JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, veintiuno (21) de marzo de dos mil trece.
AÑOS: 202° y 154°
Vista la diligencia presentada en fecha diecinueve (19) de marzo del año en curso, suscrita por el abogado en ejercicio NELSON EDUARDO MOROS URBINA, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo N° 58.423, con el carácter acreditado en autos y por cuanto la misma equivale a un desistimiento, este Juzgado conforme a la norma prevista en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte la HOMOLOGACION DE LEY, acordando proceder como en Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada; déjese copia certificada del presente auto para el archivo del Tribunal, se acuerda el desglose de los documentos originales que corren en los folios del ocho (08) al catorce (14) y copia simple de los folios quince (15), dieciséis (16) y diecisiete (17), procédase al archivo del expediente.
ABG. ANA LOLA SIERRA
JUEZ TEMPORAL
ABG. FRANK A. VILLAMIZAR RIVERA
SECRETARIO
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión a las nueve y cero minutos de la mañana (09:00 a.m.), quedando registrada bajo el N° 3.813; y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.
ABG. FRANK A. VILLAMIZAR RIVERA
SECRETARIO
Expediente N° 13.581-13
Heidy.
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