REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
San Cristóbal, lunes 27 de mayo del 2013
203º y 154º

Asunto núm.: SP01-L-2013-000026

En el día de hoy, lunes 27 de mayo del 2013, siendo las 10:00 a. m., día y hora fijado para la celebración de la audiencia de juicio oral y pública en el presente asunto signado con el n.° SP01-L-2013-000026, proceso incoado por los ciudadanos Ernesto José Quintero Suárez, Marle Cegarra de Vivas y María Zenaida Moncada de Quintero, venezolanos, mayores de edad, con cédula número: V.- 5.327.673, V.- 5.651.110 y V.- 5.034.259, respectivamente, contra la Corporación de Salud del Estado Táchira y solidariamente la Gobernación del estado Táchira, por cobro de diferencia de prestaciones y otros conceptos laborales. Acto seguido, antes de declarar abierta la audiencia de juicio, se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandante ciudadanos Ernesto José Quintero Suárez, Marle Cegarra de Vivas y María Zenaida Moncada de Quintero, venezolanos, mayores de edad, con cédula número: V.- 5.327.673, V.- 5.651.110 y V.- 5.034.259, respectivamente, quienes no se hicieron presentes ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno. Asimismo, se deja constancia de la incomparecencia de la parte codemandada Corporación de Salud del Estado Táchira, quien no se hizo presente ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno. Igualmente se deja constancia de la comparecencia de los apoderados judiciales de la codemandada Gobernación del estado Táchira, abogados Juan José Matiguan Díaz y Blanca Oliva Méndez Mejía, inscritos en el Inpreabogado bajo los nros. 91.185 y 74.775 en su orden. El ciudadano juez de juicio vista la incomparecencia de la parte demandante y codemandada Corporación de Salud del Estado Táchira, de conformidad con el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dictó el dispositivo del fallo en los siguientes términos: Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, DECLARA: 1°: Desistido el procedimiento que por de diferencia de prestaciones y otros conceptos laborales fue incoado por los ciudadanos Ernesto José Quintero Suárez, Marle Cegarra de Vivas y María Zenaida Moncada de Quintero, venezolanos, mayores de edad, con cédula número: V.- 5.327.673, V.- 5.651.110 y V.- 5.034.259, respectivamente, contra la Corporación de Salud del Estado Táchira y solidariamente la Gobernación del estado Táchira. 2°: No se condena en costas de conformidad al artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Se deja constancia que la presente audiencia se reprodujo en forma audiovisual, por un técnico adscrito a esta Coordinación del Trabajo.
El juez

Abg. Miguel Ángel Colmenares Ch.


Coapoderados Judicial de la Gobernación del Estado

La secretaria Judicial

Abg. ª Linda Flor Vargas Zambrano
MÁCCh/LFVZ