REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES
DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO VARGAS
Macuto, 11 de Marzo de 2013
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPÁL : WJ01-P-2011-000077
RECURSO REVISION : WP01-R-2012-000752
: 2E-2583-2012


Visto el Recurso de Revocacion interpuesto por la Dra. LIRIO PADILLA en su carácter de Defensora Publica Decima Tercera Penal del Estado Vargas, constatando este Juzgado Segundo de Ejecucion Circunscripcional que existe error en el auto de ejecución de la pena de fecha 25-01-2013 toda vez que se realizo la ejecución de la pena con el articulo 488 de Código Orgánico Procesal Penal vigente, debiendo ser lo correcto efectuarlo con el articulo 500 del Código Orgánico Procesal Penal derogado el cual le es mas favorable al penado LUISTIN JOSMAY PEREZ RIVAS, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, y titilar de la cedula de identificada Nro. V.-18.796.612, en fecha de nacimiento 27-12-1987, de 23 años de edad, soltero, hijo de BERNICIO PEREZ (v) y ELIZABETH RIVAS (V), residenciado en: Mérida, Av las Américas, Residencias los Samanes, Torre E, apto 32, Estado Mérida, sobre quien recayó sentencia definitivamente firme dictada por el Juzgado Tercero de Juicio de este Circuito Judicial Penal en fecha 31/05/2012, mediante la cual se le condeno a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de TRAFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE, previsto y sancionado en el primer aparte del artículo 149 de la Ley Orgánica de Droga. A tal efecto, se observa:
PRIMERO: Que el penado LUISTIN JOSMAY PEREZ RIVAS, fue condenado en fecha 31-05-2012, por el Juzgado Tercero Unipersonal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de TRAFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE, previsto y sancionado en el primer aparte del artículo 149 de la Ley Orgánica de Droga.

SEGUNDO: Resuelto como ha sido el RECURSO DE REVISION pronunciado por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en fecha 22-01-2013, en el cual se acordó revisar la sentencia y en su lugar rebajar la misma a OCHO (08) AÑOS DE PRISION por la comisión del delito de TRAFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE, previsto y sancionado en el primer aparte del artículo 149 de la Ley Orgánica de Droga.

TERCERO: la penada LUISTIN JOSMAY PEREZ RIVAS, fue detenido preventivamente en fecha 12-08-2011 hasta el día de hoy, siendo que ha permanecido recluida por el lapso de UN (01) AÑO, SEIS (06) MESES y VEINTINUEVE (29) DIAS y en virtud de lo dispuesto en el artículo 40 del Código Penal, se determina que le restan por cumplir SEIS (06) AÑOS, CINCO (05) MESES Y UN (01) DIAS DE PRISIÓN.

Ahora bien, la condena impuesta finalizará el día 12 de Agosto de 2019, pudiendo el penado solicitar cualquiera de las formulas alternativas al cumplimiento de la misma, según lo previsto en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal derogado, donde el tribunal de la ejecución de sentencia podrá aplicarlo a partir de las fechas que a continuación se especifican:

1.- DESTACAMENTO DE TRABAJO, al cumplir una cuarta (¼) parte de la pena impuesta, es decir, el día 12-08-2013.

2.- REGIMEN ABIERTO al cumplir un tercio (1/3) de la pena impuesta, es decir, el día 12-04-2014

3- LIBERTAD CONDICIONAL, al cumplir las dos terceras (2/3) partes de la pena impuesta, es decir, el día 12-12-2016.

4- CONFINAMIENTO, al cumplir las tres cuarta (3/4) partes de la pena impuesta, es decir, el día 12-08-2017.

De igual forma, como quiera que le fuera impuesta al ciudadano penado LUISTIN JOSMAY PEREZ RIVAS, la pena accesoria establecida en el artículo 178 numeral 4º de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y articulo 16 del Código Penal.

DISPOSITIVA

En virtud de lo precedentemente expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA NUEVO COMPUTO DE LA PENA POR REVISION DE SENTENCIA a favor del ciudadano penado LUISTIN JOSMAY PEREZ RIVAS arriba identificado, conforme a lo previsto en el artículo 462 numeral 6º del Código Orgánico Procesal Penal vigente y articulo 482 del Código Orgánico Procesal Penal derogado.

Publíquese, Diarícese, notifíquese, líbrese boleta de traslado, déjese copia y líbrense los oficios correspondientes.
EL JUEZ (2º) DE EJECUCION,

DR. MAURO RODRIGUEZ BARBOZA

LA SECRETARIA,

ABG. MARIA LAURA ROMERO

ASUNTO PRINCIPÁL : WJ01-P-2011-000077
RECURSO REVISION : WP01-R-2012-000752