REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. SAN ANTONIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Primera Instancia Estadal en funciones de Control
San Antonio del Táchira, 26 de Junio de 2013
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2010-001970
ASUNTO : SP11-P-2010-001970
RESOLUCION
JUEZ: ABG. JERSON QUIROZ RAMÍREZ
FISCAL: ABG. JOSE LUZARDO ESTEVES HERNANDEZ
SECRETARIO: ABG. FRANCISCO JAVIER CORRE SERPA
IMPUTADO: JAVIER ZIZA ÁLVAREZ
DEFENSORA: ABG. CARMEN AURORA IBARRA BARRIENTOS
DELITO: VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42, de la Ley Orgánica sobre los Derechos de la Mujer a una Vida de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Jaqueline Bayona Rueda.
Visto el contenido del acta inserta de los folios 111 al 113 de la presente causa, y fijada como se encontraba la audiencia especial para verificar el cumplimiento de las condiciones impuestas al ciudadano JAVIER ZIZA ÁLVAREZ, de nacionalidad venezolana, nacido en fecha 21 de marzo de 1.986, de 27 años de edad, hijo de Octavio Sisa Ortiz (v) y de madre Gloria Álvarez Caicedo, titular de la cédula de identidad No. V-18.246.110, soltero, de profesión u oficio Comerciante, domiciliado en Barrio Rafael Urdaneta sector J.J Mora, calle 01, vereda 02, casa numero 01-90, San Antonio, Municipio Bolívar, estado Táchira, teléfono 0426-7981341, por la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42, de la Ley Orgánica sobre los Derechos de la Mujer a una Vida de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Jaqueline Bayona Rueda, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 46 del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de haber finalizado el Plazo Para el Régimen de Prueba acordado según audiencia celebrada el día 23 de Mayo de 2012.
OBJETO DEL PRONUNCIAMIENTO
En fecha 23 de Mayo de 2012, se celebró la Audiencia para Verificar el Cumplimiento de Condiciones impuestas al ciudadano JAVIER ZIZA ÁLVAREZ, oportunidad en la cual este Tribunal entre otras cosas, la acordó AMPLIAR EL REGIMEN DE PRUEBA DE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, de conformidad a lo establecido en el artículo 46 numeral 2, del Código Orgánico Procesal Penal, fijando como plazo para el cumplimiento de las condiciones, un lapso de UN (01) AÑO, imponiéndole como condiciones: 1.-Presentarse una vez cada 90 días, por ante la Oficina de Alguacilazgo de éste Circuito Judicial Penal, 2.-Prohibición de salida del país sin la autorización previa del Tribunal, 3.-Prohibición de agredir de cualquier forma a la victima de autos; y 4.-La obligación de asistir a la Audiencia de Verificación de Cumplimiento de Régimen de Prueba.
El Tribunal verificó a través de la Oficina de Alguacilazgo de esta Extensión Judicial, sobre el régimen de presentaciones impuesto al ciudadano JAVIER ZIZA ÁLVAREZ, quien cumplió satisfactoriamente. Del mismo modo se verificó en audiencia, a través del representante del Ministerio Público sobre el cumplimiento de la obligación consistente en: Prohibición de agredir de cualquier forma a la victima de autos.
Habiendo transcurrido el plazo establecido como régimen de prueba y verificado el total cumplimiento de las condiciones asumidas por el acusado, este Tribunal considera que lo procedente y ajustado a derecho es DECRETAR LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL y como consecuencia de ello, el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del ciudadano JAVIER ZIZA ÁLVAREZ, de nacionalidad venezolana, nacido en fecha 21 de marzo de 1.986, de 27 años de edad, hijo de Octavio Sisa Ortiz (v) y de madre Gloria Álvarez Caicedo, titular de la cédula de identidad No. V-18.246.110, soltero, de profesión u oficio Comerciante, domiciliado en Barrio Rafael Urdaneta sector J.J Mora, calle 01, vereda 02, casa numero 01-90, San Antonio, Municipio Bolívar, estado Táchira, teléfono 0426-7981341, por la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42, de la Ley Orgánica sobre los Derechos de la Mujer a una Vida de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Jaqueline Bayona Rueda; todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 46, 49 numeral 7 y 300 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.
DISPOSITIVO
EN CONSECUENCIA ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL EN FUNCIÓN DE CONTROL No 1 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
ÚNICO: DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad a lo establecido en el artículo 49 numeral 7, del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 46 eiusdem, y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del ciudadano JAVIER ZIZA ÁLVAREZ, de nacionalidad venezolana, nacido en fecha 21 de marzo de 1.986, de 27 años de edad, hijo de Octavio Sisa Ortiz (v) y de madre Gloria Álvarez Caicedo, titular de la cédula de identidad No. V-18.246.110, soltero, de profesión u oficio Comerciante, domiciliado en Barrio Rafael Urdaneta sector J.J Mora, calle 01, vereda 02, casa numero 01-90, San Antonio, Municipio Bolívar, estado Táchira, teléfono 0426-7981341, por la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42, de la Ley Orgánica sobre los Derechos de la Mujer a una Vida de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Jaqueline Bayona Rueda, de conformidad con lo dispuesto en el 300 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal. Así mismo cesa toda medida de coerción personal dictada en su contra en la presente causa.
La presente decisión fue pronunciada de manera oral, al término de la audiencia celebrada en fecha 23 de Mayo de 2013, con fundamento en lo establecido en el artículo 159 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo establecido en el artículo 161 eiusdem. Con la lectura del acta respectiva, quedaron debidamente notificadas las partes de los fundamentos de hecho y de derecho de la presente decisión.
Publíquese, regístrese, déjese copia para el archivo del Tribunal. Vencido el lapso de ley, remítase la causa al Archivo Judicial.
ABG. JERSON H. QUIROZ RAMIREZ
JUEZ PRIMERO DE CONTROL
ABG. FRANCISCO JAVIER CORREA SERPA.
SECRETARIO
Asunto SP11-P-2010-001970. JQR.