REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO CARAYACA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO DE LAS PARROQUIAS CARAYACA Y EL JUNKO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. CARAYACA, TRECE (13) DE MARZO DEL AÑO DOS MIL TRECE (2013).-
202° y 154°
Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO y los recaudos acompañados, presentada por la Abogada, LUCILA RAMONA GUTIERREZ DE BRACHO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 36.424, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de los ciudadanos: CALIXTO ANTONIO URGELLES MACHADO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.086.198, según Poder Especial autenticado ante la Notaria Pública Cuadragésima Sexta del Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 03/09/2012, anotado bajo el Nº 47, Tomo 47 de los Libros de Autenticaciones llevados por esa Notaria y de la ciudadana EVENCIA ISABEL MACHADO MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-2.763.653, de conformidad con el Poder Especial autenticado ante la Notaria Pública Cuadragésima Tercera del Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 23/03/2012, anotado bajo el Nº 28, Tomo 37, llevados por esa Notaria, quien a su vez ésta actúa en nombre y en representación de la ciudadana ADRIANA ISABEL URGELLES MACHADO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.096.064, de acuerdo al Poder General registrado ante el Registro Inmobiliario del Tercer Circuito del Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 28/10/2004, bajo el Nº 45, Tomo 1º, Protocolo Tercero, llevados por ese Registro; este órgano jurisdiccional, con fundamento en la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada el 02/04/2009 en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela bajo el Nº 39.152, ordena darle entrada, formar expediente y anotarla en los libros respectivos. Por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres, ni a disposición legal expresa, este Juzgado la admite cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, se fija el día lunes (18) de marzo del año 2013, a las 10:40 a.m., y 11:00 a.m., para examinar como testigos a dos (02) personas sobre los hechos narrados en la presente solicitud, en tal sentido la parte interesada tendrá la carga de presentarlos. Cúmplase.-
LA JUEZA TITULAR,
ABG. LUCIA MASSIMO. S. LA SECRETARIA,
ABG. SANDRA R. SANTOS G.
En esta misma fecha, quedó anotada en los Libros respectivos bajo el Nº 1138-2013.-
LA SECRETARIA,
ABG. SANDRA R. SANTOS G.
LMS/Ss.-