REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Ejecución Secc. Adolescentes del Estado Vargas
Macuto, 30 de octubre de 2013
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-D-2012-000033
ASUNTO : WP01-D-2012-000033

AUTO DECLARANDO CON LUGAR REVISION DE SANCIONES

Este Tribunal de Ejecución en la tarde del día de ayer 29/10/2013 se efectuó Audiencia de REVISION DE SANCIONES en la causa seguida al joven IDENTIDAD OMITIDA actualmente de 19 años de edad, revisado el Informe evolutivo y escuchado de vida voz de la Delegada del Centro de Orientación informando sobre el cumplimiento de las medidas impuestas en libertad y la opinión de las partes, siendo tiempo suficiente para realizar Revisión de Sanciones de conformidad al artículo 647 literal e) conforme a la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, en lo adelante LOPNNA y en la que se declaró Modificar el régimen de presentaciones dentro de las Reglas de Conducta, pasa de seguida esta Decisora a fundamentar esta decisión conforme al artículo 157 del COPP por remisión del artículo 537 de la Ley penal especial.

Revisado la causa se observa al folio 22 de la segunda pieza Sentencia Definitiva de fecha 08/01/2013 por el Tribunal Primero de Juicio de esta misma Sección Penal de Adolescentes, donde se declaró responsable penalmente en Debate a IDENTIDAD OMITIDA del delito de ACTOS LASCIVOS y se le condenó a cumplir las sanciones de LIBERTAD ASISTIDA y REGLAS DE CONDUCTAS por UN (1) AÑO en forma simultánea. En fase se logra imponer la Sentencia el 11/04/2013 y entra las Reglas la de presentarse cada Quince (15) días, para el 29/10/08/2013 se fija de oficio Revisión de sanción y se pide informe el cual es consignado en esa misma fecha, describiendo que …el joven se presenta acompañado de su madre, atento a las orientaciones impartidas, se muestra respetuoso, tiene pareja y un bebe de 2 meses, no está estudiando y en aspecto laboral se ha mantenido en trabajos temporales vendedor ambulante en playa camurí chico y ha participado en los talleres y conversatorios instruidos por el Centro de Orientación.

En la Audiencia de Revisión la primera que se le hace, la Delegada informó que el joven es respetuoso puntual en sus presentaciones cada 15 días, que vive con su madre y actualmente tiene pareja y un niño de 2 meses y se ha mantenido trabajando los fines de semana en la playa y eventualmente de ayudante en albañilería. El Defensor Público considera que el cumplimiento ha sido favorable solicitando se le extienda las presentaciones, por su parte la Fiscalía le exhortó a conseguir un mejor trabajo y a retomar sus estudios que siga cumpliendo con sus medidas hasta culminar.

Así las cosas, escuchado a todos los intervinientes en esta Audiencia de IDENTIDAD OMITIDA esta Decisora revisado el informe evolutivo siendo favorable, observándose que ha cumplido puntualmente con sus presentaciones cada 15 días, que ha tenido apoyo familiar actualmente con pareja y un bebe, que se ha mantenido laborando aunque se le llamó la atención que debe conseguir un trabajo de más horas y es respetuoso, en consecuencia considera esta Juzgadora que es ajustado a derecho DECLARAR CON LUGAR la REVISION DE SANCIONES y en consecuencia MODIFICA el Régimen de sus Presentaciones extendiéndosela a cada TREINTA (30) DIAS y continuar con las demás obligaciones debiendo culminar el 11/04/2014. Y ASI SE DECIDE.
DISPOSITIVA
En base a los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA REVISION DE SANCIONES, al joven IDENTIDAD OMITIDA, y en consecuencia MODIFICA el régimen de sus Presentaciones extendiéndosele a cada Treinta (30) días, y continuar con las demás obligaciones debiendo culminar el 11/04/2014, todo conforme a los artículos 646 y 647 de la LOPNNA

Diarícese y se autoriza copia certificada de esta Decisión. Todos los intervinientes quedaron notificados de esta decisión en Audiencia.

LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCION

DRA. ANA CELIA PEREZ RUDMAN

SECRETARIA DE EJECUCION

Abg. FREYSELA GARCIA

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en este escrito.


SECRETARIA DE EJECUCION

Abg. FREYSELA GARCIA