REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Estadal y Municipal del Estado Vargas
Macuto, 06 de Mayo de 2013
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL : WP01-P-2010-006380
ASUNTO : WP01-P-2010-006380
Finalizada como ha sido la audiencia oral celebrada en esta misma fecha, convocada conforme a lo previsto en el artículo 46 del Código Orgánico Procesal Penal, en la Causa seguida en contra del ciudadano DANIEL DE JESUS INFANTE UGUETO, titular de la cédula de identidad N° V-13.375.239, pasa este Tribunal, de conformidad con lo previsto en el artículo 157 del Código Orgánico Procesal Penal, a fundamentar su decisión según se establece a continuación.
El Ministerio Público formuló Acusación en contra del ciudadano DANIEL DE JESUS INFANTE UGUETO, al encontrarlo incurso en la comisión del delito de Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en la Modalidad de Distribución, previsto y sancionado en el artículo 149, de la Ley Orgánica de Drogas, en virtud de que en fecha 08-11-10, siendo aproximadamente las 4:15 horas de la tarde, por funcionarios adscritos a la Sub-Delegación del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas del Estado Vargas, quienes se encontraban en labores de investigación, realizando un operativo especial en el sector de la Calle Real de Montesano, vía pública, Parroquia Carlos Soublette, observando a un ciudadano que al notar la presencia policial adoptó una actitud nerviosa e intentó huir en veloz carrera, por lo que se le dio la voz de alto, y al retenerlo preventivamente se solicitó la colaboración de una persona para que fungiera de testigo del procedimiento, la cual se encuentra debidamente identificada en actas, y al realizarle la revisión corporal se le incautó al sujeto retenido dentro del bolsillo delantero del short que portaba, la cantidad de cuatro (04), envoltorios confeccionados en papel aluminio, contentivos cada uno de restos y semillas vegetales, de color verdosa, de presunta droga, la cual arrojó un peso bruto de treinta y seis gramos con cinco décimas (36,5grs), por lo que fue aprehendido y presentado ante este Tribunal de Control.
Ahora bien, en fecha 12 de Agosto de 2011, en el transcurso de la Audiencia Preliminar este Tribunal admitió parcialmente la acusación formulada por la Representación Fiscal en contra del ciudadano DANIEL DE JESUS INFANTE UGUETO, por la comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, modificando este Tribunal la calificación jurídica dada por el Ministerio Público y acordó suspender el proceso seguido al mismo, previa la admisión de los hechos por él realizada, conforme a lo establecido en el artículo 43 del Código Orgánico Procesal Penal, imponiéndole un régimen de prueba de Un (01) año y Tres (03) meses.
En el transcurso de la audiencia celebrada el día de hoy y en presencia de todas las partes, éste Tribunal pudo constatar el total y cabal cumplimiento de todas aquellas obligaciones que le fueron impuestas al ciudadano DANIEL DE JESUS INFANTE UGUETO, así como el plazo de suspensión del proceso, trayendo esto como consecuencia necesaria la extinción de la acción penal en la Causa que se le sigue al mismo, por lo que quien aquí decide considera que lo procedente y ajustado a derecho es DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano DANIEL DE JESUS INFANTE UGUETO, por la comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas y ASÍ SE DECIDE.
DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Estadal y Municipal del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano DANIEL DE JESUS INFANTE UGUETO, arriba identificado, por la comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, de conformidad con lo previsto en el artículo 300, numeral 3, en concordancia con el artículo 49, numeral 7, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, al haberse producido la extinción de la acción penal por cumplimiento de las obligaciones y del plazo de suspensión condicional del proceso.
Publíquese, diarícese y déjese copia.
LA JUEZ DE CONTROL,
MARLENE DE ALMEIDA SOARES
LA SECRETARIA,
ABG. JEANY CAMACARO