REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal Cuarto de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control del Estado Vargas
Macuto, 16 de septiembre de 2013
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL : WP01-P-2011-002988
ASUNTO : WP01-P-2011-002988
Compete a este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, emitir pronunciamiento en virtud de la solicitud efectuada por la Abg. JEANNIFER FERRER UGUETO, en su carácter de Fiscalía Séptima Auxiliar del Ministerio Público en Apoyo al Plan de Descongestionamiento de Causas, mediante la cual solicita se decrete el sobreseimiento de la presente causa, de conformidad con lo establecido en el artículo 300 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, en la presente causa seguida al ciudadano TOVAR ADRIÁN MAIKEL JESUS, titular de la cédula de identidad No. V- 22.327.019, por la presunta comisión del delito RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal.
Este Tribunal antes de decidir, previamente observa y considera:
La presente investigación se inició el 20-08-2011, por funcionarios adscritos a la Policía Municipal, cuando practican la aprehensión del ciudadano, TOVAR ADRIÁN MAIKEL JESUS, toda vez, que dicho ciudadano se mostró negativo a cooperar con la comisión policial al momento de hacerle la solicitud de la exhibición de posibles objetos que pudiera mantener oculto, vociferando palabras obscenas, tornándose agresivo contra la comisión policial, por lo que agotados los recursos se vieron en la necesidad de aplicarles las técnicas básicas policiales a los fines de neutralizar su actitud agresiva, por lo que le practican la aprehensión en flagrancia y es puesto a la orden del Ministerio Público y presentado ante el Tribunal de Control de guardia, el cual le decretó Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad.
Ahora bien, luego del estudio y análisis de las actas que conforman la presente causa, se observa que desde el día en que se cometió el hecho hasta el día de hoy, no se han incorporado nuevos elementos de convicción a la investigación, lo cual hace vislumbrar que no existe la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, no existiendo bases para solicitar fundadamente el enjuiciamiento de los imputados de auto. En virtud de ello, considera esta Juzgadora que lo procedente y ajustado a derecho es declarar con lugar la solicitud fiscal y en consecuencia DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO en el caso de marras, de conformidad con lo establecido en el numeral 4 del artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal y ASI SE DECIDE.
DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo penal Función de Control estadal y Municipal del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA seguida al ciudadano TOVAR ADRIÁN MAIKEL JESUS, titular de la cédula de identidad No. V- 22.327.019, de conformidad con lo establecido en el numeral 4 del artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, notifíquese, diarícese y remítase en su oportunidad legal a la Oficina de Archivo Judicial.
LA JUEZA DE CONTROL,
MARLENE DE ALMEIDA SOARES
LA SECRETARIA
ABG. JEANY CAMACARO