REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, dieciocho (18) de septiembre del año dos mil trece (2013)
203º y 154º
ASUNTO: WP11-L-2013-000011
Revisadas como han sido las actas procesales, este Tribunal, visto que cumplido el lapso establecido para dar cumplimiento voluntario a la sentencia dictada por el Tribunal Superior Primero del Trabajo de ésta Circunscripción Judicial en fecha diez (10) de julno de dos mil trece (2013), sin que la parte demandada haya dado cumplimiento a la misma, en consecuencia; se procede a dictar decreto de ejecución forzosa en los siguientes términos: este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EJECUCIÓN FORZOSA, en la presente causa y Decreta Medida de Embargo Ejecutivo sobre bienes propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la cantidad de CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO BOLÍVARES CON OCHENTA Y DOS (Bs.466.748,82), que comprende el doble de la suma condenada a pagar de DOSCIENTOS TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO BOLÍVARES CON CUARENTA Y UN CÉNTIMOS (Bs.233.374,41), lo cual de acuerdo a las resultas de las experticias realizadas por el Banco Central de Venezuela se especifican en los montos y conceptos que se discriminan a continuación:
Trabajadores Intereses sobre Prestaciones Sociales Intereses moratorios sobre la Prestación de antigüedad Indexación de la Prestación de Antigüedad Intereses moratorios sobre otros conceptos Indexación de otros conceptos Total
Husbar Granados
726, 73
1.197,80
14.863,96
5.855,21
62.103,08
84.746,78
Oliver Montoya
726,73
1.97,80
14.863,96
5.855,21
62.103,08
84.746,78
Martín Montoya
401,77
1.078,02
13.377,56
4.223,82
44.799,68
63.880,85
En caso de embargar cantidades líquidas de dinero, el embargo será por la suma de DOSCIENTOS TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO BOLÍVARES CON CUARENTA Y UN CÉNTIMOS (Bs.233.374,41). Este Tribunal fija para el día veintitrés (23) de octubre de dos mil trece (2013) a las nueve de la mañana (09:00 a.m.), la práctica de la Medida de Embargo. Cúmplase.
LA JUEZ PROVISORIA
ABG. RAQUEL CASTEJON GUZMÁN
LA SECRETARIA
Abg. MARIANA GONZALEZ
Partes: Husbar Granados y Otros vs Inversiones Fedca y Constructora Alpeca 9862 C.A.
Motivo: Cobro de Prestaciones Sociales.
WP11-L-2011-000011.-
|