ABG. GEORGE LASTRA POZO
JUEZ PROVISORIO








REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO PRIMERO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI, ANTONIO RÓMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARIA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. La Grita, 02 de Abril de Dos Mil Catorce.-

Visto el Convenimiento de Cumplimiento de Manutención en beneficio e interés de los niños: (NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICIÓN DEL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA), efectuado por los ciudadanos: TATIANA LUZBELT CONTRERAS DE FERNANDEZ y FREDDYALEXANDER FERNANDEZ CONTRERAS, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de identidad Nº V-17.527.455 y V-15.927.395, con el carácter de demandante y demandado respectivamente, en el cual establecen que el padre cancelara el monto de DOS MIL SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs. 2.600,oo) mensuales, los cuales depositara los primeros cinco días de cada mes, en la cuenta de ahorros a nombre de la madre de sus hijos, monto que será tomado como pago de la obligación de manutención la cantidad de MIL SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.600,oo) y la cantidad de MIL BOLIVARES (Bs. 1.000,oo) para cubrir la deuda de pensiones atrasadas la cual es la cantidad de VEINTICINCO MIL SETECIENTOS BOLIVARES (Bs. 25.700,oo). Este Tribunal, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA LA HOMOLOGACIÓN DEL CONVENIMIENTO, como SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, de conformidad con lo establecido en el Artículo 375 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente. Déjese Copia Certificada de la presente decisión para el Archivo del Tribunal. Líbrese oficio. Cúmplase.-

EL JUEZ,
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Abg. GEORGE LASTRA POZO
EL SECRETARIA
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Abg. GLENIS ROSALES DE ROCHE.

En la misma fecha del auto anterior se cumplió con lo ordenado.


LA SECRETARIA,
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EXP.- 1635-2012
GLP/víctor