REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetía, 15 de mayo de 2013
203º y 154º

ASUNTO: WP21-J-2013-000402

Vistas y analizadas las actas procesales que conforman el presente expediente y visto igualmente el acta que antecede, esta Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, de conformidad con lo establecido en el articulo 513, segundo aparte de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y Adolescente DECLARA CON LUGAR la Solicitud de Administración de Bienes presentada por la ciudadana MARITZA ALCANTARA VILLA, titular de la cédula de identidad Nº V-6.489.042, en beneficio de sus hijos, de diecisiete (17) y diez (10) años de edad respectivamente, en sus condiciones de Herederos de su progenitor hoy fallecido, ciudadano JUAN JOSE REAÑO QUINTERO, quien era venezolano, titular de la cédula de identidad Nª V-6.546.600, para lo cual se acordó librar los correspondientes oficios a la Dirección de Recursos Humanos y la Caja de Ahorros del Metro de Caracas, y a los Bancos Banesco, Mercantil y Del Tesoro, a los fines de informarle que se autorizó a la ciudadana MARITZA ALCANTARA, para que en nombre y representación de sus prenombrados hijos, pueda tramitar y gestionar las Prestaciones Sociales, Seguro de Vida, Ahorros, haberes depositados en las cuentas de ahorros y/o corrientes, así Cualquier otro Beneficio Social que le correspondan a los mismos, nombrándose como correo especial al ciudadano JOEL DAVID REAÑO ALCANTARA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-20.492.807. Asimismo, este Tribunal, estará atento a los beneficios que recibirán los adolescentes de marras en el presente asunto, a los fines de aperturar la cuenta de ahorros para su administración. Cúmplase lo ordenado.-
LA JUEZA

ABG. MARIA EUGENIA BEDOYA GONZALEZ

LA SECRETARIA

ABG. YIRA CEBALLOS VERA