REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución Secc. Adolescentes del Estado Vargas
Macuto, 14 de noviembre de 2013
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL : WP01-D-2012-000358
ASUNTO : WP01-D-2012-000358
AUTO DECLARANDO CON LUGAR REVISION DE SANCIONES
Este Tribunal de Ejecución el día de ayer 13/11/2013 se efectuó Audiencia de REVISION DE SANCIONES en la causa seguida al joven IDENTIDAD OMITIDA, nacido el 18/11/1994 actualmente de 18 años de edad, revisado el Informe evolutivo y escuchado de vida voz del Delegado del Centro de Orientación informando sobre el cumplimiento de las medidas impuestas y la opinión de las partes, siendo tiempo suficiente para realizar Revisión de Sanciones de conformidad al artículo 647 literal e) conforme a la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, en lo adelante LOPNNA y en la que se declaró Modificar el régimen de presentaciones dentro de las Reglas de Conducta, pasa de seguida esta Decisora a fundamentar esta decisión conforme al artículo 157 del COPP por remisión del artículo 537 de la Ley penal especial.
Revisado la causa en la segunda pieza se observa al folio 16 Sentencia Definitiva de fecha 18/12/2013 dictada por el Tribunal Primero de Control de esta misma Sección Penal de Adolescentes, aplicando el procedimiento de admisión de hechos declara responsable penalmente a IDENTIDAD OMITIDA conjuntamente con otro muchacho del delito de ROBO AGRAVADO y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO y se les condenó a cumplir las sanciones en forma simultánea de LIBERTAD ASISTIDA y REGLAS DE CONDUCTAS por DOS (2) AÑOS y SERVICIO A LA COMUNIDAD POR 6 MESES. En fase de ejecución se impone la Sentencia el 13/02/2013 con presentaciones cada Ocho (8), para el 18/09/2013 se fija de oficio Revisión de sanción y se pide informe el cual, no acude y se difiere para el 15/10/2013 tampoco asiste y se difiere para el 13/11/2013 fecha en la que es consignado el informe evolutivo, describiendo que …el joven se presenta sin acompañante atento a las orientaciones dadas, asiste a las sesiones, actualmente trabaja en la clínica Alfa en mantenimiento y está siendo considerado para otro contrato fue supervisado y en el área educativa es bachiller y está inscrito en un curso de administración en el Instituto de Capacitación Profesional y participo en actividad desarrollada por la José Félix Rivas…
En la Audiencia de Revisión, el Delgado informó que el joven es respetuoso acata todas las orientaciones dadas, es puntual en sus presentaciones cada 8 días, trabajando en la Clínica y con miras a que le den otro contrato y está inscrito en un cuso de capacitación esperando a entrar a la universidad es respetuoso y con respecto al Servicio Comunitario se va redirigir en la misma Clínica para que haga algún trabajo a la Comunidad allá o en el Centro de Orientación. El Defensor Público considera que el cumplimiento ha sido bien favorable solicitando se le extienda las presentaciones, por su parte la Fiscalía lo felicitó y que consigne las constancias respectivas y siga cumpliendo con sus medidas hasta culminar.
Siendo esto así, escuchado a todos los intervinientes en esta Audiencia de IDENTIDAD OMITIDA esta Decisora revisado el informe evolutivo siendo bien favorable, observándose que ha cumplido puntualmente con sus presentaciones cada 8 días, respetuoso y orientado, que se ha mantenido laborando y estudiando y ha participado en la José Félix Rivas, debiendo comenzar de inmediato el Servicio Comunitario, en consecuencia considera esta Juzgadora que es ajustado a derecho DECLARAR CON LUGAR la REVISION DE SANCIONES y en consecuencia MODIFICA el Régimen de sus Presentaciones extendiéndosela a cada QUINCE (15) DIAS y continuar con las demás obligaciones en especial comenzar el Servicio Comunitario. Y ASI SE DECIDE.
DISPOSITIVA
En base a los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA REVISION DE SANCIONES, al joven IDENTIDAD OMITIDA, y en consecuencia MODIFICA el régimen de sus Presentaciones extendiéndosele a cada Quince (15) días, y continuar con las demás obligaciones y comenzar el Servicio Comunitario, todo conforme a los artículos 646 y 647 de la LOPNNA
Diarícese y se autoriza copia certificada de esta Decisión. Todos los intervinientes quedaron notificados de esta decisión en Audiencia.
LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCION
DRA. ANA CELIA PEREZ RUDMAN
SECRETARIA DE EJECUCION
Abg. FREYSELA GARCIA
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en este escrito.
SECRETARIA DE EJECUCION
Abg. FREYSELA GARCIA