REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo
Penal en Funciones de Control Estadal y Municipal del Estado Vargas
Macuto, 25 de junio del 2013
195º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : WP01-P-2011-003059
Corresponde a este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Estadal y Municipal del Circuito Judicial Penal del estado Vargas, emitir pronunciamiento en el presente asunto, y antes de decidir previamente observa y considera.
En fecha 31 de agosto del año 2011, este Tribunal acordó medida de protección para la ciudadana KATINKA VICTORIA OYOQUE MARQUEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V- 5.578.729 y su grupo familiar, en virtud de las amenazas que estaba siendo objeto, todo de conformidad con el artículo 30 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela concatenado con el artículo 23 del Código Orgánico Procesal Penal y artículos 19 y 42 de la Ley de Protección de Victimas, Testigos y demás Sujetos Procesales.
En fecha 25 de Febrero del 2013, se recibió de la Fiscalía Superior del estado Vargas, solicitud de prórroga de la medida de protección que le fuera acordada a la ciudadana KATINKA VICTORIA OYOQUE MARQUEZ, siendo prorrogada la misma en fecha 12 de marzo de año en curso, por un lapso de tres meses.
Ahora bien, habiendo finalizado el plazo de la prorroga acordada para la medida de protección, sin que hasta la presente fecha haya habido ninguna solicitud por parte de la víctima, ni del Ministerio Publico, en cuanto a que la misma sea prorrogada nuevamente, este Tribunal considera que ya han cesado las amenazas que dieron lugar al otorgamiento de esta medida.
En consecuencia habiendo cesado el lapso de prorroga y las circunstancias de riesgo que motivaron la protección a favor de la ciudadana KATINKA VICTORIA OYOQUE MARQUEZ, considera este Tribunal que lo procedente y ajustado a derecho es ordenar el cese de la medida de protección acordada a favor de la misma. Y ASI SE DECIDE.
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control Estadal y Municipal del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA EL CESE DE LA MEDIDA DE PROTECCION acordada a favor de la ciudadana KATINKA VICTORIA OYOQUE MARQUEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V- 5.578.729 y su grupo familiar, ello conforme a lo previsto en el primer aparte del artículo 42 de la Ley de Protección de Victimas, Testigos y demás Sujetos Procesales.
Publíquese, Diarícese, Líbrese oficio al Director del Instituto de Policía Municipal del Estado Vargas. Remítase a la Fiscalía Superior del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial de Estado Vargas.
LA JUEZA DE CONTROL
JEANY CAMACARO VELASQUEZ
LA SECRETARIA
ABG. MARIANELA SOJO