En el día de hoy, Miércoles ocho de mayo de dos mil trece, siendo las 9:00 de la mañana, se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÁSIMOS, ANDRÉS BELLO, FERNÁNDEZ FEO Y LIBERTADOR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con el abogado en ejercicio HERNANDO VALENCIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 31.021 quien actúa con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante, JUAN CARLOS SUAREZ SÁNCHEZ y SIR CARACCIOLO SUAREZ SÁNCHEZ; è indicó a este Tribunal la siguiente dirección: local comercial, ubicado en la Avenida 19 de Abril, Edificio Abril, planta baja Nº2, parroquia Pedro María Morantes, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la practica de la medida de ENTREGA DE INMUEBLE (Local Comercial) decretada en el JUICIO que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO sigue JUAN CARLOS SUAREZ SÁNCHEZ y SIR CARACCIOLO SUAREZ SÁNCHEZ contra CORA HERNÁNDEZ DE NAVARRO, en el expediente N°12.833-201O que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal los funcionarios policiales, Delgado Acuña Diego alonso, placa 3001 y Medina Díaz Albert Mauricio, titular de la C.I.Nº V-18.880.961, adscritos a la Brigada de Orden Público (BOP) del Estado Táchira. Se encuentra presente la ciudadana: CORA HERNÁNDEZ DE NAVARRO, titular de la C.I. Nº V-5.031.859, parte demandada a quien la jueza notificó del objeto y misión a cumplir en el sitio, indicándole que dispone de un plazo de 30 minutos a fin de que se comunique con su abogado de confianza o apoderado judicial y ejerza el derecho a la defensa consagrado en el articulo 49 ordinal 1º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. En este estado solicitó el derecho de palabra el apoderado judicial de la parte actora y concedido como le fue expuso:”Oída la explicación de la demandada sobre la entrega del inmueble y vista la solicitud del lapso de siete días Hábiles para hacer entrega del presente inmueble, manifiesto mi conformidad con la misma a tal efecto solicito a este tribunal se suspenda la medida en el día de hoy por el lapso de siete días hábiles, comprometiéndose la demandada en entregar el inmueble completamente desocupado a las cinco de de la tarde 05:00p.m. del día Viernes 17 del mes de Mayo del año en curso, Es todo”. En este estado el tribunal visto lo solicitado por la parte actora acuerda suspender la presente ejecución en el día de hoy. No siendo más el Tribunal concluye el acto a las 10:30am, y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.

LA JUEZA TITULAR,



ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ.


LA PARTE ACTORA,


ABG. HERNANDO VALENCIA

LA NOTIFICADA,

CORA HERNÁNDEZ DE NAVARRO


LOS FUNCIONARIOS POLICIALES,


DELGADO ACUÑA DIEGO ALONSO


MEDINA DÍAZ ALBERT MAURICIO


EL SECRETARIO TEMPORAL,


WILMER ANTONIO COLMENARES SANCHEZ