REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN


.REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN SEGUNDO
DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO VARGAS
Macuto, 25 de Noviembre de 2013
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-S-2003-002298
ASUNTO : 2E-1153-03

NUEVO COMPUTO

Vista la decisión que antecede, mediante la cual se ordena efectuar un nuevo cómputo en virtud de la redención de la pena acordada a favor de la ciudadana penada MARTINEZ ALVAREZ MARIBEL ELVIRA, quien dijo ser de nacionalidad Venezolana, natural del Estado Miranda, nacida en fecha 05/09/1977, titular de la Cédula de identidad Nro. V.-14.400.894, residenciada en: Barrio Obrero, carrera 17, calle 13 y 14, residencias San Juan, piso 1, apartamento 01, San Cristóbal, Estado Táchira, siendo ello una nueva circunstancia que modifica el tiempo de cumplimiento de pena previamente impuesto al prenombrado penado, este tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 474, 496 y 497 todos del Código Orgánico Procesal Penal y articulo 500 del derogado Código Orgánico Procesal Penal, pasa a realizarlo en lo siguientes términos:

Ahora bien la ciudadana penada MARTINEZ ALVAREZ MARIBEL ELVIRA, quien dijo ser de nacionalidad Venezolana, natural del Estado Miranda, y titular de la Cédula de identidad Nro. V.-14.400.894, fue condenada a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISIÓN, siendo redimida por un tiempo de CUATRO (04) MESES Y VEINTE (20) DIAS, por lo que le falta por cumplir un tiempo de OCHO (08) MESES Y VEINTIDOS (22) DIAS, en virtud de que fue detenido por segunda vez en fecha 23-09-2013 hasta la presente.

Así las cosas, corresponde determinar las fechas a partir de cuando podrá optar por las diferentes fórmulas del cumplimiento de pena:
1. TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO PENAL: Al cumplir una cuarta parte (1/4) de la pena, la cual cumplió el 17-08-2008.
2. ESTABLECIMIENTO ABIERTO: Al cumplir una tercera parte (1/3) de la pena, la cual cumplirá el 17-10-2009.
3. LIBERTAD CONDICIONAL: Al cumplir las dos terceras partes (2/3) de la parte de la pena, la cual cumplirá el 12-12-2011.
4. CONFINAMIENTO: Al cumplir las tres cuartas (3/4) de la pena, la cual la cumplirá el 17-08-2012.
5. La totalidad de la pena impuesta la cumplirá el 17-08-2014.

Notifíquese a las partes, remítase copia del presente cómputo y líbrense los correspondientes oficios y boleta de notificación. Cúmplase.
EL JUEZ (2º) EJECUCIÒN,


DR. MAURO RODRIGUEZ BARBOZA
LA SECRETARIA,

ABG. LOLYMAR PULIDO
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en la anterior sentencia.

LA SECRETARIA,

ABG. LOLYMAR PULIDO


ASUNTO: WP01-S-2003-002298