REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE



JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA

203° y 153°


Vista la diligencia de fecha 01/03/2013, suscrita por el abogado GERARDO JOSE VILLAMIZAR RAMIREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 38.697, quien actúa con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante, en la cual DESISTE DE LA PRESENTE DEMANDA y por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN y conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada; asimismo, desglósese el documento que se encuentra inserto a los folios 07, 08, 09, 10 y 11, con sus respectivos vueltos, hágase entrega de los mismos a la parte accionante y en su lugar déjese copia fotostática certificada. Para la elaboración del trabajo fotostático se autoriza al ciudadano MARIO MEDINA RAMIREZ, Alguacil de este Juzgado y en virtud que en la presente causa no hay más actuaciones que practicar, archívese el expediente.

Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.

Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Cristóbal, a los quince días del mes de marzo del año dos mil trece (15/03/2013). Años: 203° de la Independencia y 153° de la Federación.


Abg. M.Sc. GREGORIO EDECIO PEREZ AGUILAR
JUEZ


Abg. SANDRA PATRICIA COTE
SECRETARIA ACCIDENTAL


En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 10:00 a.m., quedando registrada bajo el N° 86 y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.



Abg. SANDRA PATRICIA COTE
SECRETARIA ACCIDENTAL



Exp. 6.556/2012
ELSA M.