REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetía, 25 de marzo de 2013
202º y 154º

ASUNTO: WP21-J-2013-000213

Con vista la anterior solicitud incoada por la ciudadana LOUISE ROSARIO RONDON CORDOVA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.959.297, actuando en interés de su hijo de dos (02) años de edad, debidamente asistido por el Defensor Público Sexto en Materia de Protección, Abogado RAUL RONDON REGES, y en la cual solicitó de este Despacho se le designara CURADOR AD-HOC a su hijo de dos (02) años de edad , en tal sentido fue designado para ocupar dicho cargo el ciudadano NELSON RONDON CORDOVA, titular de la Cédula de Identidad Nº V12.715.825-; quién prestó el juramento de Ley y aceptó dicho cargo; este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, le discierne el cargo de Curador Ad-Hoc del prenombrado niño al ciudadano antes identificado. Desvuélvase original con sus resultas a la parte solicitante. En consecuencia, déjese copias certificadas del presente decreto, asimismo, se ordena el cierre y archivo del presente expediente, remítase a los archivos Judiciales en su oportunidad legal. Cúmplase.
La Jueza

Abg. María Eugenia Bedoya González
El Secretario