REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FERNÁNDEZ FEO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Abejales.

DEM. 1914-13-1812
CAPITULO I
DE LAS PARTES

DEMANDANTE: Nelly María Contreras Gómez, venezolana, mayor de edad, identificada con cédula N° V-13.351.979, con el carácter de madre del niño M.A..
.
DIRECCIÓN: Sector La Colorada, al lado del Puente Lata, Municipio Fernández Feo.

DEMANDADO: Miguel Lorenzo Camargo Montoya, venezolano, mayor de edad, identificado con cédula N° V-4.094.531, en su carácter de padre del M.A..


DIRECCIÓN: Aldea La Colorada, sector La Guañañita, Municipio Fernández Feo

MOTIVO: obligación de manutención

CAUSA Nro. 1914-13

FECHA DE ENTRADA. 13 de noviembre del 2013.

CAPITULO II
DE LOS HECHOS

En fecha 13 de noviembre del 2013, se recibió oficio Nº 028, de fecha 08 de noviembre del 2013, procedente de la Defensoría Educativa “Manitas para la Paz”, con sede en El Piñal, Estado Táchira, con el cual remiten expediente administrativo N° 028-13/14, por fijación de la obligación de manutención a favor del niño M.A., convenida entre los ciudadanos Nelly María Contreras Gómez, venezolana, mayor de edad, identificada con cédula N° V-13.351.979, domiciliada en Sector La Colorada, al lado del Puente Lata, Municipio Fernández Feo, y Miguel Lorenzo Camargo Montoya, venezolano, mayor de edad, identificado con cédula N° V-4.094.531, domiciliado en Aldea La Colorada, sector La Guañañita, Municipio Fernández Feo; en beneficio del niño Miguel Ángel; conviniendo en la fijación de la obligación en los siguientes términos: “… el señor Miguel Lorenzo Camargo Montoya, aportará la cantidad de trescientos bolívares mensuales los primeros cinco días de cada mes a una cuenta que se apertura en banco bicentenario… además aportará el 50% de gastos médicos y medicinas… al empezar a estudiar le dará uniformes y útiles.. en época decembrina aportara un estreno”.
En fecha 13 de noviembre del 2013, por auto del Tribunal se admitió y se le dio entrada a la demanda por fijación de la obligación de manutención convenida; se acordó notificar a la ciudadana Nelly María Contreras Gómez y al Fiscal del Ministerio Público del Estado Táchira.
En fecha 13 de noviembre del 2013, se libro Boleta de Notificación al Fiscal Especializado para la Protección del Niño y del Adolescente del Estado Táchira.
En fecha 13 de noviembre del 2013, se libro boleta de notificación a la ciudadana Nelly María Contreras Gómez.
CAPITULO III
HOMOLOGACIÓN

En consecuencia y por cuanto la conciliación entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN al acta de Fijación de obligación de Manutención suscrita entre las partes Nelly María Contreras Gómez, venezolana, mayor de edad, identificada con cédula N° V-13.351.979, domiciliada en Sector La Colorada, al lado del Puente Lata, Municipio Fernández Feo, y Miguel Lorenzo Camargo Montoya, venezolano, mayor de edad, identificado con cédula N° V-4.094.531, domiciliado en Aldea La Colorada, sector La Guañañita, Municipio Fernández Feo; en beneficio del niño Miguel Ángel, acta que riela al vuelto del folio doce, por ante por ante la Defensoría de Niños, Niñas y Adolescente del Municipio Fernández Feo “Manitas para la Paz”, con sede en El Piñal, Estado Táchira; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente.
Se establece el ajuste anual proporcional y automático de la obligación de la manutención.
Se acuerda librar oficio a la Entidad Bancaria Banco Bicentenario, solicitando la apertura de una cuenta de ahorros a nombre de la ciudadana Nelly María Contreras Gómez, venezolana, mayor de edad, identificada con cédula N° V-13.351.979; en beneficio del niño Miguel Ángel
Una vez aperturada dicha cuenta notifíquese al obligado ciudadano: Miguel Lorenzo Camargo Montoya, venezolano, mayor de edad, identificado con cédula N° V-4.094.531, domiciliado en Aldea La Colorada, sector La Guañañita, Municipio Fernández Feo.
Déjese copia Certificada para el archivo del Tribunal.
Dado, firmado, sellado y refrendado en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, con sede en Abejales, a los trece de noviembre del dos mil trece. Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.
La Jueza



Abg. Rosalba Ruiz Jaimes.
El Secretario.



Abg. Luis Alfonso Sánchez Pérez