REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetía, 22 de marzo de 2013
202º y 154º


ASUNTO: WP21-J-2013-000278

Por recibida solicitud de Autorización para tramitar Pasaporte de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), de este Circuito Judicial, presentado por la ciudadana HILDA MERCEDES RAMIREZ URDANETA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.747.646, a favor de la adolescente de diecisiete (17) años de edad, debidamente asistidas por la Defensora Publica Tercera, Abg. LUISA CEDEÑO, así como los recaudos anexos a la misma, désele entrada y anótese en los libros respectivos. Se ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de Ley, de conformidad con lo previsto en el Artículo 511 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia, por cuanto la presente solicitud versa sobre la obtención de un documento publico de identidad, lo cual es una obligación del estado garantizar de manera oportuna este derecho a todos los niños, niñas y adolescentes que se encuentren dentro del territorio nacional, DECRETA la presente AUTORIZACION JUDICIAL PARA TRAMITAR PASAPORTE, a favor de la adolescente, a tal efecto se ordena librar oficio a Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), a fin de que tramite el respectivo pasaporte. Se ordena la devolución de documentos originales y la expedición de copias certificadas del presente decreto. Se ordena el cierre del expediente y su remisión al Archivo Judicial, Región Vargas. Líbrese oficio. Cúmplase.-
La Jueza

Abg. María Eugenia Bedoya González
La Secretaria