REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución
del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira
San Cristóbal, veinticinco (25) de Septiembre de dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO: SP01-L-2012-000458
PARTE ACTORA: RICARDO MORENO, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad N° V.-25.168.887.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: JEAN CARLOS SAYAGO VILLAMIL, inscrito en el I.P.S.A bajo el número 111.036
PARTE DEMANDADA: ALCALDIA DEL MUNICIPIO FERNÁNDEZ FEO DEL ESTADO TÁCHIRA
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS DERECHOS LABORALES.
De la revisión efectuada a la presente causa se evidencia que la última actuación realizada por la parte interesada en impulsar el proceso se verificó el día 05 de junio de 2012, fecha de interposición de la demanda y en fecha 10 de agosto de 2012, el servicio de Alguacilazgo consignó los recaudos relativos a la notificación de la parte demandada por falta de impulso procesal de la parte actora. Al respecto, el artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, establece:
Artículo 201. Toda instancia se extingue de pleno derecho por el transcurso de un (1) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. Igualmente, en todas aquellas causas en donde haya transcurrido más de un (1) año después de vista la causa, sin que hubiere actividad alguna por las partes o el juez, éste último deberá declarar la perención.
Artículo 267. Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes.
Ahora bien, visto que desde el 10 de agosto de 2012, ha transcurrido suficientemente el lapso establecido en los artículos antes señalados, sin que la parte actora haya impulsado el procedimiento, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara la PERENCION de la instancia y extinguido el proceso en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS DERECHOS LABORALES, sigue el ciudadano RICARDO MORENO, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad N° 25.168.887, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO FERNÁNDEZ FEO DEL ESTADO TÁCHIRA .
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la Ciudad de San Cristóbal, a los veinticinco (25) días del mes de septiembre de dos mil trece (2013)
La Jueza,
Abg. Liliana Duque Rosales La Secretaría
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