REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetía, 2 de mayo de 2013
203º y 154º

ASUNTO: WP21-J-2013-000325

Vista la solicitud formulada por la ciudadana MARIAN DE JESUS HERNANDEZ PEREZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-16.726.871, debidamente asistida por el Defensor Público Cuarto en Materia de Protección, Abg. PEDRO BASTARDO, actuando en representación de sus hijos de cuatro (04) y dos (02) años de edad, respectivamente, mediante la cual solicita del Tribunal sea declarado TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a favor de los niños ut supra identificados y se les tenga como Únicos y Universales Herederos del de Cujus FRANCISCO JAVIER VERAMENDEZ, quien era venezolano, mayor de edad y ex titular de la cédula de identidad Nro. V-18.140.818. Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas, esta Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación en funciones de Ejecución, de conformidad con lo previsto en el artículo 517 y 513 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de terceros que pudiesen tener igual o mejor derecho, declara las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a favor de los niños de cuatro (04) y dos (02) años de edad, respectivamente, en su carácter de hijos del de cujus. Devuélvanse las presentes actuaciones en original con sus resultas y déjese copias certificadas de las mismas en el archivo del Tribunal. Asimismo, se ordena el cierre y archivo del presente asunto, así como su remisión a archivo judicial. Cúmplase lo ordenado.-
La Jueza

Abg. María Eugenia Bedoya González
La Secretaria

Abg. Yira Ceballos