REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetía, 17 de mayo de 2013
203º y 154º
ASUNTO: WP21-J-2013-000336
Con vista la anterior solicitud incoada por el ciudadano JOSE MANUEL SANDOVAL, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.827.829, actuando en interés de sus hijos, de quince (15) y catorce (14) años de edad respectivamente, debidamente asistido en este acto por el Defensor Público Sexto de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y en la cual solicitó de este Despacho se le designara CURADOR AD-HOC a sus hijos, de quince (15) y catorce (14) años de edad respectivamente, en tal sentido fue designado para ocupar dicho cargo la ciudadana MILEIVY LILIBETH MONTES AGUILERA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.155.052, quién prestó el juramento de Ley y aceptó dicho cargo; este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, le discierne el cargo de Curador Ad-Hoc de los prenombrados adolescentes a la ciudadana antes identificada. Desvuélvase original con sus resultas a la parte solicitante. En consecuencia, déjese copias certificadas del presente decreto, asimismo, se ordena el cierre y archivo del presente expediente, remítase a los archivos Judiciales en su oportunidad legal. Cúmplase.-
La Jueza
Abg. María Eugenia Bedoya González
La Secretaria
Abg. Nohemí Rosendo
|