GADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, SAN CRISTÓBAL, TRECE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL TRECE.
203º y 154º
Visto el escrito, de fecha treinta (30) de octubre de 2013, suscrito por la ciudadana GLORIA EUNICE CASTRO DE ROA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.292.530, de este domicilio y hábil, parte demandante, debidamente asistida por la abogada MARIE MARCELLE MALDONADO DUARTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.171.429, inscrita en el I.PS.A bajo el N° 76.461, domiciliada en la carrera 1, N° 5-49, Michelena, Estado Táchira, por una parte y por la otra el ciudadano RAFAEL SIMÓN ROA GARCIA, titular de la cédula de identidad N° V-9.213.948, domiciliado en Táriba, Estado Táchira, asistido por la abogada MIRTHALA JOSEFINA DUARTE DE GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.311.072, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 26.162, actuando con el carácter de demandado, mediante el cual celebraron Transacción Judicial, y por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado da por consumado el acto, se le imparte la HOMOLOGACIÓN DE LEY, SE ACUERDA PROCEDER COMO EN SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA. Se acuerda expedir dos (2) juegos de copias certificadas, de la transacción antes mencionada y del presente auto.
REINA MAYLENI SUÁREZ SALAS
JUEZ TITULAR
IRALI URRIBARRI D.
SECRETARIA
mdv
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