REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
San Cristóbal, 09 de Mayo de 2013.
204º y 153º
ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO ORAL Y PÚBLICA
ASUNTO N° SP01-L-2012-000612
En el día de hoy, jueves nueve (09) de Mayo de dos mil trece (2013), siendo las diez (10:00 AM) de la mañana, fecha y hora fijada para la celebración de la Audiencia de Juicio Oral y Pública en el asunto N° SP01-L-2012-000612, contentivo de la demanda que sigue la ciudadana MARIELA HERNANDEZ VILLAMIZAR, venezolana, mayor de edad, identificada con la cédula de identidad No. V-10.165.931, en contra del INSTITUTO OFICIAL DE BENEFICIENCIA PUBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL DEL ESTADO TACHIRA LOTERIA DEL TACHIRA, por cobro de Diferencia de Bono Vacacional. El ciudadano Juez que preside este Tribunal declara abierta la Audiencia de Juicio, solicitando a la secretaria que anuncie el acto y verifique la presencia e identidad de las partes. A continuación, la secretaria a viva voz anunció el acto y dejó constancia de la incomparecencia por si o por medio de apoderado judicial, tanto de la parte demandante ciudadana MARIELA HERNANDEZ VILLAMIZAR ya identificado, como de la parte demandada el INSTITUTO OFICIAL DE BENEFICIENCIA PUBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL DEL ESTADO TACHIRA LOTERIA DEL TACHIRA. Acto seguido el ciudadano Juez vista la incomparecencia de las partes y de conformidad con lo establecido en el último aparte del artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo declaró el desistimiento del procedimiento. Por la motivación antes expuesta este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA NUEVO REGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA PRIMERO: EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO intentado por la ciudadana MARIELA HERNANDEZ VILLAMIZAR, venezolana, mayor de edad, identificada con la cédula de identidad No. V-10.165.931, en contra del INSTITUTO OFICIAL DE BENEFICIENCIA PUBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL DEL ESTADO TACHIRA LOTERIA DEL TACHIRA, por cobro de Diferencia de Bono Vacacional. SEGUNDO: Se exime de condenatoria en costas a la parte demandante por cuanto constituyó un hecho no controvertido la condición de trabajador del demandante del Instituto Oficial de Beneficencia Publica y Asistencia Social del Estado Táchira Lotería del Táchira y devengaba menos de tres salarios mínimos mensuales para la fecha de la Interposición de la demanda. Se deja constancia que la presente Audiencia de Juicio se reprodujo en forma Audiovisual, por un Técnico adscrito a esta Coordinación del Trabajo.
EL JUEZ,

ABG. JOSÉ LEONARDO CARMONA GARCÍA,
LA SECRETARIA,
ABG. ISLEY GAMBOA