REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Ejecución Secc. Adolescentes del Estado Vargas
Macuto, 7 de octubre de 2013
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-D-2011-000300
ASUNTO : WP01-D-2011-000300

CESACION DE SANCIONES por TOTAL CUMPLIMIENTO

Recibido en este Despacho Judicial Informe del Centro de Formación Socio Educativo del Estado Vargas, referente al joven IDENTIDAD OMITIDA, nacido el 14/10/994 actualmente de 18 años de edad, donde refieren en ese escrito que el joven dio cumplimiento a todas sus medidas y solicitan su cese. En consecuencia y de conformidad con los artículos 645 y 647 literal h) de la LOPNNA pasa de seguida esta Decisora a revisar su causa y de ser procedente se Decretará Cesación de Sanciones por total cumplimiento de conformidad con esta Ley Penal especial:

Revisado el expediente se evidencia al folio 94 Sentencia Definitiva de fecha 21/01/2013 dictada por el Tribunal Primero de Control de esta misma Sección Penal de Adolescentes, declarando responsable penalmente al referido joven, aplicando el procedimiento de admisión de hechos condenándolo por el delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO y se le ordenó a cumplir en forma simultánea LIBERTAD ASISTIDA y REGLAS DE CONDUCTA por SEIS (6) MESES, posteriormente se impone el Auto de Ejecución de Sentencia el 18/02/2013 con la obligación de presentarse cada Quince (15) días
En la fase de ejecución le realizaron su plan individual a corto plazo, el 13/09/2013 se solicitó informe si ha cumplido para Cesar y es recibido el 02/10/2013, en el que detallan que el joven IDENTIDAD OMITIDA que ha cumplido a cabalidad con las presentaciones, que actualmente está sin ocupación manifestando siempre que tiene problemas personales, en las orientaciones se muestra atento, colaborador, respetuoso, se encuentra estudiando en el Tomás alba Edison en Maiquetía cursando 3er. Año de Bachillerato muestra deseo de superación aunque presenta adicción a las drogas, consideran que el joven culminó sus medidas y solicitan el Cese por total cumplimiento.

Siendo todo esto así, esta Decisora considera que el joven IDENTIDAD OMITIDA cumplió con la Ejecución de las sanciones dispuestas de Libertad Asistida y Reglas de Conducta ordenado por el lapso de Seis (6) meses contados desde su imposición 18/02/2013 y siendo que ha tenido una evolución favorable en el cumpliendo de sus medidas, denotándose del único informe del Centro de Orientación consignado el 02/10/2013 cumplimiento cabal de sus presentaciones, atendiendo las orientaciones siempre con respeto, manteniéndose estudiando, sin embargo no se ha logrado que esté inserto en el área laboral ha presentado problemas de drogadicción y se le ha orientado al respecto, tiene familiares que lo apoyan, por lo que considera esta Juzgadora que con ello ha adquirido concientización por el daño causado, por lo que para este joven en referencia se logró el objetivo primordial de esta Ley penal Especial de orientarlo integralmente y en la búsqueda de una adecuada convivencia familiar y social. Por consiguiente es procedente y ajustado a derecho DECRETAR CESACION DE SANCIONES por total cumplimiento al prenombrado joven y consecuencialmente se acuerda su LIBERTAD PLENA por este expediente, todo de conformidad con los artículos 645 y 646 literal h) de la LOPNNA. Y ASI SE DECIDE.

DISPOSITIVA
Por todos los razonamiento antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCION DE ADOLECENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: CESACION DE SANCIONES por total cumplimiento al joven IDENTIDAD OMITIDA, por haber cumplido con Libertad Asistida y Reglas de Conducta por el lapso completo de Seis (6) Meses, en consecuencia se acuerda su LIBERTAD PLENA por esta causa, todo conforme a los artículos 645 y 647 literal h) de la LOPNNA.

Regístrese y déjese copia de esta Decisión. Notifíquese a las Partes, al joven en referencia y al Centro de Formación Socio Educativo. Ofíciese a la Policía Municipal de Vargas para que lo excluyan de Pantalla Policial por este delito de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA en resguardo a su Honor y Reputación. Cúmplase.

LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCION

DRA. ANA CELIA PEREZ RUDMAN


SECRETARIA DE EJECUCION

Abg. YOLDENIS ZAMORA

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en este escrito.

SECRETARIA DE EJECUCION

Abg. YOLDENIS ZAMORA