JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Independencia, 22 de octubre de 2013.
203º y 154º

Vista la diligencia suscrita por los ciudadanos CELSA JORLENA DIAZ DE QUIROZ Y OMAR ALFONSO QUIROZ CÁCERES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.038.816 y V-11.111.133, mediante la cual informan a este Tribunal que llegaron a un acuerdo amistoso, y solicitan el archivo del expediente llevado ante este Despacho por el procedimiento de obligación de manutención, admitido en fecha 03 de octubre de 2013; por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, le imparte su HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal y notifíquese al Fiscal del Ministerio Público competente.
La Jueza Temporal,

ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MÁRQUEZ
La Secretaria,

ABG. MAURIMA MOLINA COLMENARES

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se publicó siendo la (s) 1:00 p.m., quedó registrado bajo el N° 248; se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal y se libró Boleta de Notificación al Fiscal especializado.

Abg. Maurima Molina / Secretaria
Exp. Nº 2454/2013
BYVM/lcm.
Va sin enmienda.