REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetía, 25 de junio de 2013
203º y 154º

ASUNTO: WH21-V-2012-000020


Vista la diligencia que antecede suscrita por la ciudadana ROSSANA DEL VALLE BOADA RODRIGUEZ en su carácter acreditado en autos, mediante la cual manifiesta su conformidad con el desistimiento al presente procedimiento formulado por el ciudadano ALEXANDER FRANCISCO CANHIA GARCIA en fecha 14 de febrero de 2.013, esta Jueza Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación en atención a lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil que textualmente establece: “En cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. El Juez dará por consumado el acto, y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria. El acto por el cual desiste el demandante o conviene el demandado en la demanda, es irrevocable, aun antes de la homologación del Tribunal”. En consecuencia, esta Juzgadora HOMOLOGA el desistimiento planteado por el prenombrado ciudadano, conforme a lo dispuesto en el artículo antes señalado. Cúmplase.
LA JUEZA,


Dra. MERCEDES VARGAS VILLALOBOS
LA SECRETARIA


ABG. NOHEMI ROSENDO REYES






Hora de Emisión: 12:49 PM
Asistente que realizo la actuación: