Nº1, mide dieciséis metros con ochenta y cuatro centímetros(16,84mts); ESTE: Área de vialidad interna privada del Conjunto residencial, mide seis metros (6,00 mts) y OESTE: Terreno de Luis Jugo Amador, mide seis metros (6,00 mts). Este inmueble pertenece al co-demandado ciudadano DARWIN CARDENAS MORA, según consta de documento protocolizado ante el registro Inmobiliario del Segundo Circuito del Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, en fecha 23 de septiembre de 2004, bajo el Nº 29, tomo 061, protocolo 01 y le corresponde un porcentaje en los gastos comunes de 3,206 por ciento, según documento de condominio protocolizado en la misma oficina de registro Inmobiliario, en fecha 08 de noviembre de 2006, bajo el nº 34, tomo 091, protocolo 01, es todo”. Seguidamente el Tribunal cede el derecho de palabra al Perito Avaluador designado a los fines de que rinda el informe respectivo, quien expuso:“El inmueble anteriormente señalado consta de dos plantas, en la segunda planta posee tres habitaciones con su respectivo baño y closet. En la primera planta posee un baño privado, sala de recibo, comedor, area de oficios, patio de secado, cocina empotrada, garaje para dos vehículos; la misma se encuentra construida con techos de teja y machimbre, paredes frisadas, piso de ceramica, puertas de madera y vidrio viscelado, marcos de madera, ventanales panorámicos de metal y vidrio, y rejas protectoras en hierro forjado, encontrándose en buen estado de conservación e higiene y habitabilidad, por lo que por su ubicación, descripción, linderos y medidas lo avalúo prudencialmente en la suma de DOS MILLONES SEISCIENTOS MIL BOLIVARES(Bs2.600.000.), es todo”.En este estado el Tribunal procede a Declarar EMBARGADO EJECUTIVAMENTE el Inmueble anteriormente descrito, hasta cubrir el monto decretado por el tribunal de la causa, en consecuencia se declara su DESPOSESIÓN JURÍDICA de conformidad con lo establecido en el Artículo 536 del Código de Procedimiento Civil, quedando el Depositario Judicial designado en la obligación de ejercer la supervisión periódica a dicho inmueble.El Tribunal acuerda participar mediante oficio al Registrador Subalterno respectivo la práctica de la presente medida de Embargo Ejecutivo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 535 del Código de Procedimiento Civil. Es todo, No siendo más el Tribunal concluye el acto a las 11:30a.m. y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.

LA JUEZA TITULAR,


ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA,


ABG. JOSÉ ELIAS DURAN TOLOZA

EL NOTIFICADO,

FRANCISCO ANTONIO FERNANDEZ

LOS FUNCIONARIOS POLICIALES,

SIERRA BUENO CARLOS EDUARDO

ESTUPIÑAN NAVARRO ESMEL

EL PERITO AVALUADOR,


LEON ALFONSO SILVA


EL DEPOSITARIO JUDICIAL,

CARLOS ARTURO SÁNCHEZ


EL SECRETARIO TEMPORAL,


WILMER ANTONIO COLMENARES SANCHEZ