REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO CARAYACA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO DE LAS PARROQUIAS CARAYACA Y EL JUNKO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. CARAYACA, ONCE (11) DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL TRECE (2013).-
203° y 154°
Vista el anterior escrito contentivo de la Consignación efectuada por la ciudadana MERCEDES MILAGROS RINCONES SANTANDER, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.466.514, por medio del cual manifestó hacer dicha consignación por concepto de canon de arrendamiento de un Local Comercial a favor de la EMPRESA “GRUPO JUNKAL C.A. en la persona de su Representante Legal, ciudadano: JESUS ROBERTO DAVILA PUPPO, por la cantidad de TRECE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA BOLIVARES (Bs. 13.440,oo), correspondiente a los meses de AGOSTO y SEPTIEMBRE DEL PRESENTE AÑO 2013, a razón de SEIS MIL SETECIENTOS VEINTE BOLIVARES cada uno (Bs. 6.720,oo c/u), mediante planilla de depósito Nº 050408531, de fecha 08/10/2013, en la Cuenta Corriente N° 0151-0114-864411400502, del Banco FONDO COMUN de esta localidad por los motivos expuestos; y vista igualmente las Planillas de Pago Nos. F-N°:1390021054 y F-N°:1390021055, realizados ante la Gerencia Regional de Tributos Internos SENIAT; este Tribunal ordena agregar a los autos la anterior consignación y darle el curso de Ley de conformidad con el Artículo 51 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios. A los fines de la notificación de la Arrendadora se ordena librar Exhorto con las inserciones correspondientes junto con la boleta y remitirlo con oficio a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D) del Circuito Judicial de los Tribunales de Municipio del Área Metropolitana de Caracas, Los Cortijos.
LA JUEZA TITULAR,
ABG. LUCIA MASSIMO. S. LA SECRETARIA SUPLENTE,
ABG. NOHEMI DE LOS ANGELES SOSA G.
En esta misma fecha, se le dio cumplimiento a lo antes ordenado y se libró exhorto con el oficio N° 269-13.-
LA SECRETARIA SUPLENTE,
ABG. NOHEMI DE LOS ANGELES SOSA G.
Expediente Nº 58-C-13.-
LMS/Ns/aqp.-