REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



EN SU NOMBRE:
JUZGADO DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Santa Ana, veinte (20) de mayo de 2013.

203° y 154°

Presentado el escrito de solicitud incoada por la ciudadana Rosa María Díaz de Méndez venezolana, titular de las cédula de identidad Nº V-3.623.291, domiciliada en la urbanización diamante dos pasaje 7, casa Nº 4-47 Santa Ana Municipio Córdoba de éste Estado, asistida por la profesional del derecho Eneida Consuelo López Torres inscrita en el IPSA., Nº 129.438, quien expuso:
Que en fecha 17 de enero 2013 falleció en el Centro Medico de Diagnostico Integral Santa Ana Municipio Córdoba estado Táchira, el ciudadano Saúl Humberto Méndez Villamizar, quien era venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V- 3.623.116, y en vida fuere mi legitimo hijo, que soy la Única y Universal Heredera del Ab Intestato.

Ahora bien, en fecha 13 de mayo de 2013, se dio entrada a la presente solicitud, se instó a la presentación de los testigos para su declaración. (f-14)

Mediante diligencia incoada por la abogada Eneida Consuelo López Torres inscrita en el IPSA., Nº 129.438, solicitó el traslado del Tribunal, debido al estado de salud de la Sr. Rosa María Díaz de Méndez por su impedimento para poder caminar y trasladarse al tribunal, para la toma de su huellas dactilares; por auto de fecha 13 de mayo 2013 se acordó el traslado y constitución del Tribunal en el domicilio de la solicitante; y al día siguiente el Tribunal se traslado y se constituyó en el domicilio de la solicitante Rosa María Díaz de Méndez, para la toma de sus huellas dactilares por cuanto manifestó no saber escribir.( f. 15 -16 -17)

A tenor del Acta de Defunción N° 005 de fecha 18 de enero de 2013, expedida por el Registro Civil del Municipio Córdoba del Estado Táchira, perteneciente al De Cujus Saúl Humberto Méndez Villamizar, ut supra identificado quien era hijo de Rosa María Díaz de Méndez y Saúl Méndez Angarita ( fallecido); En consonancia con la Partidas de Nacimiento N° 960 de fecha 09 a agosto 1950 perteneciente a Saúl Humberto Méndez Villamizar Ab Intestato, expedida por la Primera Autoridad Civil de la Municipio San Cristóbal estado Táchira; Ítem Partidas de Nacimiento Nº 772, folio 360 VTO- 361, Tomo 1, año 1925 perteneciente a Rosa María Díaz de Méndez parte solicitante, expedida por el Registro Principal del Estado Táchira; Copia de la cedula de identidad perteneciente a el De Cujus; y en Concordancia con las declaraciones que rielan en los folio 18 al 22 de las ciudadanas: Elizabeth Carolina Pérez Piña, Carmen Cecilia Quintero y Yajaira Franco venezolanas titulares de la cedula de identidad Nºros 15.502.558, 9.247.525 y 7.962.512 en su orden. ESTE TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA suficiente para asegurarle a la ciudadana Rosa María Díaz de Méndez, titular de las cédula de identidad Nº V-3.623.291, domiciliada en Santa Ana, Municipio Córdoba, Estado Táchira y hábil, en su condición de ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, en su carácter de Madre de Saúl Humberto Méndez Villamizar quien falleció ab-Intestato el día diecisiete (17) de enero 2013, en el Centro Medico Diagnostico Integral de Santa Ana del Municipio Córdoba, Estado Táchira, según consta de acta de defunción ut supra descrita. De conformidad con el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvase originales a la interesada y déjese en su lugar copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal.-

LA JUEZ PROVISORIO
ABOG. AIDALIA M. IGLESIAS DELGADO


EL SECRETARIO
ABOG. JESUS A. LANDINEZ N.-
AMID/j.al.n.-
Exp: 2284
En la misma fecha se entregaron los originales a la parte solicitante y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.
EL SECRETARIO
ABOG. JESUS A. LANDINEZ N.