REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetía, 5 de junio de 2013
203º y 154º

ASUNTO: WP21-J-2013-000511
Por recibida Solicitud de Autorización para Pasaporte de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), de este Circuito Judicial, presentado por la ciudadana ELSY RODRIGUEZ MUSTIOLA, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-17.710.018 , con domicilio en Calle Real de Caraballeda, frente al Abasto Flor de Caraballeda, Casa S/N, Estado Vargas, actuando en representación de mis hijos de Quince (15) y Catorce (14) años de edad respectivamente, debidamente asistida por la Defensora Pública Primera Abg. ODOMAIRA ROSALES PAREDES, así como los recaudos anexos a la misma, désele entrada y anótese en los libros respectivos. Se ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de Ley, de conformidad con lo previsto en el Artículo 511 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia por cuanto la presente solicitud versa sobre la obtención de un documento publico de identidad, lo cual es una obligación del estado garantizar de manera oportuna este derecho a todos los niños, niñas y adolescentes que se encuentren dentro del territorio nacional, DECRETA la presente AUTORIZACION JUDICIAL PARA TRAMITAR PASAPORTE, a favor de Los Adolescentes de Quince (15) y Catorce (14) años de edad respectivamente, a tal efecto se ordena librar oficio al Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), a fin de que tramite el respectivo pasaporte. Se ordena el cierre y el archivo del presente expediente y su remisión al Archivo Judicial, Región Vargas. Líbrese oficio Cúmplase.-
La Juez

Dra. María Eugenia Bedoya
La Secretaria

Abg. Yira Ceballos Vera