REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, 02 de octubre de 2013
203º Y 154º
ASUNTO: WP11-L-2011-000333
PARTE ACCIONANTE: LEOMILCKER ANDRES HERNANDEZ, WILIAM RAFAEL MARTINEZ, DIEGO RAFAEL MERENTES, JOSE LUIS MARTINEZ, ODLANIER YHOSET PADRON, DENIS DANILO DIAZ, JUAN CARLOS IRIARTE, ODENIS MARTIN MERENTES, CRISTIAN JOSE MORA, DARWIN ENRIQUE HERNANDEZ, FRANCISCO ALEJANDRO RIVAS, WOLFGANG ORLANDO YEPEZ, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad números 16.725.441, 11.056.254, 17.154.670, 6.801.602, 20.781.723, 15.830.251, 9.998.611, 17.960.005, 19.123.773, 13.671.498, 6.479.827, 5.572.825, respectivamente.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: MARIA FABIOLA RODRIGUEZ ALBARRACIN, REBECA ALBARRACIN MARQUEZ Y SARAHEVELI MENDOZA AZZATO, abogadas en libre ejercicio e inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números: 100.609, 61.846 y 45.642, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: AGREGADOS Y MINERALES ZP, C.A., INGENIERIA SERUR, C.A. Y DESARROLLOS ESTRUCTURALES Y MINEROS DE VARGAS, C.A (DEMIVARGAS)
APODERADO JUDICIAL DE LA EMPRESA: AGREGADOS Y MINERALES ZP, C.A. : YOSMAGLY MAGALYS PEREZ, CESAR SALAZAR, WILLIAM BAUTE, JUAN HECTOR ZABALA Y ARTURO DELGADO MONTILLA, abogados en ejercicio inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 146.205, 46.871, 20.534, 19.697 y 18.888, respectivamente.
APODERADOS JUDICIALES DE LA EMPRESA INGENIERIA SERUR, C.A.: FRANCIS ZAPATA, EDGAR BLANCO Y ARTURO DELGADO MONTILLA, abogados en ejercicio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números: 63.513, 81.555 y 18.888 en el orden enunciado.
APODERADO JUDICIAL DE LA EMPRESA DESARROLLOS ESTRUCTURALES Y MINEROS DE VARGAS, C.A (DEMIVARGAS): RICARDO J. ROMERO V., abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 118.475.
REPERESENTANTE DE LA PROCURADURIA GENERAL DEL ESTADO VARGAS: JHON VICENTE SUAREZ, ADRIANA TOVAR Y CAROLINA HERRERA abogados inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 121.977, 178.173 y 79.602 respectivamente, según delegación del Procurador General del estado Vargas.
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy, 02 de octubre de 2013, siendo la 11:00 a.m., oportunidad fijada para la prolongación de la audiencia preliminar, se deja constancia que comparecieron los ciudadanos SARAHEVELI MENDOZA AZZATO, ARTURO DELGADO, EDGAR BLANCO, RICARDO J. ROMERO, ADRIANA TOVAR Y CAROLINA HERRERA, ya identificados. Asimismo se deja constancia de la comparecencia ante este Tribunal de la ciudadana ENEIDA TIBISAY MARTINEZ CARRASQUEL, titular de la cédula de identidad No. 6.488.248, debidamente asistida por la abogada SARAHEVELI MENDOZA AZZATO, quien manifiesta ante este juzgado que su hijo CRISTIAN JOSE MORA MARTINEZ, cédula de identidad No. 19.123.773, falleció en fecha 30/06/2012, en la población de Naiguatá del estado Vargas, para lo cual presentó Registro de Defunción y partida de nacimiento, que la acredita como madre del de cujus , cuyas copias se agregan al expediente, previa certificación de la Secretaria del Tribunal, en consecuencia, solicita el pago de las prestaciones sociales de conformidad con lo establecido en el artículo 145 de la Ley Orgánica del Trabajo de los Trabajadores y Trabajadoras. Seguidamente, las partes llegaron a un acuerdo en los siguientes términos: PRIMERO: La parte demandada AGREGADOS Y MINERALES ZP, C.A. e INGENIERIA SERUR, C.A., paga en este mismo acto, a la ciudadana ENEIDA TIBISAY MARTINEZ CARRASQUEL, titular de la cédula de identidad No. 6.488.248, la suma de Bs. 10.500,00, mediante cheque cuya copia se agrega al presente expediente. SEGUNDO: Dicho monto proviene de los cálculos efectuados por las partes en la audiencia preliminar, teniendo en cuenta las pruebas por ellas aportadas al inicio de dicho acto, y los salarios reales devengados por el trabajador por quien aquí se conviene, tal como se relaciona en hoja de cálculo anexa que se hace parte integrante de la presente acta. TERCERO: En tal sentido, ENEIDA TIBISAY MARTINEZ CARRASQUEL, titular de la cédula de identidad No. 6.488.248, debidamente asistida por la abogada SARAHEVELI MENDOZA AZZATO, en su condición de causahabiente de CRISTIAN JOSE MORA MARTINEZ, cédula de identidad No. 19.123.773, manifiesta estar satisfecha con el presente acuerdo, y reconoce y acepta los salarios utilizados para calcular cada concepto; además declara no tener más que reclamar por algún otro monto o concepto derivado de la relación laboral que unió a CRISTIAN JOSE MORA MARTINEZ ( hoy fallecido), con las entidades de trabajo aquí demandadas. CUARTO: Asimismo, las partes intervinientes en el presente juicio, solicitaron a la Juez se sirva homologar el presente acuerdo. En consecuencia, este Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Vargas, visto que la mediación ha sido positiva, por cuanto no han sido vulnerados derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de cosa juzgada. Se da por concluido el presente procedimiento. Se deja expresa constancia que las pruebas aportadas por las partes al inicio de la audiencia preliminar les han sido devueltas. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ,

REBECA MARTINEZ
LAS PARTES COMPARECIENTES:

SARAHEVELI MENDOZA AZZATO

ARTURO DELGADO,

EDGAR BLANCO,

ADRIANA TOVAR,

CAROLINA HERRERA,

RICARDO J. ROMERO,
LA SECRETARIA

MARBELIS BASTARDO