REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución Secc. Adolescentes del Estado Vargas
Macuto, 21 de abril de 2014
204º y 155º
ASUNTO PRINCIPAL : WV01-D-2012-000001
ASUNTO : WV01-D-2012-000001
AUTO DECLARANDO CON LUGAR REVISION DE SANCIONES
Este Tribunal de Ejecución el día martes santo 15/04/2014 se efectuó Audiencia de REVISION DE SANCIONES en la causa seguida al joven IDENTIDAD OMITIDA, nacido el 13/04/1996 actualmente de 18 años de edad, revisado el Informe evolutivo y escuchado a la Delegada del Centro de Orientación y la opinión de las partes, siendo tiempo suficiente para realizar Revisión de Sanciones de conformidad al artículo 647 literal e) conforme a la LOPNNA y en la que se declaró Modificar el régimen de presentaciones dentro de las Reglas de Conducta, pasa de seguida esta Decisora a fundamentar esta decisión conforme al artículo 157 del COPP por remisión del artículo 537 de la Ley penal especial.
Del expediente se puede evidenciar en la tercera pieza al folio 119 Sentencia Definitiva de fecha 11/06/2013 dictada por el Tribunal Primero de Juicio de esta misma Sección Penal de Adolescentes en contra del joven IDENTIDAD OMITIDA quien admitió hechos y lo declararon responsable penalmente del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES COMO COOPERADOR INMEDIATO y se le condenó a cumplir en forma simultánea las sanciones de LIBERTAD ASISTIDA y REGLAS DE CONDUCTAS por UN (1) AÑO. En fase de ejecución se impone la Sentencia el 09/07/2013 con presentaciones cada Treinta (30) días, para el 29/01/2014 se fija de oficio Revisión de sanción y se pide informe, se difiere por ausencia del joven para el 04/03/2014, igualmente no asiste el sancionado y se convoca para la Revisión para el 15/04/2014 y en esa misma fecha es consignado el Informe evolutivo, describiendo el escrito que “…Es un joven cordial y atento a las orientaciones impartidas, ha demostrado responsabilidad ante las presentaciones, en las entrevistas manifiesta haber concientizado la falta cometida, vive con su madre, pareja y con sus hijos, se ha mantenido en el aérea laboral en un taller mecánico desde hace 9 meses, , realizó curso de Herrería, se le ha orientado a retomar estudios formales o curso de mecánica”
En la Audiencia de Revisión la Delegada informó además que JESUS cumple cabalmente sus presentaciones cada 30 días, está bien orientado dándole siempre prioridad a su trabajo por tener familia pareja y 2 hijos y aún cuando no ha retomado educación formal ha realizo curso de herrería, es respetuoso. La Defensora Pública considera que el cumplimiento ha sido favorable solicitando se le extienda las presentaciones, por su parte la Fiscalía le exhortó a que siga cumpliendo con sus medidas hasta culminar que retome estudios formales.
Siendo esto así, escuchado a todos los intervinientes en esta Audiencia de IDENTIDAD OMITIDA esta Decisora revisado el informe evolutivo siendo favorable, observándose que ha cumplido con sus presentaciones cada 30 días, que está bien orientado, concientizando el daño causado que se denota respetuoso y estando laborando desde hace tiempo con familia que mantener, considera esta Juzgadora que es ajustado a derecho DECLARAR CON LUGAR la REVISION DE SANCIONES y en consecuencia MODIFICA el Régimen de sus Presentaciones extendiéndosela a cada CUARENTA Y CINCO (45) DIAS y continuar con las demás obligaciones debiendo culminar el 09/07/2014. Y ASI SE DECIDE.
DISPOSITIVA
En base a los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA REVISION DE SANCIONES, al joven IDENTIDAD OMITIDA y en consecuencia MODIFICA el régimen de sus Presentaciones extendiéndosele a cada Cuarenta y Cinco (45) días y continuar con las demás obligaciones debiendo culminar el 09/07/2014, todo conforme a los artículos 646 y 647 de la LOPNNA
Diarícese y se autoriza copia certificada de esta Decisión. Todos los intervinientes quedaron notificados de esta decisión en Audiencia.
LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCION
DRA. ANA CELIA PEREZ RUDMAN
SECRETARIA DE EJECUCION
Abg. FREYSELA GARCIA
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en este escrito.
SECRETARIA DE EJECUCION
Abg. FREYSELA GARCIA