REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, 25 de septiembre de 2013
203º Y 154º
ASUNTO: WP11-L-2011-000333
PARTE ACCIONANTE: LEOMILCKER ANDRES HERNANDEZ, WILIAM RAFAEL MARTINEZ, DIEGO RAFAEL MERENTES, JOSE LUIS MARTINEZ, ODLANIER YHOSET PADRON, DENIS DANILO DIAZ, JUAN CARLOS IRIARTE, ODENIS MARTIN MERENTES, CRISTIAN JOSE MORA, DARWIN ENRIQUE HERNANDEZ, FRANCISCO ALEJANDRO RIVAS, WOLFGANG ORLANDO YEPEZ, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad números 16.725.441, 11.056.254, 17.154.670, 6.801.602, 20.781.723, 15.830.251, 9.998.611, 17.960.005, 19.123.773, 13.671.498, 6.479.827, 5.572.825, respectivamente.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: MARIA FABIOLA RODRIGUEZ ALBARRACIN, REBECA ALBARRACIN MARQUEZ Y SARAHEVELI MENDOZA AZZATO, abogadas en libre ejercicio e inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números: 100.609, 61.846 y 45.642, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: AGREGADOS Y MINERALES ZP, C.A., INGENIERIA SERUR, C.A. Y DESARROLLOS ESTRUCTURALES Y MINEROS DE VARGAS, C.A (DEMIVARGAS)
APODERADO JUDICIAL DE LA EMPRESA: AGREGADOS Y MINERALES ZP, C.A. : YOSMAGLY MAGALYS PEREZ, CESAR SALAZAR, WILLIAM BAUTE, JUAN HECTOR ZABALA Y ARTURO DELGADO MONTILLA, abogados en ejercicio inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 146.205, 46.871, 20.534, 19.697 y 18.888, respectivamente.
APODERADOS JUDICIALES DE LA EMPRESA INGENIERIA SERUR, C.A.: FRANCIS ZAPATA, EDGAR BLANCO Y ARTURO DELGADO MONTILLA, abogados en ejercicio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números: 63.513, 81.555 y 18.888 en el orden enunciado.
APODERADO JUDICIAL DE LA EMPRESA DESARROLLOS ESTRUCTURALES Y MINEROS DE VARGAS, C.A (DEMIVARGAS): RICARDO J. ROMERO V., abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 118.475.
REPERESENTANTE DE LA PROCURADURIA GENERAL DEL ESTADO VARGAS: JHON VICENTE SUAREZ, ADRIANA TOVAR Y CAROLINA HERRERA abogados inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 121.977, 178.173 y 79.602 respectivamente, según delegación del Procurador General del estado Vargas.
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy, 25 de septiembre de 2013, siendo la 11:00 a.m., oportunidad fijada para la prolongación de la audiencia preliminar, se deja constancia que comparecieron los ciudadanos MARIA FABIOLA RODRIGUEZ, ARTURO DELGADO, EDGAR BLANCO, HECTOR ZAVALA, RICARDO J. ROMERO, ADRIANA TOVAR Y CAROLINA HERRERA, ya identificados. Celebrada la audiencia, las partes llegaron a un acuerdo en los siguientes términos: PRIMERO: La parte demandada AGREGADOS Y MINERALES ZP, C.A. e INGENIERIA SERUR, C.A., en fecha 11 de septiembre del 2013, pagó a los demandantes LEOMILCKER ANDRES HERNANDEZ, DIEGO RAFAEL MERENTES, JOSE LUIS MARTINEZ, ODLANIER YHOSET PADRON, JUAN CARLOS IRIARTE y WOLFGANG ORLANDO YEPEZ, las sumas de Bs. 18.000,00, Bs.13.000,00, Bs.15.000,00, Bs.11.000,00, Bs.13.500,00 y Bs.12.500,00, respectivamente. SEGUNDO: Dichos montos provienen de los cálculos efectuados por las partes en la audiencia preliminar, teniendo en cuenta las pruebas por ellas aportadas al inicio de dicho acto, y los salarios reales devengados por los trabajadores que aquí convienen, tal como se relacionan en hojas de cálculos anexas que se hacen parte integrante de la presente acta, conjuntamente con las copias de los cheques recibidos. TERCERO: En tal sentido, los demandantes LEOMILCKER ANDRES HERNANDEZ, DIEGO RAFAEL MERENTES, JOSE LUIS MARTINEZ, ODLANIER YHOSET PADRON, JUAN CARLOS IRIARTE y WOLFGANG ORLANDO YEPEZ, a través de su apoderado judicial, manifiestan estar satisfechos con el presente acuerdo, y reconocen y aceptan los salarios utilizados para calcular cada concepto; además declaran no tener más que reclamar por algún otro monto o concepto derivado de la relación laboral que les unió con la entidad de trabajo aquí demandada. CUARTO: Asimismo, tanto la entidad de trabajo demandada, como los trabajadores que aquí convienen, solicitaron a la Juez se sirva homologar el presente acuerdo. En consecuencia, este Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Vargas, visto que la mediación ha sido positiva, por cuanto no han sido vulnerados derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de cosa juzgada, SOLO EN EL CASO DE LOS CODEMANDANTES LEOMILCKER ANDRES HERNANDEZ, DIEGO RAFAEL MERENTES, JOSE LUIS MARTINEZ, ODLANIER YHOSET PADRON, JUAN CARLOS IRIARTE y WOLFGANG ORLANDO YEPEZ. En este estado, la apoderada judicial de la parte demandante, manifestó que los codemandantes WILIAM RAFAEL MARTINEZ, FRANCISCO ALEJANDRO RIVAS y CRISTIAN JOSE MORA, no han podido ser localizados. Las partes conjuntamente con el Juez consideran necesaria la prolongación de la presente audiencia, quedando pautada para el día 02/10/2013 a la 11:00 a.m. todo de conformidad con lo previsto en el artículo 132 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos o de todos, acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ,

REBECA MARTINEZ
LAS PARTES COMPARECIENTES:

MARIA FABIOLA RODRIGUEZ

ARTURO DELGADO,

EDGAR BLANCO,

HECTOR ZAVALA,

ADRIANA TOVAR,

CAROLINA HERRERA,

RICARDO J. ROMERO,
LA SECRETARIA

GABRIELA LUDEÑA