REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal Cuarto de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control del Estado Vargas
Macuto, 4 de septiembre de 2013
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL : WP01-P-2012-002461
ASUNTO : WP01-P-2012-002461
Corresponde a este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Estadal y Municipal del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, emitir pronunciamiento judicial relativo a la solicitud interpuesta por el ciudadano CARLOS ALBERTO MENDOZA GARCÍA, titular de la cédula de identidad N° V-12.069.020, en su condición de imputado, mediante la cual requiere “… me sea extendido el régimen de presentaciones impuesto.”
Ahora bien, de la revisión efectuada al reporte de presentaciones donde se refleja el asentamiento de las mismas correspondiente a dicho ciudadano, la cual fue remitida a este juzgado por la coordinación de la oficina del alguacilazgo, se pudo constatar el fiel y cabal cumplimiento de la medida por parte del mismo, lo cual deriva en la certeza de su disposición a someterse a la investigación, quedando así garantizadas las resultas del proceso, por lo cual quien aquí decide considera ajustado a derecho extender el lapso de presentaciones cada SESENTA (60) DÍAS, considerando igualmente el tribunal que de esta manera no se vería afectado el imputado en el ejercicio de su profesión y ASI SE DECIDE.
DISPOSITIVA
Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA EXTENDER LAS PRESENTACIONES PERIODICAS ANTE ESTE TRIBUNAL al ciudadano CARLOS ALBERTO MENDOZA GARCÍA, titular de la cédula de identidad N° V-12.069.020, a cada sesenta (60) DÍAS, de conformidad con lo previsto en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal.
Se declara con lugar la solicitud interpuesta.
Publíquese, regístrese, notifíquese y déjese copia de la presente decisión.
LA JUEZA DE CONTROL,
MARLENE DE ALMEIDA SOARES
LA SECRETARIA,
ABG. JEANY CAMACARO