REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE




TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA

203° y 155°

Vista la diligencia de fecha 09/04/2014, suscrita por la abogada MARIA ESPERANZA VILLAMIZAR DE GALVIS, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 137.180, quien actúa con el carácter de apoderada judicial de la parte demandante, en la cual DESISTE DEL PROCEDIMIENTO y por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles; este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN y conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada; asimismo, desglósese los documentos originales que se encuentran insertos a los folios 13 al 27, 29 al 33, 37 al 48, hágase entrega de los mismo a la solicitante y en su lugar déjese copia fotostática certificada; también se ordena hacer entrega a la parte actora del original de los 03 cheques y de las 03 letras de cambio, los cuales se encuentran guardados en la caja fuerte del Tribunal.


Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.

Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Cristóbal, a los once días del mes de abril del año dos mil catorce. (11/04/2014). Años: 203° de la Independencia y 155° de la Federación.

Abg.M.Sc. GREGORIO EDECIO PÉREZ AGUILAR
JUEZ


Abg. VICTOR ANDRADE GARCIA
SECRETARIA



En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión siendo las 10:00 a.m., quedando registrada bajo el N° 105 y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.




Abg. VICTOR ANDRADE GARCIA
SECRETARIA

Exp. N° 7.076-2013
ELSA M.