REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA
EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE JUICIO
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS

Macuto, 25 de Marzo de 2013
202º y 154º


ASUNTO PRINCIPAL: WP01-P-2011-003341
ASUNTO : WP01-P-2011-003341

4J-1683-12


JUEZ: DRA. YOLEXSI URBINA.
FISCAL UNDECIMA DEL MINISTERIO PÚBLICO: DRA. LORENA AFONZO.
DEFENSORA PRIVADA: DRA. XIOMARA STALLONE.
ACUSADO: FRANKLIN JESUS MORENO MONASTERIO.
SECRETARIA: ABG. ELFFY VINCENTI.


Corresponde a este Tribunal Cuarto de Juicio, de conformidad con lo establecido en el artículo 346 y 348 Código Orgánico Procesal Penal, fundamentar la sentencia dictada en la presente causa, seguida en contra del acusado ciudadano FRANKLIN JESUS MORENO MONASTERIO, de nacionalidad venezolana, natural de la guaira, de 19 años de edad 04/02/1993, de profesión u oficio obrero, estado civil soltero, hijo de: Xiomara Coromoto Monasterio Álvarez (v) y Franklin José Moreno (v), residenciado en: Catia la mar, barrio Mirabal, parte alta del respiro, casa nro. 6, cerca de la bodega de mi barrio, Nro de teléfono 0414-162-89-66 y titular de la cedula Nro. V-20.784.863, quien resultó absuelto de la comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, a tal efecto este Juzgado motiva y fundamenta el pronunciamiento de dicho fallo en los siguientes términos:


I

DE LOS HECHOS OBJETO DEL JUICIO ORAL Y PUBLICO
Y DESARROLLO DEL DEBATE


En la audiencia de apertura del Juicio Oral y Publico celebrada por este Juzgado Cuarto de Juicio, el día 16 de Agosto de 2012, la DRA. YONESKI MUDARRA, en su condición de Fiscal Undécima (Aux.) del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial del estado Vargas, realizó su discurso de apertura indicando al Tribunal: “El presente procedimiento se inicio en virtud de que funcionarios adscritos a la Unidad Antidrogas de la Guardia Nacional Bolivariana cuando se encontraban en fecha 27/09/11, en el perímetro de un avión de línea Alitalia, en la plataforma signada con la letra L-4 cuando sorprendieron al ciudadano Franklin Jesús Moreno Monasterio, cuando intentaba o arrojar una bolsa hacia el mencionado avión y cuando los funcionarios se dieron cuenta de la situación abrieron la bolsa y encontraron unos envases de cartón y en su interior un polvo blanco que por su aspecto había una sustancia denominada cocaína, esta revisión se hizo en presencia de dos testigos identificados Yexica Carvajal y Randy Cova, son personas que laboran en la empresa OWS y se encontraban en el lugar, esta sustancia fue objeto de peritación por funcionarios adscritos al laboratorio de la Guardia Nacional y se dictamino que se trataba de cocaína y dio un total de peso neto de 7 kilos con 15 gramos, en virtud de estos hechos y la culminación de la investigación se llego a la conclusión y con esto se llego a la conclusión de que el ciudadano Franklin Moreno cometió Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en modalidad de Transporte, previsto y sancionado en el encabezamiento del articulo 149 la Ley Orgánica de Drogas, tal como esta descrito en el escrito acusatorio, que posteriormente esta acusación fue admitida por el Tribunal Primero de Control de esta circunscripción por eso es que pido a este tribunal sírvase citar a cada uno de los medios de prueba que fueron ofrecidos y admitidos por el tribunal de control a los fines de poder demostrar durante el transcurso de debate la responsabilidad del ciudadano Franklin Jesús Romero en el delito atribuido, es todo”.


Por su parte la DRA. XIOMARA STALLONE, Defensora Privada del acusado expuso en su discurso de apertura lo siguiente: “Dentro de la narrativa de los hechos el funcionario que narra los hechos asegura que consiguió una bolsa de color negro y la ciudadana que nombran como testigo de nombre Yexica dice que era blanca, esta persona Yexica es la encargada de revisar y de anotar esa lista la cual ellos firman para poder ingresar a ese avión donde certifican que no portan nada que sea ilegal y la defensa solicita a este honorable tribunal solicite operación training security, esa lista quizás no se solicito por ignorancia u omisión que es la que demuestra que el ciudadano estaba arriba lo bajaron y que el no portaba drogas, ni dejo drogas abajo, porque para haber dejado drogas abajo ya las hubieran incautado, por lo que esta defensa solicita apoyándose en el articulo 342 solicita a este honorable tribunal haga la petición de esa lista debido a que la defensa actual no es la misma que estuvo durante la investigación en un momento de convicción ahora las pruebas que favor del imputado ya que no tiene ninguna prueba a favor solo la declaración de la persona que lo reviso que hizo la inspección y se contradice y dice que la bolsa era blanca y luego dice que el paquete negro era del señor, es todo”.


Realizados los respectivos discursos de apertura de las partes e impuesto el acusado de autos del contenido del articulo 49 numeral 5º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el ciudadano FRANKLIN JESUS MORENO MONASTERIO, manifestó su deseo de rendir declaración, así mismo fue impuesto de las alternativas a la Prosecución del Proceso, contenidas en el Capitulo III, del Libro Primero del Código Orgánico Procesal Penal, así como fue informado del Procedimiento Especial Por admisión de los Hechos contenido en el articulo 375 ejusdem y expuso: “Desde ese día que yo estaba que me tocaba trabajar, nosotros somos un grupo grande de trabajo a nosotros nos dividieron, ese día llegaron 2 unidades Alitalia y Argentina primero nos fuimos un grupo para Alitalia por que las 3 unidades llegaban retardadas, entonces nos fuimos un grupo para Alitalia y otro para Argentina y entonces como yo era el que mas o menos sabia y entonces a mi me mandaron mas rápido para Alitalia yo estaba burda de enfermo ese día, pues tenia full gripe y el avión tenia full aire acondicionado entonces nos mandaron para allá y éramos dos varones y los demás puras mujeres y nos mandaron con ese poco de mujeres para Alitalia, yo agarre y estábamos reunidos donde todos almorzábamos yo ese día me lleve una carretilla que eso son los implementos para traerse la basura para uno no traérsela en las manos, ese día me lleve la carretilla la aspiradora y unas bolsas blancas para recoger los cabezales que eran de el avión mismo y cuando yo pase con la carretilla, así por todos esos guardias y por todos los perros y así y después dicen que yo tenia una droga allí y como va a hacer si cuando yo pase por ahí por los guardias y por los perros si yo tuviera droga o algo así yo creo que se hubieran dado cuenta los perros o los guardias o algo se hubieran dado cuenta, cuando yo pase porque no había tanta distancia, entonces llego allá al avión y hay un papel donde lo anotan a uno para que conste que uno se monta en el avión, cuando uno se va a montar en el avión a uno lo revisan pues como no se van a dar cuenta y de los materiales esos son con los que uno limpia y los deje ahí diciéndoles que es para limpiar este avión un rato y luego para limpiar el otro avión y nos revisaron y nada cuando entra uno también al avión tampoco nada entonces me revisan y revisan la aspiradora y nada y subí con todas las muchachas, bueno cuando ya estábamos haciéndole el mantenimiento al avión ya teníamos como media hora y cuando estaba con las muchachas bien tranquilo llegaron los guardias allí preguntando por Franklin Briceño y yo les digo yo no se quien es ese y me dijeron como te llamas y yo Franklin Moreno, vente que tu mismo eres fue cuando me dejaron abajo que llegaron los guardias y ellos tenían una bolsa negra afuera y ellos me dijeron eso es tuyo y tal ahí sale y consta que yo estaba montado en el avión como eso va ser mió como ellos no se va dar cuenta que estaban todos en el camino y luego me dicen que eso es mió si eso era así se hubieran dado cuenta los guardias en el camino.


A preguntas formuladas por la Representación Fiscal respondió: 1.- Usted en ese momento que usted dice que estaba que se encontraba en el avión estaban las personas de seguridad? Claro. 2.- Quienes se encontraban? La catirita esa que es jefa del la brigada esa y estaba la seguridad esa, por que son dos seguridad una atrás y otra adelante y eran coordinadoras y son las que te anotan en un papel todo el personal que estaba arriba. 3.- Cuando usted llega al avión ya estaban los funcionarios de guardia nacional? No, ahí no había nadie. 4.- Ni si quiera el personal de seguridad? Si, eso si eran los únicos que estaban allí. 5.- Quién le hace a usted el chequeo corporal? Las seguridades. 6.- Quién le hizo el chequeo al carrito que usted dice? La seguridad, la chama la que estaba atrás. 7.- Y usted dejo el carrito en donde? Abajo en la pista donde esta estacionado todo el avión. 8.- Ese mismo carrito iba a hacer utilizado para limpieza de los otros aviones? No, ese lo íbamos a utilizar para los otros aviones que llegaban ahí mismo pues faltaban 5 minutos para que llegaran los otros aviones mientras que llegaba el avión teníamos que hacer el mantenimiento rápido por que habían dos rampas de esa teníamos que correr cuando termináramos Alitalia. 9.- Cuantas personas había con usted limpiando el avión Alitalia? Bastantes mujeres ahí y empezando también habían dos hombres pero no eran de la misma línea de mantenimiento y ellos nos apoyaron cuando no había mucho personal de mantenimiento en la línea de nosotros.


A preguntas formuladas por la Defensa respondió: 1.- De que color era la bolsa que usted llevaba? Blanca de los cabezales que se metían. 2.- Que son los cabezales? Lo que se lo pone a los asientos. 3.- Ósea es una bolsa de lavandería? Si, pero chiquitita, son así (señalando el tamaño aproximado). 4.- De qué color es la bolsa que a usted le señaló que portaba cuando bajo del avión? Era una bolsa negra y que no, eso es tuyo según ellos estaba metida en la bolsa blanca, pero esa bolsa blanca es demasiado pequeña para meter eso ahí esa cantidad no cabe ahí, en esa bolsa blanca. 5.- Quiere decir que antes de subir pasa por una requisa todo lo que usted lleva lo revisan? Si claro, y en lo que uno está en el trayecto pasan por todo los guardias que es donde esta la maleta y están ese poco de perros y cuando uno llega al avión uno pasa la seguridad y lo revisan y cada vez que uno baja y sube lo revisan y de hecho cuando ya teníamos rato haciéndole mantenimiento al avión yo baje a sacar la basura y volví a subir ellos me revisaron otra vez y volví a subir otra vez cuando me revisaron. 6.- Cuantas veces se firma esa lista que usted revisa? 1 sola vez, lo que hacen es revisarle a uno cuando uno se baja y sube te vuelven a revisar. 7.- Y usted baja sin nada en las manos? Claro, porque ya tengo todos mis implementos arriba para que voy a llevar algo.


A preguntas formuladas por el Tribunal respondió: 1.- Usted manifestó que fueron 2 grupos y que los dividieron, tiene conocimientos de estas personas que lo acompañaron? Conmigo para hacer el mantenimiento fueron 2 hombres y las demás eran puras mujeres y los 2 hombres no son de mantenimiento son de porter ellos fueron los que nos apoyaron a nosotros y las demás eran mujeres de la compañía. 2.- En general cuantas personas hicieron el mantenimiento con usted? Eran como 8 o 9. 3.- Tiene conocimiento de los nombres de esas personas? De vista me acuerdo pero de nombre no me los se, de sobrenombre si. 4.- Dejan en alguna parte asentado cual es el grupo personas de que va a hacer el mantenimiento de tal avión? Si las personas tienen que anotarlos a la lista, esa en una lista, que tienen para que si se pierde algo o si se le cae algo al pasajero o si no consigue, la compañía es responsable y saber quienes pudieron ser. 5.- Y cuál es el trayecto ese que usted tuvo que hacer con distintos funcionarios de la guardia y los perros? El trayecto es de la rampa 13 a la 16. 6.- Y cuantos funcionarios más o menos pasó? Son un poco por que hay correas de maletas que chequear, ahí revisan, esta el cable de maquina, ahí revisan, son un poco de personas. 7.- Y estas personas en algún momento fueron revisadas por estos funcionarios? No, nosotros íbamos era en son de hacerle el mantenimiento al avión, llegamos al avión la seguridad los anota a toditos, nos revisan a toditos mientras que va revisando a uno completo va subiendo revisa a otro y así iba hasta que los reviso a toditos. 8.- En que momento los funcionarios le hacen mención a que la bolsa era suya? Eso fue cuando ya tenia mas de media hora, había bajado, había subido y cada vez que entraba me revisaban y de repente llegan preguntando por Franklin Briceño que fue un chamo que trabajo pero eso fue hace tiempo y yo no tengo mucho tiempo allí yo lo que tengo son 3 meses y cuando llegan los guardias arriba y me dicen que Franklin Briceño, yo no se quien ese y como te llamas tu Franklin Moreno, vente que tu mismo eres, me llevaron y abajo fue que me cayeron a golpes, no que eso es tuyo y tal que abre eso y yo no lo quería abrir si eso no es mió. 9.- Y quienes estaban en el momento que usted abre eso? Estaba la seguridad abajo y los guardias. 10.- Y esa seguridad era la que lo había revisado cuando usted subió? Claro esa misma y andaba con un gordito pero yo no se de donde salio ese gordito, que por cierto cuando a mi me bajaron estaba el gordito allí también. 11.- En el momento que los funcionarios le dicen que esa bolsa es suya que la abra allí aparte de los funcionarios quienes estaban? La seguridad y mis compañeros que estaban asomados en las escaleras diciendo no les pegues chamo, el esta trabajando tranquilo ese es un muchacho sano y tal y el guardia no le paraba. 12.- Y esa persona que usted menciona que es de seguridad estaba anteriormente lo había revisado? Claro esa fue la que me reviso a mi, la que me reviso es una blanquita Yexica una blanquita. 13.- Cuantas personas lo revisaron en el momento que usted ingreso? Una sola pero yo no se de donde salio ese gordito. 14.- Era la misma persona la que estaba en el momento cuando llegan los funcionarios? No, le digo que era el gordito le vino a hacer compañía nada mas. 15.- Yo le estoy preguntado es que si era la misma persona la que estaba arriba cuando usted llego? No, era distinta, la que me reviso era la misma la que estaba abajo. 16.- Cuantos funcionarios había en ese momento? Arriba había 2 y abajo había 2 más. 17.- Cuando usted bajo la bolsa estaba ahí? Claro y estaba el funcionario.


Durante el debate oral y público, se evacuaron los siguientes medios de prueba, los cuales se describen a continuación, siendo alterado el orden la recepción conforme al contenido del artículo 336 del Código Orgánico Procesal Penal, ello en virtud del orden de comparecencia a la Sala de Juicio correspondiente:


Declaración de la ciudadana ALOHE JOSEFINA SILVA MAVARES, nacionalidad venezolana, profesión u oficio Primer Teniente de la Guardia Nacional Bolivariana, adscrita al Laboratorio Central de la Guardia Nacional Bolivariana, titular de la cedula Nro V-12.736.463, medio de prueba promovido por la Representación Fiscal, quien estando bajo juramento y reconociendo como suya una de las firmas contenidas en el Dictamen Pericial Químico inserto a los folios (67) y (68) de la primera pieza, expuso: “Bueno se procede primero a verificar que lo que está en evidencia física corresponda al oficio de solicitud del funcionario actuante y al de fiscalía y la cadena de custodia una vez verificado todos esos datos se procede a abrir la evidencia, se procede hacer el pesaje y el ensayo de orientación y dependiendo de la cantidad se deja una pequeña porción para luego hacer análisis de certeza y se devuelve a la unidad actuante debidamente precintada el resto de la evidencia, es todo”


A preguntas formuladas por la Representante del Ministerio Publico respondió: 1.- Qué número de experticia y qué experticia explica usted hoy ante el tribunal? Es una experticia y el dictamen 1423. 2.- Que unidad es la que remite esta evidencia al laboratorio central? La Unidad Antidroga de Maiquetía. 3.- Qué evidencia es la que reciben ustedes en laboratorio para realizar ese examen pericial? Esa evidencia fue 9 cajas de cartón de jugo Del Monte, 6 de sabor a pera, dos de manzana 1 de durazno los cuales contenían a manera un material sintético transparente, cubiertos con una pasta marrón con olor a mostaza y un polvo blanco característico de la cocaína. 4.- Qué tipo de experticia inicial hace usted una vez que recibe esta evidencia? Se hace un ensayo de orientación y otra de coloración que es lo que para la cocaína es Scott una vez verificado la coloración se deja una muestra para certezas posteriores. 5.- El contenido de estos envases era líquido o polvo? Polvo. 6.- Una vez que practica la prueba de orientación que color arroja? Azul turquesa positivo eso indica cocaína. 7.- Una vez que se verifica a que sustancia pertenece cual es el procedimiento que aplica como experta para verificar que se esta ante esta sustancia? Se usan dos tipos de análisis uno cualitativo y otro cuantitativo en este caso se uso el cuantitativo que es el UV, que es un aparato donde se hace una muestra de o.2 gramos y el emite unas bandas de absorción características de la cocaína en este casó usamos cuantitativo porque al mismo tiempo es cualitativo emitimos es el porcentaje de pureza. Ratifica el contenido de la experticia? Si la ratifico.


A preguntas formuladas por la Defensora Privada respondió: 1.- Este porcentaje de pureza del que usted habla en la experticia cual es? De un 70% de pureza. 2.- Ósea que cuando se dice que son 6 kilos y tanto no es esa cantidad por que la pureza va a la cantidad de kilos? No, no tiene nada que ver la pureza con la cantidad kilos ya que la sustancia va con la cantidad de kilos y son los 6 kilos. 3.- Ósea que solamente el 70% es cocaína? No, toda es cocaína, solamente que el 70% es la pureza de la sustancia. 4.- Y en la pureza no se determina el daño? Si ósea la pureza lo que va a indicar es que contiene de sustancia activa de la cocaína. 5.- Este para ver si esta dentro de su capacidad esta droga es fácil de detectar con los perros? No se, no sabría decirle el procedimiento que toman los perros para detectar la cocaína, no sabría decirle, soy experto químico de laboratorio.


A preguntas formuladas por el Tribunal respondió: 1.- Su profesión u oficio? Ingeniero químico. 2.- Que tiempo tienen adscrito al laboratorio central de la GNB? 3 años y medio. 3.- Como Ingeniero Químico? Tengo 7 años. Ratifica en todo su contenido la experticia que le fue puesta de manifiesto? Si.


La declaración de la experta ALOHE JOSEFINA SILVA MAVARES, a la cual se le adminicula el contenido del Dictamen Pericial Químico Nro. CG-DO-LC-DQ-11/1423, de fecha 04 de Octubre de 2011, es apreciada en su totalidad a los fines de demostrar la corporeidad del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACINETES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, certificando la existencia de la sustancia ilícita denominada Cocaína, con un peso neto de 6.511,8 Kgr, consistente en una (01) bolsa de material sintético transparente que contenía nueve (09) caja de cartón de jugos DELMONTE, seis de estos sabor a pera, dos de manzana y uno de durazno, de dimensiones de (19,5 x11,5 x 6,5)cm + 0,1 cm, cada una contenía un (01) envoltorio para un total de nueve (09) envoltorios de dimensiones de (19,0 x10,0 x 5,5)+ 0,1 cm, de material sintético transparente, cubiertos con una pasta marrón con olor a mostaza, contentivos de un polvo blanco, aspecto homogéneo y olor característico.


Declaración de la ciudadana YEXICA CARVAJAL LINARES, nacionalidad venezolana, profesión u oficio Seguridad del Aeropuerto Internacional de Maiquetía, titular de la cedula de identidad Nro. V-15.544.368, medio de prueba promovido por la Representación Fiscal, quien estando bajo juramento, expuso: “Yo no recuerdo, por que tengo tiempo fuera de esa compañía y fueron tantos casos, bueno, yo no soy de ese vuelo propiamente, yo ese día estaba de apoyo como otros días y llego el personal de limpieza y llevaban sus implementos de trabajo y llegó un chico y llevaba sus implementos de trabajo y llevaban unos jugos, en este caso yo le pregunte que si eso pertenecían al vuelo y el me dijo que se lo habían regalado como no pertenecían al vuelo se le solicitó que los retirara y me dijo que ya lo iba a retirar, en ese momento subió sus respectivos elementos de trabajo y se le hizo su respectivo chequeo de seguridad y subió los implementos trabajo y fue muy rápido el tiempo, llego la Guardia Nacional preguntando por una persona me dieron un nombre en especifico y ósea yo me quede fría, yo no sabia que hacer por que no conozco a los de mantenimiento, no tengo nombres detallado de cada uno, ya que eso lo manejan los oficiales que hacen una nota , un manifiesto, donde anotan todos sus datos y ellos son lo que manejan ese procedimiento yo era supervisora en ese momento y por colaborar con el oficial era para agilizar el proceso y entonces preguntaron por un nombre y estaba el nombre que ellos pedía y resulta que bajaron a alguien preguntaron que es eso y yo lo digo que son unos jugos que lo van a retirar, abrieron y había una supuesta sustancia blanca y no se por que no tengo criterios para eso, este bueno… tu y tu se van de testigo, yo me quede fría, pero en ese caso ellos practican una prueba, no presencie esa prueba, yo no fui testigo de esa prueba por que en ese momento tuve que bajar a la oficina me estaban llamando yo estaba al mando de otro vuelo siguiente y no fui testigo de esa prueba, no vi si arrojo positivo o negativo nada de eso, es todo”

A preguntas formuladas por la Representante del Ministerio Publico respondió: 1.- En qué empresa usted labora? En aquella ocasión en OWS. 2.- En que área se encontraba usted desempeñando la guardia? En la rampa. 3.- Eso tiene algún número? Ósea eso es la rampa, la rampa 16. 4.- Recuerda aproximadamente la hora? No, porque ese vuelo es impredecible. 5.- Que vuelo es ese? Aerolínea Alitalia. 6.- Y la ruta o el destino? Ellos normalmente van a Roma. 7.- Allí usted se encontraba desempeñando sus funciones de seguridad sola o se encontraba acompañada? No, eso es un equipo completo cada quien cubre una función, diferentes posiciones somos diferentes supervisores. 8.-Pero ese día usted hablo de otra persona de otro oficial que también le pidieron servir de testigo, donde estaba ese oficial? Estaba también ahí al lado estaba apoyando al que estaba haciendo sus funciones en L4. 9.- Como se llama esa persona? Randy. 10.- Estamos hablando que usted estaba cercana al avión de la rampa, cercana al avión como cual era la ubicación de usted cuando llega esta persona de mantenimiento con esa bolsa y esos implementos? Bueno, nosotros estábamos en la parte de atrás, como decir la cola del avión y ahí había unas escaleras y estábamos ahí en revisión. 11.- Usted estaba en la parte interna o externa del avión? Exterior. 12.- Este ciudadano Randy también estaba allí? Si. 13.- Cuando llega este ciudadano que es lo que el lleva? Todos llegan con sus implementos de trabajo aspiradora, lo que le colocan a los asientos, los cabezales y sabanas todos esos implementos. 14.- Qué fue lo que usted observo, qué no es habitual que lleven estas personas para aplicar mantenimiento? No es que no es lo habitual, sino que se le pregunto si era de esa vuelo, simplemente le pregunte esa bolsa va para allá, son jugos pero me los regalaron, ellos normalmente siempre cargan jugos, comida que les regalan las personas que suministran los aviones. 15.- Esa bolsa era de que color? No recuerdo. 16.- Usted me dice que le pregunto que era eso y el dijo que unos jugos, el llego a ingresar con esos jugos al avión? No. 17.- Donde queda esa bolsa en tanto sube el ciudadano a hacer mantenimiento con los equipos? Quedo abajo y estaba como el supervisor, un encargado de ellos, estaba también abajo que le subieran todo el material y los elementos de trabajo. 18.- Este ciudadano que llevaba los elementos de limpieza llego a ingresar al avión? No, el estaba esperando los implementos de trabajo. 18.- En que tiempo viene entonces la guardia nacional? Eso fue rápido eso fue un tiempo rápido es como decir yo diciéndole, subió los implementos y llego la Guardia Nacional rápido. 19.- Cuando llega allí la Guardia Nacional usted recuerda más o menos cuantos funcionarios? No. 20.- Este funcionario baja o es llamado por la Guardia Nacional, él desciende por que lo llaman o por que ustedes le dicen que baje? Ellos buscaron una persona en especifico y entonces buscamos donde el oficial tenia anotado todos los nombres de las personas de mantenimiento y subieron al avión llamando a esa persona. 21.- Es decir entonces que esa persona baja en compañía de los Guardias, cuantos guardias eran? Eran varios en ese momento eran varios los guardias que entraron. 22.- Y que Guardia revisaron la bolsa? No eran unos arriba y otros abajo. 23.- Mientras buscaban a este ciudadano en la parte interna del avión, el pasaba con los guardias y el procedimiento que se estaba haciendo abajo? Nosotros en ningún momento manipulamos la bolsa, ellos agarraron y abrieron la bolsa y entonces el otro decía que era muy duro y se vio una sustancia blanca pero vuelvo y repito no manejo ese termino y no se que y entonces fue cuando bajaron al chico y nos llevaron de testigo. 24.- Usted recuerda cuantos envases de esos jugos había? No. 25.- Usted llego a ver la sustancia? Si una sustancia blanca.26.- Como era? No, no eso fue rápido, una sustancia blanca, de testigos tu y tu, no detallamos nada de eso ellos estaban en el comando con el procedimiento salimos de allí un poco tarde. 27.- No recuerda las características de esta persona? No, eso fue ya hace un año. 28.- Franklin Moreno le suena como el nombre de la persona que estaban buscando? No recuerdo el nombre de esa persona creo que si, pero no estoy con la certeza. 29.- Ese día en el comando va usted y la otra persona que sirvió de testigo, le practicaron prueba de orientación cuando usted estaba presente? Vuelvo y repito no estaba presente si ellos hicieron la prueba. 30.- Recuerda el líquido que ellos utilizan para eso? No tampoco. 31.- El otro funcionario, él lo vio? No sé si él lo vio. 32.- Donde permanecía él mientras usted se retiro del lugar? El estaba ahí presente pero vuelvo y repito tuve que bajar por que tenía otro vuelo que suceder, y de hecho yo lo que hice fue firmarle al personal de la guardia y me retire. 33.- Y el ciudadano que resulto aprehendido donde estaba? No él se quedo ahí, en ningún momento él se fue estaba ahí sentado.


A preguntas formuladas por la Defensora Privada respondió: 1.- Usted pertenece al personal de servicio? Si, pertenecía 2.- Como personal usted poseía un entrenamiento especial? Si. 3.- Como personal de servicio y seguridad a usted le tocaría distintos puestos dentro de su cargo verdad? Si. 4.- Tengo entendido que cuando una persona lleva un pasajero sustancias toxicas hay unos perros, esos perros se encuentran siempre allí? No. 5.- Esos perros donde se encuentran? En las correas, donde están los equipajes del mostrador y lo que embarcan los pasajeros, esos perros están olfateando todo que la maleta y todo eso pero los perros no están en la rampa si no al final puede se que lo lleven. 6.- Y los trabajadores pasan cerca de estos perros para llegar a donde quieren llegar? No necesariamente. 7.- Pero puede ser que ese día hallan pasado? Es que depende de donde quede la oficina del personal de limpieza, dependiendo de donde quede la oficina por otra entrada o algo así es dependiendo de donde quede del personal que le toque porque necesariamente no se donde están ubicadas la oficina del personal de limpieza porque directamente no soy jefa de ellos, si no nada mas los trataba en operaciones lo esencial. 8.- Quiere decir que si la oficina donde trabajaba esta persona queda cerca de las correas? Obviamente tiene que pasar por allí. 9.- Y los perros detectan? Claro. 10.- De que color era bolsa donde llevaban estos implementos? No le puedo decir de qué color por que eso varía del vuelo, un vuelo puede tener bolsas verdes o azules, hay plásticas, hay de tela. 11.- Pero son como bolsas de basura? Cuando no tienen implementos utilizan como bolsas de basura. 12.- Y estas bolsas son grandes o muy pequeñas? Vuelvo y repito dependiendo del material de trabajo que tengan en el momento ellos pueden utilizar bolsas grandes bolsas pequeñas, eso no tiene relevancia es dependiendo de la necesidad por que si ellos necesitan una bolsa van a buscar una bolsa sea grande o pequeña. 13-. Ese día usted estaba prestando una colaboración, el ciudadano que subió al avión le firmo una lista? A mí no, a otro oficial de Seguridad. 14.- Usted no? No. 15.- Esta segura de que él la firmo? Ó sea no es que esté segura, es que se comprobó en el momento que llego la Guardia Nacional y llaman a una persona se busca en la lista y el chico dice aquí está, si no en los papeles por que de repente está presente y entonces ellos subieron y llamaron a esa persona. 16.- El ciudadano subió con la bolsa de jugos al avión? No, no subió en ningún momento. 17.- Recuerda usted el color de la bolsa de jugos? No, ya tiene tiempo que pasó ese caso. 18.- Esa sustancia blanca era liquida? No, polvo.


A preguntas formuladas por el Tribunal respondió: 1.- Usted manifestó que ese día se encontraba de apoyo en ese vuelo conjuntamente con usted estaba otra persona? Es que eran oficiales que prestan apoyo, como supervisores y coordinadores dependiendo de la necesidad que se tenga en ese momento. 2.- Y en ese momento en específico no había más nadie? Estaban de apoyo en el vuelo. 3.- Qué personas se encontraban allí? El chico que anoto al personal, un chico que chequeaba la parte masculina y yo que chequeaba la parte femenina. 4.- Cuando usted manifiesta que estaba un oficial haciendo L4 que significa eso? Es como procedimiento el tiene una carpeta, él debe de anotar todo el personal que ingresa que firma, anota hora de entrada y hora de salida, si él los pasó tiene que chequear todo el personal todo el material que sube que baja todo, la hora que suben o bajan. 5.- Quién es este oficial que usted manifiesta que hizo ese L4? Franklin Orocopey. 6.- Tiene conocimiento de qué se dejó constancia en ese expediente? Ellos tienen su hoja deben de tener su archivo, su material, en el día se recoge de todos los vuelos un material entregan las hojas que requieran la aerolínea y el resto se queda archivado. 7.- Necesariamente para ingresar al avión se tiene que hacer esta hoja de L4? Si. 8.- Esta persona que usted manifiesta que se llama Franklin Orocopey, a qué empresa pertenecía? A la de seguridad OWS. 9.- Cuantas personas llegaron para hacer la limpieza en ese momento en el avión? No te se decir, de verdad a veces hay pocos a veces hay muchos no te puedo decir con precisión. 10.- Quién reviso al personal masculino? Entre Franklin Orocopey y Randy. 11.- Randy pertenece a la empresa de seguridad? Pertenecía. 12.- Donde se encuentra ahorita? Ni idea. 13.- En el momento que ustedes hacen la revisión qué se percatan de la bolsa donde están los jugos qué hicieron? Nosotros en ningún momento manipulamos jugos, ni revisamos bolsa, ni nada, eso fue la Guardia Nacional, cuando llego el personal de la Guardia Nacional ellos hicieron revisión todo el perímetro y tenían la bolsa y preguntaron qué era eso y se le dijo que eran unos jugos, al ciudadano se le preguntó que si iban para el vuelo y que lo agarraran y lo dejaron abajo, luego sube los implementos y llega la Guardia Nacional. 15.- Cuando usted manifestó en su declaración lo de sus implementos cuales eran? Los necesarios de su trabajo los de limpieza. 16.- La bolsa donde estaban los jugos donde quedó? Abajo. 17.- Quiénes estaban allí? El supervisor estaba allí pendiente de que todos subieran el material de trabajo y le pidió la colaboración que retiraran los jugos por que no iban para el vuelo, por que como sabían que se los habían regalado que los retirara. 18.- Tiene conocimiento de quién era el supervisor de mantenimiento? No sé como se llama. 19.- Usted recuerda el día de ese vuelo, lo hora? No, no recuerdo por que eso tiene tiempo que había pasado eso. 20.- Estas personas cuantas veces subieron a hacerle el mantenimiento al avión? No, ellos bajan y suben cuantas veces sea necesario y cuantas veces sea necesario se le chequea igualmente, a la subida y la bajada. 20.- Y en esa oportunidad cuantas veces se revisó a la persona que resultó detenida? Mira, no sé yo me encontraba chequeando las personas de limpieza fue un tiempo corto. 21.- Cuanto tiempo bajo y subió? No se, pudo bajar y subir, no sé, no recuerdo cantidad. 22.- El tiempo fue corto? No se si él abajo a buscar mas implementos, y en eso momento llego la Guardia o no se si llego la Guardia y él no había bajado. 23.- Recuerda cuantos funcionarios eran de la Guardia? No, no recuerdo eran bastantes, más de dos.


De la declaración del ciudadana YEXICA CARVAJAL LINARES, se desprende una serie de circunstancias que contradice a los depuesto por los funcionarios actuante y el otro testigo instrumental del procedimiento, puesto que la misma refiere ser la persona quien recibe al personal de mantenimiento conjuntamente con otros dos funcionarios de la empresa de Seguridad que funciona en el aeropuerto de Maiquetía, y es la persona que le inquiere al acusado acerca de una bolsa contentiva de unos jugos al acusado, es apreciada por este juzgador en todo su contenido, siendo que su dicho fue controlado por las partes, abonando a esta decisora sobre las circunstancias de modo, tiempo y lugar del hecho, apreciando discrepancias respecto al los funcionarios que la acompañaban en su labor y la circunstancias rodearon el transporte de la mencionada bolsa, circunstancias éstas que han de ser contrapuestas con las demás probanzas, por tratarse de elementos indicativos sobre la corporeidad del hecho y la responsabilidad del encausado en el mismo.


En la continuación del Juicio Oral y Publico el acusado FRANKLIN JESUS MORENO MONASTERIO, manifestó su deseo de declarar, y previa imposición del contenido del articulo 49 numeral 5º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y expuso: “En ese momento que yo estaba trabajando en el área del aeropuerto, así como estaba diciendo la que esta en contra mía, que no sabia donde queda la rampa y ella tiene que saber por que es la supervisora y ella sabe que de la 13 a 16 ella sabe que uno pasa por un pocoton de perros y si uno pasa por ahí tienen que saber si uno lleva algo o no si llevaba la sustancia o no, pero tienen que saber pues por que uno pasa por ahí pues me ponen para que firmara ahí en el avión pues y me revisan, ella misma fue la que me reviso y subí con todas mis compañeras de trabajo cuando yo estoy con todas mis compañeras dure que como prácticamente media hora arriba, por que subí saque la basura de los contenedores, de la parte de la cola, la bajé y me volvieron a revisar, volví a subir, que la basura de adelante volví a bajar, me volvieron a revisar y cuando subo fue que me llegaron dos guardias preguntándome que por Franklin Briceño, que voy a saber yo quien es Franklin Briceño y ella me pregunto como te llamas tu? Franklin, vente tu mismo eres y revisaron el avión conmigo y no había nada y cuando bajó estaban dos guardias esperándome abajo con una bolsa negra y un poco de potes de jugo ahí y diciéndome que eso es tuyo y la única que estaba abajo era la seguridad Yexica, ahí si quieren pueden mandar a pedir el papel ese que consta que yo subí al avión, si yo hubiera subido para allá me hubieran agarrado en el camino, fuera mía en verdad si yo tuviera esa droga me fueran esa droga si fuera esa mía en verdad yo no llevaba ninguna droga nada de eso.”


A preguntas formuladas por la Defensora Privada respondió: 1.- La ciudadana prestaba colaboración o trabajaba en la misma que usted trabajaba? No, ella es seguridad OWS, ella era la supervisora, ella no estaba trabajando de apoyo ni nada, ella es supervisora y ella fue la que me anoto y todo como era seguridad, Yexica estaba era de ultima por donde uno se iba a subir estaba era ahí sola que fue la que me registre y yo mismo subí después me reviso y yo subí. 2.- Y esta ciudadana Yexica es la que posee la lista? Si claro, ella porque los seguridad cuando están ahí siempre hay uno adelante y siempre hay como dos o uno solo atrás pues y en ese momento estaba ella sola nada mas, ella sola y ella anoto a todo el grupo después nos reviso a toditos con todos los implementos de trabajo todo. 3.- La oficina de la empresa donde usted trabaja hay que pasar por delante de estos mencionados perros? Claro, hay una distancia de donde uno se la pasa como de aquí a la jefatura de Macuto. 4.- Y todo eso hay perros? Si claro, por las correas por donde están los perros.


La Representante del Ministerio Publico no interrogo al acusado y a preguntas formuladas por el Tribunal respondió: 1.- Usted manifiesta que la ciudadana Yexica estaba de supervisora de qué? Del grupo de seguridad ese OWS, porque asignan como a 20 personas con un solo capitán y son varias con un solo capitán siempre hay un solo supervisor de un grupo. 2.- Recuerda usted cuantas personas eran mas o menos sus compañeros de trabajo? Eran como 8 por ahí. 3.- Recuerda sus nombres? No, el nombre no me lo se, una que se llamaba era Ninoska de resto así no, que yo la había mencionado antes aquí y no la tomaron en cuenta para testigo. 4.- Usted menciona que antes de ingresar al avión fue debidamente revisado? Claro. 5.- Le hicieron una revisión corporal y a los objetos que llevaba? Claro me revisan a mi chequeo completo y a los objetos y me revisan mi aspiradora en la carretilla montada yo lo que llevaba era la aspiradora y el bolsito donde van metido los cabezales dentro del avión de Argentina lo tenia achantado para el otro avión que llegaba en 5 minutos, teníamos que sacar ese avión rapidísimo e irnos para el otro avión. 6.- Cuando usted menciona lo que lleva en la bolsa de los cabezales a que se refiere? Los cabezales es lo que llevan los asientos estos así lo que va pegado y ahí en esa bolsa como va a caber esa cantidad de droga. 7.- Cuales son las dimensiones de la bolsa de los cabezales? Es así es mas o menos, así claro ahí lo que hay es puro cabezales, ahí hay como mil cabezales mas o menos. 8.- Cuando usted se refiere a esos cabezales eso es tela? Si es tela como seda. 9.- Y esa bolsa eso pertenecía a quien era de alguna empresa? Esa decía era Argentina, era de esa línea que venia en 5 minutos y ella me dijo que lo dejara y yo le dije niña aquí lo que hay son puros cabezales Alitialia no es necesario usar la carretilla. 10.- Cuanto tiempo paso desde el momento en que subió y llegaron los funcionarios? 3 veces baje y me bajaba una basura por bajar y subí la frazada, cuando la iba a sacar me sacaron por la parte de adelante. 11.- Cuantos Guardias eran? 2 masculinos, eran todos masculinos, dos masculinos los que me bajaron del avión, eran 4 en total. 12.- Tienen por costumbre que cuando queda restos comida o bebidas el personal del avión se la regale al personal de limpieza? No, hay veces que la chuchería nada mas, que quedan de los escarches y la broma nada mas que uno agarra y si no ellos mismo se los dan que si una galletita del resto no se puede agarrar nada así, por que lo reportan y si a uno lo anotan en la lista del avión es para que si algún pasajero se le queda algún teléfono o algo lo reporten si no lo tienen ninguno de lo seguridad ni nada somos nosotros si no sacan la lista somos mantenimiento para ver si lo tenemos alguno de nosotros. 13.- Esa lista se hace al inicio? Si al inicio mientras llegan los pasajeros y descargan todo es que uno se puede subir lo revisan y ahí mismo. 14.- Todo el personal firma? Ahí uno pone firma apellido y hora lo pone la seguridad. 15.- Para el ingreso siempre hay un seguridad? Claro eso no puede quedarse sin seguridad y la que estaba era una chama y llego luego Yexica que era la supervisora y como llego toda esa droga. 16.- Cuando ingreso la 1era vez ingreso solo? No, con todos mis compañeros y las muchachas. 17.- Usted lo revisaron de primero cuando ingreso? De segundo y lo revisaron a uno.


Declaración del ciudadano COVA PEREZ RANDY RAFAEL, de nacionalidad venezolana, profesión u oficio Estudiante, titular de la cedula de identidad Nro. V-18.325.082, medio de prueba promovido por la Representación Fiscal, quien estando bajo juramento expuso: “Sabe que yo trabajaba de seguridad en el aeropuerto y yo estaba cubriendo otras áreas de trabajo y llamaron para que bajara para que apoyáramos en el avión verificando al mantenimiento que llega al avión, cuando yo llego en eso llega la Guardia Nacional, me pidieron la identificación y eso y me dicen que es un procedimiento que habían encontrado una posible sustancia y me pidieron la cedula y me dijeron que fuera de ese procedimiento me pidieron la cedula hicieron un acta yo la firme y me fui para mi casa, ellos pesaron la cuestión esa pero no me acuerdo eso fue hace un año y medio después nos sacaron de donde estábamos hacia fuera a esperar, es todo”


A preguntas formuladas por la Representante del Ministerio Publico respondió: 1.- Señor Randy usted recuerda la fecha y hora? No, no recuerdo. 2.- Hora aproximada? Como las 5 y 30 de la tarde. 3.- Donde se encontraba usted? En la parte alta del Terminal, cuando pasa la DIEX, el duty free, del avión ahí. 4.- Quien lo llama a usted? Mi supervisora por radio. 5.- Cuando usted llega allí a la rampa quienes se encontraban presentes allí? Como 12 o 15 trabajadores y la Guardia Nacional. 6.- Usted recuerda a otra persona de seguridad que allá servido de testigo? De testigo una muchacha, no me recuerdo el nombre, era la supervisora mía. 7.- Cuando usted llega esa persona ya se encontraba allí en ese lugar? La supervisora estaba allí claro, ella fue la que me llamo. 8.- Cuantos funcionarios de la Guardia Nacional usted cree que se encontraban ahí? Como 7 o 8. 8.- Había alguna persona retenida, cuando usted llega? Se llevaron a un muchacho. 9.- El muchacho estaba allí? Cuando yo llegue lo estaban bajando del avión. 10.- Usted en su narración le informa al tribunal que se consigue una sustancia, donde fue ubicada esa sustancia? Estaba en la rampa, allí en envases de jugo. 11.- Esos jugos estaban en donde? En la rampa, estaban en una bolsa blanca. 12.- Señor y esa bolsa estaba en piso? Si en la rampa, en la escalera. 13.- Usted sabe donde fue conseguida esa bolsa? En la rampa. 14.- Cuando usted llega ya los funcionarios habían sacado los jugos de la bolsa? Lo sacaron fue en el comando. 15.- Quien tenía la bolsa? Los funcionarios. 15.- Y ya estaba detenido el ciudadano? Ya se lo estaban llevando. 16.- La otra ciudadana testigo estaba allí cuando ese procedimiento? Si ella me llamo. 17.- Una vez que los funcionarios retienen a la persona por el procedimiento a donde son ustedes trasladados? A un Comando que tienen ellos allá en el aeropuerto. 17.- Con quien aparte de los funcionarios lo acompañan a usted al comando? Con mi supervisora, íbamos ella y yo. 18.- Entre los que manipulan la sustancia era femenina o masculina? Pues si, eran Tenientes Capitanes era masculino. 19.- Cuando llegan al Comando proceden a sacar lo que estaba en la bolsa, a sustancia que esta en la bolsa puede describir lo que había allí? Una sustancia sólida estaba metida en unos cartones de jugo. 20.- Recuerda cuantos cartones eran de jugo? No, no recuerdo eran varios. 21.- Donde permanecía la persona detenida? Sentado observando, viendo todo. 22.- Recuerda si a esta persona llegaron a mostrarle la bolsa donde estaban esos cartones de jugo? No, no recuerdo, oí llegue fui testigo, fui al comando y abrieron la bolsas lo pesaron y peso como 6 kilos.


A preguntas formuladas por la Defensora Privada respondió: 1.- Señor Cova su supervisora cumple las mismas funciones que usted? Si es de chequearlos, revisar lo que entra a los aviones, chequearlos antes y después de subir. 2.- Quiere decir que cuando una persona lleva algo que no pertenece al avión ustedes llamaban a estos funcionarios porque hay una alerta? No, no a los funcionarios a un supervisor. 3.- Quien llamo a estos Tenientes de la Guardia? Ni idea cuando yo llegue ya ellos estaban allí. 4.- La persona que se llevaron estaba cerca de la bolsa? Lo estaban bajando del avión. 5.- Quiere decir que esta persona estaba cumpliendo con sus funciones? Si estaba allí. 6.- Usted nunca vio llegar a esta persona con una bolsa a su sitio de trabajo? No, porque a mi me llamaron después para que chequeara cuando ellos bajaron como estaban full, querían sacar el vuelo rápido ya se lo estaban llevando ya los guardias tenían la bolsa. 7.- Y el color de la bolsa? Blanca creo que era.


A preguntas formuladas por el Tribunal respondió: 1.- Cuales eran sus funciones como seguridad? Mis funciones eran que no suban objetos contundentes o violentos al avión y que cuando subieran no bajaran objetos que se hayan sustraído del avión. 2.- En este caso usted menciono que había de 12 a 15 trabajadores? Si que son las que generalmente estamos ahí somos los de seguridad, gente de limpieza, gente de Pdvsa que le hace mecánica a los aviones. 3.- Usted observo cuando llego ese grupo de personas que iba a hacer el mantenimiento al avión? No, porque estaba en el Terminal arriba con los pasajeros, nosotros tenemos dos funciones estar abajo chequeando al personal y con los pasajeros chequear que tengan el boarding, todas esas cosas chequeando pasaporte yo estaba haciendo esa función. 4.- Usted estaba haciendo esa función no estaba en el momento que estaban esas personas? No, me llamaron de refuerzo por el radio baja para que revises cuando suban los de limpieza. 5.- Y cuando usted llego que le pidieron la colaboración para que chequeara a las personas de limpieza que sucedió? Llego la Guardia, venia entrando bajando por aquí por allá me dijo dame tu cedula te vas de testigo. 6.- Y usted le pregunto? Si de testigo de que de una droga. 7.- Y usted observo a quien se le fue incautada esa droga? No en ningún momento vi a quien se la quitaron ni nada. 8.- Tiene conocimiento de donde se encontraba esa droga que usted menciona? No, tenían ahí en la rampa en la mano cuando yo llegue la tenían puesta allí. 9.- Quien eran esos guardias? No me recuerdo los nombres, se que eran funcionarios que eran funcionarios de rango, eran capitanes y todo uno le reconoce por las estrellas que usan ellos. 10.- Que estrellas tenían los funcionarios que usaron la droga? Habían uno de 3 y otros de 2 otros de una y tenían la bolsa pues. 11.- Y quien estaba allí alguien estaba con la bolsa? Estábamos todos estaban los supervisores de limpieza. 12.- Cualquier persona que suba al avión están obligados a revisarlas? Si a todos a cualquiera, chequearlos y anotarlos en una hoja. 13.- Y donde se anota eso? En una hoja, en un formato que nosotros usamos. 14.- Y en el momento que terminan de hacer su función son nuevamente anotados en esa hoja? Claro. 15.- Si no trae los útiles para el trabajo que realizara que ser hace? No sube al avión y ya. 16.- Si alguna persona trae algo ilícito que pasa? Es reportado automáticamente. 17.- Si una persona trae unos jugos esta persona es dejada de subir al avión? En ese caso a ese avión no, por que hay una empresa encargada de hacer ese suministro. 18.- Si esa persona que esta allí debe no permitir el ingreso de eso? No debería cada personal cumple su función. 19.- Recuerda cuantas personas en ese momento resultan detenidas? Detenida como tal, resulta una sola persona. 20.- Y usted fue calidad de testigo porque, que observo? Yo venia llegando y me pidieron la cedula, para ser testigo. 21.- Lo que dijo aquí fue lo mismo que dijo cuando lo llevaron al comando? En realidad, en realidad ellos me pidieron datos, mi dirección de mi casa, mi número, todas esas cosas y yo se lo di. 22.- Usted leyó lo que firmo? No mucho. 23.- Que leyó? Que habían incautado una sustancia psicotrópicas en un intento de subirla al avión, el vuelo. 24.- Usted observo eso? Si claro. 25.- Observo a esa persona con la droga? No, yo no observe eso, yo estaba arriba, a mí ese día no me tocaba abajo. 26.- Cuando usted menciona que pesaron la sustancia en el comando quienes estaban allí? No sé que cantidad mas o menos pero habían bastantes guardias y de civil estábamos yo y la muchacha y el acusado. 27.- Y esa persona que estaba allí Yexica Carvajal observo ese procedimiento de pesaje la sustancia? Si mal no recuerdo ella estaba allí conmigo, eso fue hace un año y medio ya. 28.- Cuanto tiempo duro en esa empresa? 3 meses me retiraron, por la universidad. 29.- Que vuelo era? Alitalía, creo que el destino era Roma.


De la declaración del ciudadano COVA PEREZ RANDY RAFAEL, se desprenden una serie de circunstancias que contradicen los manifestado por los funcionarios actuantes y la ciudadana Yexica Carvajal, quien también fungió como testigo instrumental del procedimiento, al manifestar que no se encontraba con la ciudadana antes mencionada como ella lo refiere, si no por el contrario se encontraba en el área de Get Way cuando le es solicitada la colaboración por ésta ciudadana para la revisión de un ciudadano de mantenimiento y al llegar al área de la rampa 16, ya los funcionarios de la Guardia Nacional bajaban del avión al acusado, le solicitaron su identificación para servir de testigo del procedimiento, circunstancias éstas que han de ser contrapuestas con las demás probanzas, por tratarse quien aquí decide de circunstancias exculpatorias


Declaración de la ciudadana MELENDEZ PRADO ELIZABETH, de nacionalidad venezolana, profesión u oficio Militar, titular de la cedula de identidad Nro. V-19.113. 944, medio de prueba promovido por la Representación Fiscal, quien estando bajo juramento y reconociendo como suya una de las firmas contenidas en el acta de investigación penal inserta a los folios (02) y (03) de la primera pieza, expuso: “Que nosotros nos encontrábamos en el Get Way, ahí en la puerta 16, cuando los de seguridad OWS que estaban en el Aeropuerto llamaron a los Guardias que estaban arriba para solicitar el chequeo del ciudadano Franklin, que se encontraba de mantenimiento en el área y nos dijeron que hiciéramos el chequeo del ciudadano por que estaban un poco sospechoso y le hicimos un chequeo corporal y revisamos y en lo que llevaba unos empaques de jugos y en lo que se encontraba la droga doble fondo, es todo”


A preguntas formuladas por la Representante del Ministerio Publico, respondió: 1.- Usted recuerda la hora y la fecha de este procedimiento? No, no recuerdo. 2.- La hora aproximada? Como las 3 de la tarde. 3.- Usted refiere que son llamados para hacer revisión del personal que iba a hacer mantenimiento en el avión? Si, es correcto. 3.- Usted se encontraba con que otros funcionarios en ese procedimiento? Con los funcionarios que realizaron el Get Way del vuelo Alitalia. 4.- Nombres de eso funcionarios? Teniente Girón Bravo, el Capitán Urbina y el Guardia Lucena Guedez. 5.- Cuando usted se refiere en Get Way puede explicar cual es esa área del aeropuerto? Esta arriba es donde uno realiza el chequeo de los pasajeros que se van a montar en el avión. 6.- Era allí donde usted se encontraba? Si. 7.- El personal de mantenimiento debe de pasar por allí? No, se encuentra debajo en el avión. 8.- Quien los llama a ustedes para que bajaran a esa área? Los de seguridad. 9.- Quien los llamo una dama o quien? No recuerdo, dos caballeros. 10.- Usted se va a la rampa? Dieciséis. 11.- De que vuelo? Alitalia. 12.- Se va en compañía de que funcionarios? Lucena Guedez. 13.- Cuando llegan al área de rampa, donde estaba el avión de Alitalia exactamente con quienes conversan ustedes allí? Con el OWS y el ciudadano que le hicimos el chequeo. 14.- Cuando usted refiere que le hicieron el chequeo, le hicieron el chequeo antes de ingresar al avión o ustedes ingresaron al avión y le realizaron el chequeo en el interior del avión, cómo fue eso? Antes de que ingresara al avión. 15.- Ese chequeo en que consistió? En un chequeo corporal y de unos empaques que él llevaba en la carrucha. 16.- Qué había en esa carrucha? Una bolsa de mantenimiento, una aspiradora y en la bolsa estaban los jugos. 17.- De qué color era esa bolsa? Blanca. 18.- Quien hizo la revisión de esos instrumentos? Los 2 guardias. Quienes? Lucena Guedez y mi persona. 19.- Donde se encontraba el ciudadano para el momento en que hicieron la revisión? En el sitio donde estábamos revisando los implementos. 20.- Y tiene usted conocimiento de que él haya ingresado al avión? De que iba a ingresar si. 21.-Cómo lo sabe? Por que nos dijeron los de OWS. 22.- Quién en particular? Un hombre, que usamos como testigo, el ciudadano Cova y el otro no lo recuerdo. 23.- Recuerda si era mujer u hombre? Eran 2 hombres. 24.- Usted esta segura de eso? Si. 25.- Qué era lo que había en el interior de esa bolsa? Empaques de jugos de cartón. 26.- De cuanto eran? De litro. 27.- Cuantos eran? Seis o nuevo, no recuerdo. 28.- Qué tenían en el interior esos empaques? Un polvo blanco, se sospecha que era cocaína en polvo. 29.- Que tiempo tenia usted ahí? Como un año y medio. 30.- Cuantos procedimientos como este usted ha hecho? Había hecho como cinco procedimientos. 30.- Una vez que tenían a la persona que pretendía ingresar eso a donde se trasladan el procedimiento? Al Comando Antidrogas que está en el Aeropuerto. 31.- A quienes trasladan ustedes? A los testigos, al ciudadano y la droga. 32.- De ustedes quien lleva la droga? Los funcionarios. 33.- Una vez que están allá en el comando le hacen algún tipo de pesaje a la sustancia, prueba de orientación? Si, la hacen los funcionarios. 34.- Se hace en presencia de los testigos? Si. 35.- Cuantos testigos eran? Dos. 36.- Quien la hace? Los funcionarios. 37.- Y el ciudadano donde permanece? En el área de chequeo, ahí en el comando. 38.- En esa carrucha además aparatos de aspirar que otras cosas habían? Solo la bolsa y la aspiradora. 39.- Había otras personas de mantenimiento en el área? Si los que estaban de limpieza del avión, que estaban arriba. 40.- El nombre del ciudadano quien se los da? Él (señalando al acusado) y la documentación. 41.- Usted tiene conocimiento si éste ciudadano antes de usted llegar había ingresado al avión? No tengo conocimiento. 42.- Cuando le pide que se trasladen a la rampa para efectuar la revisión corporal eso es un procedimiento o se hace en casos solo en casos donde se presume pudiera haber una situación especifica como esta? Se hace específicamente si se sospecha si hay contenido de droga, por que para eso están los de seguridad que hacen el chequeo de los de mantenimiento cuando van a ingresar al avión, nosotros solo nos encargamos de los pasajeros. 43.- La bolsa estaba en la carrucha o en otra área de la rampa cuando llegan ustedes? En la carrucha. 44.- Y ahí se encontraba el ciudadano? Si.


A preguntas formuladas por la Defensa del confianza del acusado respondió: 1.- Las personas que le llaman a usted se tienen que identificar o cualquiera la puede llamar y decirle que vaya al tal sitio? No, ellos son seguridad del aeropuerto por lo tanto se encargan de todos los vuelos que van allá y tienen contacto con el personal de la Guardia Nacional por que somos los que realizamos el chequeo de las personas y ellos se identifican, son el personal de OWS. 2.- El nombre de estas personas que se identifican para llamarla? Se identifican como seguridad OWS y bajen por que hay una sospecha para realizar un chequeo. 3.- Se identifican? Cuando nosotros llegamos al sitio ellos nos dicen que somos de seguridad de OWS, sabemos el nombre de los testigos solo cuando estamos arriba en el procedimiento. 4.- El color de la bolsa donde usted dice que se encontraban unos potes de jugo como era? Blanca. 5.- Cuando llegaron al sitio cuantas personas de seguridad estaban allí? Exactamente no lo se. 6.- Porqué no lo sabe? Por que los testigos que estaban ahí eran dos, pero seguridad hay muchos alrededor del avión, los que estaban en ese momento en el área eran dos testigos. 7.- Dos testigos masculinos o femeninos? Dos masculinos.


A preguntas formuladas por el Tribunal respondió: 1.- Usted manifiesta que se les hizo una llamada de seguridad de los funcionarios de la OWS, cuando ustedes llegan con quién se comunican? Con ellos, para que nos planteen la situación y luego vamos hacia donde el ciudadano. 2.- Para que les plateen que situación? La situación de lo que estaba ocurriendo en ese momento que porqué había hecho el llamado. 3.- Qué manifestaron esos funcionarios? Que el ciudadano Franklin quería ingresar al avión un paquete, el cual era un personal de mantenimiento, pero creo que no se encontraba en ese vuelo si no era de otro vuelo. 4.- Y es que el personal de mantenimiento esta asignado a un vuelo determinado? Si. 5.- Y usted tiene conocimiento si él está asignado para ese vuelo u otro? No. 6.- Quién le hizo del conocimiento de eso? El ciudadano. 7.- Cuantas personas estaban con él? Dos, los dos seguridad. 8.- Cuando llegaron quienes estaban allí? Los dos seguridad y él. 9.- Y las otras personas de limpieza donde se encontraban? En el avión. 10.- Cuales son las funciones de las personas de la empresa de seguridad OWS? Custodiar, la seguridad del avión, del personal del mantenimiento, de toda persona que ingrese al avión. 11.- Tiene conocimiento de cuál es el procedimiento que hace el personal de seguridad? Custodiar, exactamente no sé cual es la función que cumple, pero, se encargan del personal que va a ingresar al avión. 12.- Usted manifiesta que se entrevistaron con dos personas masculinas, cuando ustedes llegaron ya se encontraba el ciudadano Randy? Si. 13.- Estaba haciendo funciones de seguridad? Si. 14.- Recuerda el nombre de la otra persona? No. 15.- Estas dos personas presenciaron el momento en el que ustedes como funcionarios de la Guardia Nacional hicieron la recolección de las sustancias que ustedes mencionan que estaban en envases de cartón? Si las dos. 16.- Dejan constancias en algún acta y es firmada por estas personas? Si. 17.- Se les toma entrevista a las personas? Si. 18.- Se les pone de manifiesto lo del acta y lo que ellos dicen? Si. 19.- Quienes fueron los funcionarios que hicieron este procedimiento? El funcionario Sargento Primero Lucena Guedez y mi persona.


De la declaración de la funcionaria Tte. Segundo de la Guardia Nacional Bolivariana, Elizabeth Meléndez Prado, adscrita al Comando Antidrogas de la Guardia Nacional de Maiquetía, se desprende las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que se llevo a cabo el procedimiento, aun cunado la misma no recordó la fecha del mismo, mediante el cual les fue requerida la revisión corporal, por funcionarios de la empresa de seguridad OWS, de un ciudadano del personal que se encontraba realizando el mantenimiento del avión de la Línea Alitalia, en instalaciones del Aeropuerto Internacional de Maiquetía, estado Vargas, específicamente en la rampa 16, señalando la misma que al llegar al lugar conjuntamente con el Sargento Primero Wilfredo Lucena, se entrevistaron con los funcionarios de la empresa de seguridad, realizaron la revisión corporal del ciudadano Franklin Moreno Monasterio y una bolsa que llevaba unos empaques de jugos donde se encontraba la droga doble fondo, a lo que se le da valor probatorio por cuanto de su deposición constituye un elemento indicativo de la corporeidad del delito que objeto del debate y la responsabilidad del acusado en el mismo.


Declaración del ciudadano LUCENA GUEDEZ WILFREDO JOSE, de nacionalidad venezolana, profesión u oficio Militar, titular de la cedula de identidad Nro. V-16.417.963, medio de prueba promovido por la Representación Fiscal, quien estando bajo juramento y reconociendo como suya una de las firmas contenidas en el acta de investigación penal inserta a los folios (02) y (03) de la primera pieza, expuso: “Bueno mi compañera y yo estábamos en la parte del Get Way y recibimos una llamada del Capitán diciendo que fuéramos a sótano, específicamente a rampa 16 y entonces un muchacho que lo tenían retenido la seguridad OWS, la función de ellos es resguardar el avión de toda persona que vaya a entrar dentro de la misma, ellos nos explican a nosotros que ven al ciudadano que tiene una bolsa con el nombre Argentina de colores blanco con azul, hacemos el chequeo corporal y cuando lo llevamos a la oficina Antidrogas abrimos la bolsa y vemos que tiene 7 potes de jugo yukery y lo revisamos que es presuntamente cocaína.”


A preguntas formuladas por la Representante del Ministerio Publico respondió: 1.- Usted recuerda la fecha y la hora de ese procedimiento? La fecha no, la hora como a las 4 de la tarde. 2.- Donde y con quien se encontraba usted? En el Get Way con Meléndez. 3.- Ustedes reciben una instrucción, de los dos quien recibe esa instrucción? Mi persona. 4.- Quién lo llamo? El Capitán, el auxiliar de Antidrogas. 5.- Recuerda el nombre? No. 6.- Cuál fue la instrucción que le giro el Capitán? Que nos dirigiéramos allá a la rampa 16 a verificar qué tenía el muchacho. 7.- Tiene conocimiento de quien lo llama a él? Creo que lo llamo el jefe de sótano, pero no estoy seguro. 8.- Ese vuelo iba para donde? Ese era Alitalia. 9.- Quienes se encontraban allí cuando llegan? Los 2 testigos, los dos OWS. 10.- Quienes eran los testigos? No recuerdo nombre, se que era un masculino y una femenina. 11.- Donde se encontraba el ciudadano? Lo tenían custodiado, por que el iba a entrar al avión a limpiarlo, por que toda persona que va a entrar al avión tiene que ser chequeado corporalmente, bien sea por el OWS o por el funcionario. 12.- Ese es un trámite de rigor que ustedes revisen a las personas que entran al avión? Eso es rutinario. 13.- Lo hace quien? El funcionario o el personal de OWS? 14.- Ustedes estaban en el Get Way, donde estaban los funcionarios de Antidrogas del área de rampa? A nosotros nos llamaron para hacer el chequeo corporal. 15.- Y Ustedes que hacían en el Get Way? , nosotros estábamos haciendo el chequeo de los pasajeros. 16.- Qué les indican estas personas a ustedes? De que ven una actitud sospechosa del muchacho, ósea que estaba nerviosos y trato de ingresar con un bolso al avión y la cuestión de la aspiradora que utilizan ellos para limpiar el avión. 17.- Donde estaba la bolsa a la que usted hizo referencia? Al lado de él, estaban los implementos de trabajo y al lado de él estaba la bolsa. 18.- Sabe usted si llevaba esa bolsa en sus implementos de trabajo? No. 19.- Sabe donde llevaba la bolsa? La llevaba en el bolso. 20.- Cuando usted llego la tenia en la mano? Eso estaba donde estaba él, lo tenía el personal de seguridad OWS y ahí empezamos a chequearlo. 21.- Quien hace le chequeo? Mi persona y Meléndez. 22.- Le consiguieron algo en lo corporal? No, solo lo que tenía al lado revisamos lo que tenia de mantenimiento y la bolsa. 23.- Qué había en la bolsa? 7 potes de jugo. 24.- Y que tenia los jugos? Sustancias psicotrópicas. 25.- Quienes observan eso? Los testigos. 26- Quienes sirvieron de testigo? Los se seguridad OWS. 27.- El caballero estaba ahí cuando ustedes llegaron o él llega posteriormente? No, cuando yo llegue ya ellos estaban ahí ya. 28.- Ustedes fueron los primeros funcionarios que llegaron al lugar o habían llegado otros? Si nosotros. 29.- Usted tiene conocimiento si estas personas de mantenimiento pueden ingresar con jugos, comidas, cosas distintas a sus implementos de trabajo? No, no tengo conocimiento. 30.- Que tiempo tiene usted trabajando allí? Ya no trabajo y tenia 4 o 5 meses. 31.- A donde trasladaron el procedimiento? Para la oficina Antidroga. 32.- Se trasladan todos? Si, los dos funcionarios, los dos testigos OWS, hasta arriba a la oficina. 33.- Qué hacen con los cartones? Llamamos a los testigos, abrimos con una navaja y no tiene nada de líquido y tenia una sustancia blanca y le hicimos la prueba de narcotest y dio color púrpura, estábamos todos. 34.- Como trasladan la evidencia hasta el comando? Con el mismo detenido, el mismo trasladaba la bolsa. 35.- Tiene conocimiento si en el interior del avión había personal de limpieza? No, porque nadie había ingresado. 36.- Cómo sabe que no había ingresado nadie? No, por que para ingresar deben ser revisados por los de seguridad o el funcionario. 37. Pero usted llego posterior como puede dar por cierto que no habían ingresado? Por que el avión estaba cerrado.


A preguntas formuladas por la Defensa Privada respondió: 1.- Como transporto la persona que llevaban ustedes esos potes de jugos? En una bolsa blanca que decía Argentina, con letras azules. 2.- Usted lo vio a él cargando la bolsa? Claro cuando la persona va a ingresar al avión y tiene sus implementos, esas personas son chequeados por el personal de seguridad, cuando nos hacen el llamado estaba el ciudadano con sus implementos y la bolsa al lado. 3.- Quién traslada esta bolsa? El mismo ósea custodiado por nosotros. 4- Quién traslada esa bolsa de ese sitio al otro? El mismo. 5.- Como se llama el Capitán que los llama? No recuerdo el nombre ya el se retiro, se fue de baja. 5.- Usted son los que practican esa prueba de coloración y para poder saber esta coloración cual es color que se determina? Color púrpura.


A preguntas formuladas por el Tribunal respondió: 1.- Usted manifiesta que recibieron un llamado del Capitán qué les indica? Que revisemos al ciudadano porque se encontraba nervioso o porque lo detuvieron. 2.- Tiene conocimiento de cómo el capitán obtiene es información? No estábamos en el Get Way, y nos dijeron que fuéramos a rampa. 3.- Cuantas personas había cuando ustedes llegaron? Los funcionarios de OWS y el ciudadano que tenían retenido. 4.- Y el resto del personal de limpieza? No estaba. 5.- Revisaron estas personas de seguridad al ciudadano? Por eso es que nos hacen el llamado, ellos ven algo que no es acorde al avión, a la Aerolínea de Buenos Aires Argentina a Alitalia son 2 cosas distintas, por eso es que nos hacen el llamado para revisar a donde estaban los jugos, el peso no era el adecuado y cubismo para hacerle el debido procedimiento en la oficina. 6.- Ustedes posteriormente tienen comunicación con la empresa de limpieza por la investigación? Nosotros no indagamos con la otra persona, con los jefes de limpieza. 7.- Tienen conocimiento si antes de ingresar al avión deben ser revisadas por la empresa de seguridad OWS o por funcionarios de la Guardia Nacional, se levanta acta de la revisión corporal que se le hace a la persona? Abajo en rampa no, en Get Way arriba si. 8.- Qué es rampa? Afuera, la pista donde se estaciona el avión. 9.- Las personas son revisadas antes de ingresar al avión? Si. 10.- Es obligatorio? Si. 11.- Quien realiza la revisión? OWS o el guardia Antidrogas o el funcionario de resguardo. 12.- Un funcionario de la empresa OWS o del funcionario de Antidrogas o es indistinto? La empresa OWS se encarga de la revisión corporal, ellos no ingresan al avión, el funcionario de Antidrogas es revisado también o viceversa. 13.- Siempre esta una persona de la empresa OWS en conjunto con la guardia? Es indiferente el solo o acompañado. 14.- Cuando están funcionarios de la empresa OWS cual es el procedimiento a seguir para que una persona pueda ingresar al avión cuando no es pasajero? Chequearlo. 15.- Después de ese chequeo que se hace? Ingresan al avión. 16.- Se levanta un acta o se deja constancia en algo? Luego que se realiza ese chequeo eso se levanta un acta queda constancia que un funcionario realizo ese chequeo? No, no. 17.- o el funcionario antidrogas que debe de hacer para permitir el ingreso? Hacer el chequeo corporal y que no tenga nada indebido pues. 18.- Si una persona tiene algo que no acorde a la función que va a cumplir en el avión? Todas las personas son revisadas, si lleva algo ilícito llamamos al Comando Superior. 19.- Las personas que realizan las funciones previas al despegue del avión, subir jugos o algo comida? No, las personas que le dan comida es prohibido por la empresa, ellos sancionados, no pueden ingresar instrumentos que nos estén acordes con la aerolínea, es rutinario que sean revisados. 20.- Estas personas que lo reciben que le dicen? Que revisemos al muchacho, que estaba nervioso y que tiene una cuestión blanca. 22.- Estas personas que lo reciben observaron toda la revisión, observaron ese chequeo corporal? Si. 23.- Estos fueron los testigos? Si. 24.- Usted manifiesta un masculino y femenino? Si. 25.- Recuerda los nombres? No. 26.- Eran de la empresa de seguridad? Si. 27.- Le llego a manifestar alguno de ellos si habían ingresado al avión? No. 28.- Estas personas observaron cuando en el comando se hicieron las pruebas de orientación? Si 30.- Ellos firman el acta? Si, ellos firman todos.


De la declaración del funcionario Sargento Primero de la Guardia Nacional Bolivariana, Wilfredo Lucena, adscrito al Comando Antidrogas de la Guardia Nacional de Maiquetía, se desprende las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que se llevo a cabo el procedimiento, aun cuando el mismo no recordó la fecha del mismo, mediante el cual les fue requerida la revisión corporal, por su superior, de un ciudadano del personal que se encontraba realizando el mantenimiento del avión de la Línea Alitalia y retenido por los funcionarios de seguridad de la Empresa OWS, en instalaciones del Aeropuerto Internacional de Maiquetía, estado Vargas, específicamente en la rampa 16, señalando el mismo que al llegar al lugar conjuntamente con la Sargento Segundo Meléndez Elizabeth, se entrevistaron con los funcionarios de la empresa de seguridad, realizaron la revisión corporal del ciudadano Franklin Moreno Monasterio y la bolsa que se encontraba en la rampa, que fue revisada en el Comando Antidrogas, en cuyo interior se encontraban unos empaques de jugos contentivos de la sustancia ilícita, a lo que se le da valor probatorio por cuanto de su deposición constituye un elemento indicativo de la corporeidad del delito que objeto del debate y la responsabilidad del acusado en el mismo.


El Tribunal en virtud de las discrepancias de los testimonio rendidos por los ciudadanos Randy Cova, Wilfredo Lucena y Meléndez Elizabeth, de conformidad con lo establecido en el artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal vigente para la fecha hoy articulo 222 del Código Orgánico Procesal Penal, se procedió a pautar careo entre testigos.


Declaración del ciudadano COVA PEREZ RANDY RAFAEL, titular de la cedula de identidad Nro. V-18.325.082, quien estando bajo juramento expuso: “Bueno yo estaba ahí chequeando a los pasajeros del vuelo Alitalia, y me llamaron de apoyo para chequear los muchachos de limpieza y cuando yo venia llegando estaba ya sucediendo el procedimiento, ya lo estaban bajando, me pidieron la cedula se las di y me llevaron de testigo y fui”.


Declaración del ciudadano LUCENA GUEDEZ WILFREDO JOSE, titular de la cedula de identidad Nro. V-16.417.963, quien estando bajo juramento expuso: “Lo que conté los día anterior estaba en el servicio del Get Way, recibimos una llamada del Capitán que fuéramos al servicio de rampa, rampa 16, que fuéramos a verificar a un muchacho que tenían allí, ya el servicio de OWS se encontraban ahí, después que ya le hicimos el chequeo corporal, le encontramos la sustancia lo llevamos a la oficina antidrogas y ahí hicimos el respectivo procedimiento.”

La Representante del Ministerio Publico interrogo a los ciudadanos de la manera siguiente: Randy Cova: A diferencia de lo que explicó el funcionario usted refiere haber llegado posterior, ya ellos se encontraban en el área de rampa habían practicado la aprehensión del ciudadano y habían incautado la droga, como explica que el funcionario y la ciudadana que también sirvió de testigo afirmen que ya usted se encontraba en el área cuando ellos llegan ahí? No sé, me habrán confundido con otro oficial, nosotros somos como 15 oficiales cuando yo llegue ya se estaban llevando al muchacho y me llevaron de testigo a mí.


Wilfredo Lucena: Cuantos oficiales de seguridad se encontraban presentes para el momento en el que usted llega a la rampa? Los dos OWS. ¿Usted reconoce a este ciudadano en el procedimiento? Si. El es el ciudadano testigo con la otra persona de OWS? Si.


Randy Cova: Según su dicho donde se encontraba la bolsa? En la rampa, en el piso en la rampa, en una carretilla. Esa carretilla la usa el personal de mantenimiento para trasladar sus implementos de trabajo? Generalmente llevan carretilla, llevan a veces sus cosas en las manos. Qué cosas llevan ellos en las manos? La aspiradora, bolsas, cepillos. Usted llego a ver haber los utensilios de trabajo? Si. En esa carretilla además de esa bolsa, pudo apreciar que hubieren utensilios de las personas de mantenimiento? Había unas mantas, algo así, de otra aerolínea, las funditas que se colocan. Usted recuerda esas fundas? Si no me equivoco, eran de la Aerolínea Argentina.


Wilfredo Lucena: Funcionario usted recuerda esa fundas a la que hace referencia el ciudadano? Si, donde estaban los envases de jugos eran de color blanco y letras azules. Y recuerda esa fundas de la Aerolínea en especifico que acaban de referir? No, yo lo que me destaque mas fue en revisar los materiales de mantenimiento. Cuales eran esos materiales de mantenimiento? La aspiradora, los cepillos y más nada.


Randy Cova: Recuerda el color de la bolsa? Si mal no recuerdo era blanca. Cómo eran los envases de jugo de litro o de medio? De litro de esos cuadrados. Recuerdas cuantos envases? No recuerdo exactamente cuantos eran los envases, eran mas de siete o diez.


Wilfredo Lucena: Usted funcionario recuerdan cuantos envases eran? 7 eran de un sabor y otros de otro sabor, eran como 9.


Randy Cova: Ciudadano la supervisora se encontraba en el otro lugar cuando usted llego? Si, porque ella era la que mas me llamaba. Y ella la encontró usted lo que hacia hablaba con los funcionarios? Si estaban ahí con el procedimiento. ¿Y el ciudadano? Ya se lo estaban llevando.


Randy Cova: Como oficial de seguridad esta permitido ingresar comida o jugos por parte de estos ciudadanos que hacen el mantenimiento al área interna de los aviones, qué procedimiento se hace? No


Wilfredo Lucena: Usted como sargento esta permitido ingresar de comida o jugos por parte de estos ciudadanos que hacen el mantenimiento al área interna de los aviones que procedimiento se hace? No.


Wilfredo Lucena: Usted interviene en razón de qué? Por la llamada que nos hace el Capitán, hacemos el chequeo corporal y vemos que la bolsa es distinta a la de la aerolínea que es Alitalia, por eso es que empezamos a hacer el chequeo corporal. Qué le informa la supervisora del vuelo? Que el muchacho estaba asustado, nervioso. En algún momento ella le manifestó que el pretendía ingresar con esa bolsa al a avión? No me dijo nada de eso, ella tiene que revisar antes de ingresar al avión. Cuando usted llego el ciudadano estaba en el interior del avión o estaba abajo? Estaba abajo. Sabe si habían algunas personas que ya hubiesen ingresado al avión? No


Randy Cova: Sabe si hay unas personas que hubieran ingresado al avión? Si estaban limpiando.


Por su parte la Defensa de confianza del acusado interrogo a los testigos de la manera siguiente:


Randy Cova: 1.- Ciudadano Randy donde se encontraba el señor cuando usted bajo a la rampa? Estaban bastantes oficiales en la rampa, me imagino que en la rampa, no lo recuerdo. Usted puede asegurar que el señor estaba en la rampa? No, si estaba yo no me recuerdo. Me podría dar las dimensiones de esa bolsa blanca? Era una bolsa como de este tamaño, así de ancha más o menos, con unas asas, color blanca (haciendo señas del tamaña de algo regular). En la audiencia pasada usted dijo que cuando llegó a la rampa estaban bajando al ciudadano del avión? Si lo bajaron del avión.


Wilfredo Lucena: Ciudadano funcionario usted no estaba cuando bajaron al ciudadano del avión? No, cuando llegue ya estaba abajo. Ni tampoco vio cuando llego con una bolsa? No, cuando a mi me hacen el llamado me dicen que vaya abajo, o sea a la rampa, cuando llego estaban los OWS y el muchacho, ya estaban abajo.


Randy Cova: Ciudadano Randy usted afirma que usted llega cuando llegue y ya lo estaban bajando. Es necesario que las personas sean revisadas antes de subir? Si. Si es revisada y se le permite subir es por que esta permitido su acceso al avión? Si, ellos suben hacer lo que tienen que hacer por que la operación no se puede detener y todos subieron, ellos son como quince o dieciséis y estaban limpiando ahí cundo paso el procedimiento. Cuando el ciudadano viene con sus implementos o la carrerilla pasa por esa zona donde están chequeado a los pasajeros? No, los pasajeros es arriba en la zona donde yo me encontraba. Y los perros en que zona se encuentra? Esos están donde hacen le revisión de los equipajes, pasa también por rampa. Los perros pasan por esta zona donde están ellos trabajando? Si luego, es todo una logística


Wilfredo Lucena: Usted tenia conocimiento que los perros habían estado allí? No se.


El Tribunal interrogo a los ciudadanos de la manera siguiente:


Randy Cova: Usted manifestó que para ese entonces era seguridad puede indicar cuales son las funciones de un oficial seguridad, para el momento que va una persona va a ingresar al avión? El chequeo corporal, no se puede ingresar objetos peligrosos, armas de fuego, objetos contundentes y objetos ajenos al avión, sustancia como ácido, explosivos. Para ese ingreso siempre esta un oficial de seguridad o debe estar acompañado de algún funcionario de la Guardia Nacional? Claro, bueno son dos funciones cuando uno esta arriba si están los Guardia Nacionales, cuando están abajo no están los Guardias, cuando se hace el cheque para el personal de limpieza no esta la Guardia Nacional, solo estamos los oficiales de seguridad.


Wilfredo Lucena: Sargento Lucena para el ingreso del avión es necesario que esté el funcionario Antidrogas o de cualquier funcionario policial? Para el ingreso del avión si debe estar el funcionario Antidrogas y el de OWS. Siempre esta algún funcionario de Antidrogas? De Antidrogas o de resguardo, depende de la rampa que le toca, si le toca la 16 es Antidrogas y si es rampa 22 es de Resguardo, son dos funciones diferentes. Cuáles son esas funciones? Allá en el aeropuerto se divide esta la Guardia Nacional de resguardo y la Guardia Antidrogas, se dividen por que no hay personal suficiente, ese día nos toco a nosotros la rampa 16 Antidrogas y la otra rampa le toca a Resguardo. Usted manifestó que estaba arriba en el Get Way y eso aparentemente paso en rampa 16? Si. Quién era el funcionario Antidrogas que estaba en ese momento que la rampa con los de OWS? A lo mejor era el Capitán que estaba abajo. Pero cuando usted llega con la otra funcionaria quien estaba? Nadie, solo ellos dos los de seguridad, Randy y la otra muchacha.


Randy Cova: Usted donde estaba? Yo también estaba arriba y me llamaron para que bajara. Cuantos funcionarios había cuando usted llego? Como 20 funcionarios de la Guardia Nacional y varios de OWS, estaban los de limpieza, la gente del avión de PDVSA, las catering que llevan la comida. Usted tiene conocimiento si este ciudadano que estaba siendo aprehendido era el que había transportado la bolsa que usted menciona? No, cuando yo llegue ya se lo estaban llevando, la prueba no me acuerdo tiene tiempo y de afirmar si llegó o no con la bolsa no lo puedo decir por que no lo vi, llegue cuando se lo estaban llevando. En esa rampa que hace mención quien era la otra funcionaria de seguridad que se encontraba allí? Mi supervisora, no me acuerdo su nombre, creo que era de apellido Carvajal. Ella es la persona que lo llama a usted? Es la encargada del vuelo, era mi jefa directa. Usted menciona que ese vuelo era de la Aerolínea Alitalia, se acostumbra que la personas de limpieza vengan con instrumentos de otra aerolínea? No es permitido, no es lo debido, no sé como se manejan ellos, pero no es lo debido. Cuando estas personas sea cual sea su función son revisadas? Si son revisadas. Son revisadas por los funcionarios de Antidrogas o Resguardo o seguridad? Solo por el de seguridad en esa época. Cuál es procedimiento cuando va ingresar una persona al avión? Chequearlo y luego ingresa.


Wilfredo Lucena: Si una persona lleva un objeto fuera de lo común para las funciones que va a realizar dentro del avión, se deja ingresar? No se deja ingresar, por que no es lo debido. No se deja ingresar o simplemente el objeto se deja abajo e ingresa la persona al avión? Mi persona no lo deja ingresar. Qué se hace cual es la normativa? Normalmente se le suspende el carnet, se le quita y se le pasa Instituto, para eso ellos reciben un curso en el Instituto para evitar todo eso inconvenientes. Eso esta establecido en algún documento? No sé si está establecido en alguna parte, pero nosotros no lo dejamos ingresar.


Randy Cova: Y los Oficiales de Seguridad? A nosotros nos dicen que lo revisemos y si llega algún objeto no puede ingresar al avión, la persona puede pasar pero no el objeto, nosotros no estamos capacitados para quitar el carnet, ni nada de eso, nosotros si podemos informarles a ellos y pasar la novedad, somos seguridad pero para que no ingresen objetos. Y en este caso, esta persona traía una bolsa aparentemente con unos jugos? No puede ingresar de ninguna forma los jugos, pero no sé como se manejaron ahí por que yo no estaba en el sitio, vi cuando se lo estaban bajando del avión.


Wilfredo Lucena: Qué le manifestó la persona de seguridad en ese momento del vuelo? Que el muchacho estaba nervioso, que lo revisáramos ya nos habían dicho el Capitán. Tiene conocimiento si la encargada de seguridad había dejado ingresar esta persona al avión? No lo se, ella no me dijo.


En el transcurso del juicio se hizo imposible la comparecencia del Sargento Segundo Elizabeth Meléndez, para la realización del careo entre testigos, por lo que el tribunal desistió del acto.


Seguidamente procedió a la incorporación de las prueba documentales conforme al contenido del artículo 341 del Código Orgánico Procesal Penal, las cuales se dieron por reproducida previa anuencia de las partes, siendo las documentales las siguientes:

1.- Acta de Inspección de Sustancia de fecha 27 de Septiembre de 2011, suscrito por los funcionarios Sargento Primero Lucena Guedez Wilfredo, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-16.417.963 y la Sargento Segundo Elizabeth Meléndez Prado, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-19.113.944, adscritos a la Unidad Especial Antidrogas de Maiquetía, mediante la cual dejan constancia de las características de la sustancia incautada: Nueve (09) envases de cartón, que al revisarlos contenían en su interior cada uno un envoltorio confeccionado con cinta adhesiva de color transparente con un polvo de color blanco de olor fuerte y penetrante que al aplicarle la prueba de orientación de campo denominada SCOTT, arrojó una coloración de color azul turquesa, positivo para la presunta droga denominada cocaína, que al ser pesada arrojó un peso bruto de SIETE KILOS CON QUINCE GRAMOS (7,015KGRS), luego se procedió a introducirse en presencia de los ciudadano testigos los envases de jugo con la presunta sustancia incautada, la cual fue cerrada con un (01) con un precinto de color rojo DHL 1283444.


2- Experticia Química Nro. CG-CO-LC-DQ-11/1423, de fecha 04 de Octubre de 2011, suscrita por los expertos Graciela Rodríguez Longart y Alohe Silva Mavarez, funcionarias adscritos al Laboratorio Central, División de Química, Comando de Operaciones de la Guardia Nacional Bolivariana, que riela inserta a los folios (67) al (68) de de la primera pieza, practicada a una (01) bolsa de material sintético transparente con inscripción a manuscrito de caso 11-01-29, sellada con un precinto plástico rojo signado como DHL 1283444, que contenía Nueve (09) cajas de cartón de jugos DEL MONTE, seis de estos sabor a pera, dos de manzana y uno de durazno, de dimensiones de (19,5 x11,5 x 6,5)cm + 0,1 cm, cada una contenía un (01) envoltorio para un total de nueve (09) envoltorios de dimensiones de (19,0 x10,0 x 5,5)+ 0,1 cm, de material sintético transparente, cubiertos con una pasta marrón con olor a mostaza, contentivos de un polvo blanco, aspecto homogéneo y olor característico, certificando la existencia de la sustancia ilícita denominada Cocaína, con un peso neto de 6.511,8 Kgr.


A las documentales antes descritas, específicamente a la Experticia Química Nro. CG-CO-LC-DQ-11/1423, de fecha 04 de Octubre de 2011, suscrita por los expertos TTE Graciela Rodríguez Longart y Alohe Silva Mavarez, adscritas al Laboratorio Central, División de Química, Comando de Operaciones de la Guardia Nacional Bolivariana, que riela inserta a los folios (67) al (68) de de la primera pieza, fue adminiculada el testimonio de la funcionaria Alohe Silva Mavarez, que la suscribe, por cuanto de su exposición y del contenido de la referida documental se deriva la corporeidad del hecho que nos ocupa. En ese mismo sentido, se le da pleno valor al Acta de Inspección de sustancia, de fecha 27 de Septiembre de 2011, suscrito por los funcionarios Sargento Primero Lucena Guedez Wilfredo, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-16.417.963 y la Sargento Segundo Elizabeth Meléndez Prado, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-19.113.944, pues de ella se deriva las características, peso, presentación de la sustancia, que constituye el objeto activo del proceso, la cual coincide en su totalidad, con la Experticia Química Nro. CG-CO-LC-DQ-11/1423.


Una vez culminada la recepción de las pruebas, la Representación Fiscal en su discurso de conclusiones manifestó: “Esta representante del Ministerio Publico considera que en lo que ha sido el desarrollo del debate público y oral seguido en contra del ciudadano Franklin Moreno Monasterio ha quedado demostrado la comisión del delito de Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas establecido en el encabezamiento del articulo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, para ello tuvimos aquí la oportunidad de escuchar la deposición de testigos funcionarios y expertos, expertos que además dejaron constatados que lo que se le había incautado al ciudadano era cocaína. De igual manera para este Representación del Ministerio Publico, quedó demostrado la responsabilidad penal del ciudadano en el delito antes referido, ello se deriva de la deposición de los funcionarios que realizaron el procedimiento donde quedo aprehendido el ciudadano, quienes dejan constancias de haber recibido una instrucción para trasladarse hasta la rampa numero 16 donde se encontraba preparándose un avión Alitalia para con destino a Roma, en razón de ellos se trasladan al lugar y en el lugar reencontraban la oficial Yexica y el ciudadano Franklin Moreno, de igual manera para ese momento el ciudadano Randy quien también fungió como testigo, la ciudadana Yexica es importante ciudadana juez que tengamos en cuenta todo como fue el procedimiento y su participación dentro del mismo, no es solo la testigo la presencial de un procedimiento donde resulta aprehendida una persona que en este caso es el acusado Franklin Moreno, en razón de la incautación de una sustancia ilícita, si no que ésta ciudadana para ese momento fungía como oficial de seguridad de ese vuelo, quien da de primera mano, digamos evita por que ella no conocía el contenido de los envases de jugo que este ciudadano llevaba consigo en sus materiales de trabajo, es ésta ciudadana la que interroga al ciudadano Franklin Moreno sobre el contenido de la bolsa que llevaba entre sus implementos de trabajo y es a ésta ciudadana quien el acusado le refiere que se trataba sobre unos jugos, a preguntas realizadas durante su testimonio, unas de esas preguntas tenia que ver sobre si ella en algún momento interrogo al ciudadano sobre esa bolsa, ella argumentó que cuando ella llega allí es revisado por el Oficial de Seguridad Randy que era el que le correspondí revisar al personal masculino que iba a ingresar al avión, que ella le hizo referencia sobre que era la bolsa y él le manifestó que eran unos jugos, ella le dijo: Esos jugos son para el vuelo? Y el le dijo: No; simplemente tiene que dejarlos aquí abajo. De igual manera durante la deposición de la ciudadana que durante el procedimiento en ningún momento manipulo la bolsa y le advirtió al ciudadano que no podía ingresar con esa bolsa de jugos, esta misma ciudadana que es la misma que recibe a los funcionarios que practican el procedimiento y observa como parte del procedimiento la revisión de los empaque de jugo donde observo que había una sustancia en polvo de color blanco, también hizo referencia a que no llego a trasladarse hasta el comando, pero que si llego hasta el comando fue el otro oficial de seguridad Randy que sí fungió como testigo de este procedimiento. Ella hizo alusión a unas preguntas de la defensa sobre los perros, había una insistencia si el ciudadano era pasado o sometido algún tipo de revisión de los perros o los caninos del aeropuerto, la funcionaria que es una oficial de seguridad en todo momento manifestó y los perros están en el área de las correas y que los empleados no son sometidos a esta revisión con estos caninos o los trabajadores no pasan por estos perros ella lo manifestó así. Entonces tenemos una ciudadana que en principio actúa como oficial de seguridad y en su labor de oficial de seguridad de alguna manera, cumpliendo además con sus funciones evita este ciudadano ingrese con esta bolsa que para el momento eran jugos, según le manifestó a ella, pero que una vez que llegan los funcionarios y se hace la revisión se encontró que lo que contenía era la sustancia ilícita incautada que resulto era cocaína como se desprende en el examen pericial. En consecuencia ciudadana juez, esta representante del Ministerio Publico considera que está suficientemente acreditada la responsabilidad de este ciudadano en el delito y le solicita a este tribunal de conformidad con lo que establece el articulo 22 del Código Orgánico Procesal Penal una sentencia condenatoria en contra de Franklin Moreno acusado en este juicio oral y publico, es todo”


Por su parte la Defensora de confianza del acusado en su discurso de conclusiones manifestó: “Esta defensa se opone y contradice lo expuesto por esta respetable Fiscal del Ministerio Publico si bien sabemos la ciudadana, la primera testigos que trae la fiscalía, es la ciudadana Yexica, dijo que había sido mucho tiempo de eso y que por lo tanto no recordaba lo que había sucedido, luego cunado le hicieron la pregunta sobre los caninos y los trabajadores, la oficina y ella bien lo ella misma explicó, para llegar a este punto si el ciudadano salio de la oficina tuvo que pasar por delante de los caninos, que aunque sea en la correas es por la ubicación de donde salen los trabajadores a la rampa, pero todavía aun más, el ciudadano Randy dijo en todo momento que él no estaba en el lugar de los hechos que él había bajado con los funcionarios de arriba y que cuando el llego al ciudadano lo estaba bajando de arriba del avión, o sea el subió al avión, lo habían revisado, otra cosa el color de la bolsa se contradice unos dicen que es blanca otros dicen que es negra, el color, el modelo y la forma se contradice, pero todavía mas el ciudadano siempre ha alegado que los funcionarios que lo sacaron del avión no fueron los mismos que fueron arriba y elaboraron las actas, y también lo dijo el funcionario Randy, es tanto así que uno de los funcionarios se equivoca en el color la prueba para precisar el color y dice que es de color turquesa y se le pregunta varias veces y dice turquesa y cuando están levantando el acta dice que es de color violeta, ahí esta el acta y aun mas porque el ciudadano subió si era sospechoso de lo que traía acá, porque se contradice la ciudadana Yexica, que todo fue demasiado rápido que ella no pudo darse cuenta y el ciudadano Randy dice que lo bajaban del avión, es todo ciudadana juez, dejo a este honorable tribunal que dentro todas las actuaciones es una vida, es una persona inocente y cuales fueron las causa por estar pasando por este mal momento, lo que si es cierto es que todos los testigos que trajo la Fiscalía todos se contradijeron en todas y cada unas de sus parte y por eso fue que el Tribunal sugirió el careo, es todo”


La Representante del Ministerio Publico ejerció su derecho a replica y lo realizó en los siguientes términos: “Respecto a lo alegado por la defensa, al señalar que la ciudadana Yexica no recordaba, ella lo que hizo alusión fue que ya había pasado algún tiempo, sin embargo declaró todo exactamente todo lo que ella recordaba de ese momento de que el ciudadano Franklin Moreno llega al avión y le es preguntado sobre el contenido de la bolsa que llevaba consigo; la ciudadana Yexica y en esto quiera reiterar no es solo el testigo presencial, es la oficial de seguridad que esta en el momento que el ciudadano Franklin Moreno llega a sus labores en el avión Alitalia, esta ciudadana no sabia si lo que traía en efecto eran o no jugos, simplemente se limito a interrogar al ciudadano sobre que había en la bolsa y fue él quien le manifestó que eran unos jugos, la ciudadana Yexica cumpliendo con su rol no se denoto en ningún momento acá y no yo lo note en ningún momento acá que tuviese algún interés en perjudicar al ciudadano, nada simplemente hizo su trabajo y como es la persona que estaba allí cuando llegan los funcionarios es la funge como testigo presencial de la revisión que se hace de la bolsa y de lo que se encuentra en el interior de ella, ella nunca manifestó que la pereciera sospechoso, simplemente manifestó lo sucedió desde el momento que el ciudadano se presentó con la bolsa y cuando llegan los funcionarios que practican el procedimiento, en ningún momento ella manifestó que la aprehensión o retención le pareciera sospechosa o extraña. Inocente? No, en este caso se demostró que este ciudadano es responsable y como es responsable solicito una sentencia condenatoria, es todo”


Por su parte la Defensa de confianza del acusado realizo la contra replica e los términos siguientes: “Honorable Tribunal el ciudadano Randy tiene las mismas funciones y la ciudadana Yexica, y si la ciudadana Yexica hubiera notado que hubiera algo sospechoso dentro sus funciones está no dejar subir al avión a la persona, mi defendido en ningún momento mantuvo conversaciones con la ciudadana, en ningún momento y el deber de ella dentro de sus funciones era dejarlo allí abajo no subirlo y la bolsa, no hay testigos de que mi cliente llevara esa bolsa consigo, lo único que la ciudadano Yexica dice que llegaron los policías y estaba la bolsa, y el lugar de la bolsa también varia, unos estaban por delante, otros estaban por detrás y por donde bajaron al ciudadano? y el ciudadano Randy que nunca vio lo que sucedió por que cuando él llegó ya todo el operativo como lo dijo, él nunca revisó al ciudadano, ni vio lo que el ciudadano llevaba, aparentemente el ciudadano llevaba esa bolsa, tampoco la ciudadana Yexica, tampoco lo afirmo sino todo era muy rápido ella no recordaba, pero dentro sus funciones esta que si hay algo sospechoso no pueden subir al avión y si hay testigos que vieron bajar del avión al ciudadano, cuando lo bajaron sin bolsa y dentro de nuestra funciones sabemos cada a quien lo que cumple, porque la ciudadana lo dejo subir? si ella sabia que no se podía subir, era la única persona que estaba en el lugar y las personas que estaban arriba en el avión. Lastimosamente esta defensa no estuvo para la fase inicial sino cuando fuimos a fase de juicio y mi cliente no pudo llevar testigos, su anterior abogado no se ocupo de hacer su labor, pero allí hubo testigos, allí hubo personas que estaban en el avión que vieron y que llegaron con él y siempre se ha dicho que la bolsa estaba abajo cuando mi defendido bajo y lo afirma el ciudadano Randy que él no estaba abajo, lo estaban bajando, no puedo decir que la ciudadana Yexica la puso ahí, pero tampoco puedo decir que mi defendido la cargaba, por que estaba solamente ella y él paso por las correas por que es el tránsito que deben hacer para llegar hasta la rampa, lastimosamente su defensor inicial no hizo su trabajo y esos fue lo que se dilucido acá, los dos inspectores, estaba la señorita, el señor no estaba, estaba arriba y las personas que hicieron las pruebas no son las mismas que agarraron la bolsa, o sea el proceso esta viciado, estuvo viciado, por lo tanto no podemos condenar a una persona en un procedimiento que hay errores o falsedades, es todo”


Por ultimo se le cedió la palabra al ciudadano FRANKLIN JESUS MORENO, quien manifestó lo siguiente: “Bueno señora juez yo le voy a explicar primero desde la oficina desde uno está hacia el área hay una distancia y uno tienen que pasar primero por donde están los perros, los caninos como dice la señora Fiscal y si de verdad yo llevara algo no se hubiera dado de cuenta los perros cuando iba para allá y se hubieran dado de cuenta si llevara algo entonces yo iba directamente hacia allá? Yo iba directo hacia allá hacia la rampa 16 tranquilo, paso delante de un poco de Guardias, un poco de perros, cuando llego a la rampa 16, ahí me anotan, voy con todos mis compañeros de trabajo y las muchachas, me anotan y me revisan corporalmente y me revisan la aspiradora que es mi implemento de trabajo y la carretilla también me la revisan y me dicen: Qué es eso lo que tiene ahí? No, esos son implementos del otro avión de Argentina y me preguntan que es eso que tienes esos son implementos del otro avión Argentina y me dice eso no lo puede subir, okey yo lo dejo ahí, me revisan corporalmente y me dejan subir al avión, y yo ya tenia media hora arriba haciendo mi mantenimiento de trabajo y en eso me llaman dos Guardias por el Get Way y me dicen quien es Franklin Briceño y me dicen como te llamas tu? Franklin Moreno, vente tu mismo eres, me quito la cédula y fue que me bajaron, estaba abajo era la seguridad y dos Guardias Nacionales, yo bajo y estaban abajo y todos mis compañeros estaban arriba y me dicen Franklin que paso? y yo les digo no sé qué paso, yo baje y saque las basuras del avión por la puerta de adelante, que por ahí es que se baja y la parte de donde estaba Yexica y estaba la carrucha y me vuelven a revisar otra vez vuelvo a subir vuelvo a bajar la pongo en la rampa y me vuelven a revisar y subo cuando subo al rato y como a la media es que me dicen y en ningún momento me revisaron y nada”.

Con la exposición del acusado se dio en consecuencia, por cerrado el debate oral y público.



II

HECHOS QUE EL TRIBUNAL ESTIMO ACREDITADOS.
FUNDAMENTOS DE HECHOS Y DE DERECHO



De conformidad con los principios de valoración establecidos en el artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal, según la sana critica y conforme a las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas experiencias, este Juzgado considera que no ha quedado plenamente demostrado la culpabilidad y consiguiente responsabilidad penal responsabilidad penal del ciudadano FRANKLIN JESUS MORENO MONASTERIO, en la comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas.


Ahora bien, nuestro Código Orgánico Procesal Penal contempla el juicio oral y público como máxima garantía, dentro del cual, con inmediatez el Juez percibe las pruebas y decide. Por tanto el convencimiento judicial no puede tener origen en una mera intuición del juzgador, o en simples sospechas o presentimientos, o en una especie de convicción moral si no que debe estar basado en los elementos probatorios obtenidos en el proceso. En el presente caso, solo quedo demostrado la corporeidad del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, consistente en Nueve (09) cajas de cartón de jugos DEL MONTE, seis de estos sabor a pera, dos de manzana y uno de durazno, de dimensiones de (19,5 x11,5 x 6,5)cm + 0,1 cm, cada una contenía un (01) envoltorio para un total de nueve (09) envoltorios de dimensiones de (19,0 x10,0 x 5,5)+ 0,1 cm, de material sintético transparente, cubiertos con una pasta marrón con olor a mostaza, contentivos de un polvo blanco, aspecto homogéneo y olor característico, certificando la existencia de la sustancia ilícita denominada Cocaína, con un peso neto de 6.511,8 Kgrs, lo cual quedo demostrado con el testimonio de la Experto compareciente ALOHE JOSEFINA SILVA MAVARES, al cual se le adminiculó el contenido del Acta de Peritación y Experticia Química - Botánica Nro. CG-CO-LC-DQ-111423. Ahora bien en cuanto a la autoría del hecho por parte del acusado FRANKLIN JESUS MORENO MONASTERIO, este Tribunal considera que de los medios de pruebas, abonados en el juicio no surgieron por tanto elementos objetivos que demostraran la comisión del hecho punible, ya que no fueron aportados al presente proceso el cúmulos de elementos probatorios concordantes y necesarios para destruir la presunción de inocencia que opera por mandato de la Ley a favor de cualquier sometido a juicio, toda vez que los medios probatorios traídos al debate contradictorio, traducidos en el testimonio de todos los funcionarios actuantes en el procedimiento donde resultó detenido el acusado de autos y los testigos del mismo, resultaron insuficientes a tal fin, pues si bien comparecieron al debate oral y público y depusieron el conocimiento que de los hechos tienen como fue que efectivamente en la rampa 16 del Aeropuerto Internacional de Maiquetía, aproximadamente a las 4:30 horas de la tarde, realizaron la revisión corporal del ciudadano Franklin Moreno Monasterios y de una bolsa blanca en cuyo interior contenía Nueve (09) cajas de cartón de jugos DEL MONTE, cada una contenía un (01) envoltorio para un total de nueve (09) envoltorios, contentivos de un polvo blanco, aunado a ello compareció la experto ALOHE SILVA MAVARES, funcionaria ésta adscrita al Laboratorio Central de la Guardia Nacional quien practicó su dictamen pericial químico Nro. CG-DO-LC-DQ-11/1423, de fecha 04-10-2011, concluyendo que la sustancia experticiada se trató de COCAINA, con una pureza de 70% y un peso neto de SEIS KILOS CON QUINIENTOS ONCE GRAMOS Y OCHO MILIGRAMOS (6.511,8), quedando demostrado así el delito imputado por la Representante del Ministerio Público. Ahora bien, en cuanto a la autoría del hecho por parte del acusado Franklin Jesús Moreno Monasterio, este Tribunal considera que del cúmulo probatorio que comparecieron al debate no quedó acreditado la culpabilidad, pues a través de los testimonios orales rendidos en la sala de juicio, entre ellos el testimonio de la ciudadana Yexica Carvajal, quien se encontraba como supervisora de la empresa de seguridad OWS que opera en el Aeropuerto Internacional de Maiquetía, en la rampa 16, lugar donde se encontraba la salida del vuelo de la Aerolínea Alitalia, momento en el que llega el personal de limpieza entre ellos el ciudadano acusado, manifestando la misma: “…y llegó un chico y llevaba sus implementos de trabajo y llevaban unos jugos, en este caso yo le pregunte que si eso pertenecían al vuelo y el me dijo que se lo habían regalado como no pertenecían al vuelo se le solicitó que los retirara y me dijo que ya lo iba a retirar, en ese momento subió sus respectivos elementos de trabajo y se le hizo su respectivo chequeo de seguridad y subió los implementos trabajo y fue muy rápido el tiempo, llego la Guardia Nacional preguntando por una persona me dieron un nombre en especifico…”, situación ésta que no fue corroborada por los otros testimonios rendidos en el juicio, por el contrario los funcionarios, uno de ellos refiere que fue llamado por los funcionarios de Seguridad para hacer la revisión del ciudadano, mientras que el ciudadano Lucena Wilfredo, manifestó que recibió llamado de su Superior, y al momento de llegar a la rampa 16, se encontraba el ciudadano retenido por funcionarios de la empresa de seguridad OWS, lo cual no fue referido por la ciudadana Yexica Carvajal, si no mas bien, la misma hace mención que el ciudadano sí le fue permitido el ingreso al avión, por lo tanto fue revisado por el personal de seguridad antes del ingreso permitiéndole subir sus implementos de limpieza, aunado a ello los testimonios rendidos en la sala de audiencia indicaron que no solo el personal de limpieza es revisado, sino también toda persona que ingrese al avión, y les están prohibido el acceso de cualquier tipo de objetos contundentes, armas, inclusive comida, por lo que, sí es una obligación hacerle una revisión a los trabajadores que fungen como de mantenimiento en el aeropuerto de Maiquetía, antes de empezar abordar el avión correspondiente por los funcionarios de seguridad aeroportuaria, amén que él acusado ingreso y descendió del avión en varias oportunidades, cómo es que la ciudadana Yexica Carvajal, siendo la persona que recibe al personal de mantenimiento (limpieza del avión), oficial de seguridad, en principio y de posteriormente como testigo del procedimiento, y así lo acoto la Representante del Ministerio Publico, qué ésta ciudadana en su labor de oficial de seguridad de alguna manera, cumpliendo además con sus funciones evita que este ciudadano ingrese con esta bolsa, ¿Cómo es qué solo se limito a inquirirle al ciudadano si esos jugos pertenecían al vuelo? cuando el ciudadano no es personal de la empresa que surte de alimentos al vuelo y de haber dudado del contenido de la referida bolsa su obligación era hacer el reporte correspondiente y no permitir el ingreso al avión para realizar sus labores de limpieza, lo que no sucedió por que ella permitió el acceso al ciudadano Franklin Moreno, una vez hecha la revisión corporal y de los implementos de limpieza, únicamente manifestando que le ordenó que retirara la bolsa, por lo que únicamente tenemos el testimonio de ciudadana que fungía como supervisora de la empresa de seguridad OWS, como indicativo que el acusado transportaba la bolsa conjuntamente con sus implementos de limpieza, lo cual no puede ser corroborado, en virtud de la ausencia de otros elementos que confirmen su versión, que no exclusivamente pueden referirse a la prueba testimonial, sino a cualquier otra susceptible de ser apreciada por inmediación en el debate, así como la inexistencia de otras circunstancias o evidencias útiles para demostrar la vinculación entre el acusado y la evidencia. En consonancia con ello es el hecho narrado por los testigos que se trataba de jugos de un litro, y de acuerdo a la dictaminen pericial las cajas de jugos tenían como dimensión 19,5 x 11,5 x 6,5 cms, y se trataba de nueve (09) cajas con las mismas dimensiones, que según las máximas experiencia de quien aquí decide, las cajas correspondían a dimensiones medianas, además de haber sido señalado por uno de los testigos y el acusado que las bolsas donde trasladan los cabezales del avión, son de pequeñas dimensiones


En el proceso penal acusatorio, es la Representación Fiscal, titular del ejercicio de la acción penal, quien debe probar los hechos que le imputa a una persona a través de su acusación. Ello es consecuencia del principio de presunción de inocencia. Es precisamente en el debate contradictorio que se desprende del juicio oral, que las partes pueden hacer valer los principios fundamentales de inmediación y contradicción con respecto a todos aquellos elementos probatorios que cimienten la imputación fiscal. Debe destacarse el principio básico de apreciación de pruebas según la sana crítica, que significa libertad para el Juez de apreciar las pruebas de acuerdo con la lógica y las reglas de la experiencia que según el criterio personal de éste, sean aplicables al caso, es decir, la prueba se aprecia por acto valorativo del juez, muy al contrario del sistema de tarifa legal o prueba tasada que aplicaba bajo el régimen del código de enjuiciamiento criminal.


Dicho esto, las declaraciones de los ciudadanos Lucena Guedez Wilfredo, Meléndez Prado Elizabeth, Yexica Carvajal y Randy Cova, rendidas bajo juramento y al amparo de la normativa legal, resultaron independientes una de la otra, sin embargo no fueron coincidentes y por tanto resta credibilidad al procedimiento, pues los dos primeros declararon que el día en que se suscitaron los hechos se encontraban de servicio en el Get Way del Aeropuerto Internacional de Maiquetía del vuelo de la Aerolínea Alitalia con destino a Roma, cuando son solicitados en el área de rampa 16, y momento de llegar a la mencionada rampa, se encontraba el ciudadano acusado retenido por funcionarios de la empresa de seguridad OWS. La funcionaria actuante refiere que fueron recibidos por dos funcionarios de seguridad de sexo masculino, el funcionario por el contrario refiere que se trataba de dos funcionarios, uno masculino y otra femenina. Por su parte la ciudadana Yexica Carvajal manifiesta que los funcionarios llegaron preguntando por una persona, le dieron un nombre en específico y los funcionarios ingresaron al avión y lo bajaron al acusado del mismo, situación ésta distinta al testimonio de los funcionarios actuantes. De igual forma la ciudadana Yexica Carvajal manifestó encontrarse en sus labores con otros funcionarios de seguridad, Randy Cova y Franklin Orocopey, mientras que el primero de los mencionados (Randy Cova) manifestó que de igual forma se encontraba en el Get Way y es llamado por su supervisora (Yexica Carvajal) para prestar colaboración en la revisión del personal de mantenimiento y cuando llega ya los funcionarios de la Guardia Nacional estaban bajando al acusado del avión y el segundo (Franklin Orocopey) no fue ni siquiera promovido como medio de prueba por la Representación Fiscal. En este mismo sentido, los funcionarios relatan que para el momento que llegan al lugar de la rampa 16, la bolsa que contenía los jugos, en cuyo interior se encontraba la sustancia ilícita, se hallaba en el suelo no pudiendo ellos observar quien transportaba la misma, así mismo, lo asevero el ciudadano Randy Cova, testigo instrumental del procedimiento, ya que el mismo indicó que al llegar estaban bajando al acusado del avión y la bolsa se encontraba en un lado de la escalera de la rampa 16. Ante la discrepancias de los testimonios, de conformidad con lo establecido en el artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal vigente para la fecha, hoy articulo 222 del Código Orgánico Procesal Penal, se procedió a pautar careo entre testigos, solo haciéndose efectiva entre los ciudadanos Lucena Guedez Wilfredo y Randy Cova, manteniendo cada uno su posición sin poder el tribunal disipar dudas.


Por lo que, para quien aquí decide surge la duda sobre la autoría del acusado en el delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 149 de la Ley de Drogas, lo cual impide establecer sin lugar a dudas el nexo de causalidad entre la actuación del acusado y la consecuencia antijurídica de la misma, razón por la cual con el debate probatorio no quedó desvirtuada la presunción de inocencia que arropó al acusado a lo largo del proceso, y ante la duda y a favor del Principio del Indubio Pro Reo, donde el juez ante casos dudosos, confusos u oscuros de los que no logra precisar la responsabilidad del acusado en los hechos que se le imputa, debe absolver por insuficiencia probatoria, ya que en proceso penal acusatorio no existe distribución de la carga de la prueba entre las partes, pues el Ministerio Público tiene la obligación de probar la existencia del delito y la participación del acusado en el hecho, ya que toda inexactitud o insuficiencia en el cumplimiento de esa obligación debe determinar una sentencia favorable al acusado, en tal sentido, siendo que el Ministerio Público no pudo demostrar que el acusado FRANKLIN JESUS MORENO MONASTERIO haya sido el autor del delito de Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas


Razonamientos en virtud de los cuales, determinan que este Tribunal al no haber quedado acreditada la responsabilidad y consecuencialmente la culpabilidad del hoy acusado FRANKLIN JESUS MORENO MONASTERIO, en la comisión del delito imputado por la Representación Fiscal, decreta en este juicio SENTENCIA ABSOLUTORIA, de la comisión del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 149 de la Ley de Drogas, de conformidad con lo establecido en el artículo 348 del Código Orgánico Procesal Penal y con ello, se decretó en la audiencia el cese de todas las medidas restrictivas de la libertad del acusado. Y ASÍ SE DECLARA.


DISPOSITIVA

Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal, en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ABSUELVE al ciudadano FRANKLIN JESUS MORENO MONASTERIO, de nacionalidad venezolana, natural de la guaira, de 19 años de edad 04/02/1993, de profesión u oficio obrero, estado civil soltero, hijo de: Xiomara Coromoto Monasterio Álvarez (v) y Franklin José Moreno (v), residenciado en: Catia la mar, barrio Mirabal, parte alta del respiro, casa nro. 6, cerca de la bodega de mi barrio, Nro de teléfono 0414-162-89-66 y titular de la cedula Nro. V-20.784.863, de la comisión del delito de delitos de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 348 del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia se ordena el cese de toda medida restrictiva de libertad. Y ASÍ SE DECIDE.

SEGUNDO: Se exime del pago de las costas al Ministerio Público en atención a lo previsto en el artículo 254 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y ASI SE DECIDE.

Publíquese, regístrese, díarícese, déjese copia de la sentencia, notifíquese a las partes y remítase el expediente en su debida oportunidad al Tribunal de Ejecución respectivo.

Dada, firmada y sellada en la sede de este Juzgado Cuarto Unipersonal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, a los Quince (15) días del mes de Enero del año dos mil trece, Años 201º de la Independencia y 153° de la Federación.

LA JUEZ CUARTA DE JUICIO


ABG. YOLEXSI K. URBINA MARTINEZ



LA SECRETARIA


ABG. ELFFY VINCENTI