REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetia, 21 de mayo de 2013
203º y 154º

ASUNTO: WP21-J-2013-000509
Por recibida Solicitud de Autorización para Pasaporte de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), de este Circuito Judicial, presentado por la ciudadana JOSELIN JOSEFINA SALAZAR JAIME, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-14.313.340, con domicilio en la Avenida San Sebastian Quinta el Milagro , Palmar Oeste, Parroquia Caraballeda, Estado Vargas, actuando en representación de su hijo de Trece (13) años de edad, debidamente asistida por la Defensora Pública Segunda Abg. GLEYKA ZAMORA, así como los recaudos anexos a la misma, désele entrada y anótese en los libros respectivos. Se ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de Ley, de conformidad con lo previsto en el Artículo 511 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia por cuanto la presente solicitud versa sobre la obtención de un documento publico de identidad, lo cual es una obligación del estado garantizar de manera oportuna este derecho a todos los niños, niñas y adolescentes que se encuentren dentro del territorio nacional, DECRETA la presente AUTORIZACION JUDICIAL PARA TRAMITAR PASAPORTE, a favor del adolescente de Trece (13) años de edad, a tal efecto se ordena librar oficio al Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), a fin de que tramite el respectivo pasaporte. Se ordena el cierre y el archivo del presente expediente y su remisión al Archivo Judicial, Región Vargas. Líbrese oficio Cúmplase.-
La Jueza

Abg. María Eugenia Bedoya González
La Secretaria.

Abg. Yira Ceballos.