REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO
Encontrándonos constituidos en la sede del Banco Mercantil, Nivel Autopista, el ciudadano Juez, el Abogado actor Mario Badillo y la Secretaria, siendo las 3:45 de la tarde, notificando de la ejecución de la Medida de Embargo Preventivo, a la ciudadana Aída Cuadros, Gerente del Banco Mercantil, titular de la cedula de identidad N° V-10.851.157, quien permitió el acceso del Tribunal al inmueble. Seguidamente el Abogado actor Mario Badillo, solicita a la notificada que verifique la cuenta corriente N° 1735032253, cuyo titular es el ciudadano Robert Jesús Ramírez Rico y nos indique el saldo para la fecha. Seguidamente la Ciudadana Aida Cuadros informa al Tribunal que se trata de una Cuenta Corriente No 1735032255, cuyo titular es el ciudadano Robert Jesús Ramirez Rico y tiene un saldo disponible de tiene un disponible de Ciento Veinticuatro Mil Novecientos Cuarenta y Ocho Céntimos con Diez Céntimos (Bs.124.948, 10). Seguidamente el abogado actor solicita al ciudadano Juez, proceda a embargar preventivamente la suma de Ciento Veinticuatro Mil Novecientos Bolívares (Bs. 124.900, 00). En este estado el ciudadano Juez visto lo solicitado por el apoderado actor y lo informado por la Gerente Aída Cuadros, declara legalmente embargado Preventivamente la suma señalada, declarando la desposesión jurídica del ejecutado, solicitándole a la Gerente, proceda a emitir cheque de gerencia por la suma embargada a nombre del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de esta Circunscripción Judicial. Seguidamente la notificada Aída Cuadros, manifiesta al ciudadano Juez que ella acata la decisión y entrega en este acto, cheque de gerencia N° 50006775, por la suma de Ciento Veinticuatro Mil Novecientos Bolívares (Bs. 124.900, 00) a nombre del Tribunal de la causa. Seguidamente el ciudadano Juez acuerda agregarlo a la presente comisión y dejar copia certificada del acta para el copiador de actas llevado por este Tribunal. No siendo otro el objetivo del Tribunal, se da por terminado el acto siendo las 4:40 de la tarde. Seguidamente el abogado actor Mario Badillo, se reserva el derecho de seguir señalando bienes propiedad de los demandados y solicito se me fije oportunidad para la continuación del Embargo Preventivo. Leída el acta, conformes firman. Dr. Félix Antonio Matos. Juez Titular. (Fdo). Aída Cuadros, Gerente Notificada, (fdo), Abog. Mario Badillo García, apoderado actor (fdo), Abog. Carmen Moreno Pérez, Secretaria (fdo).