REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPERIOR DEL CIRCUITO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
Maiquetía, 06 de Agosto de 2014.-
204º y 155º
ASUNTO: WP12-R-2014-000018
La Secretaria accidental del Tribunal dio cuenta a la ciudadana Jueza de la recepción del presente asunto, procedente del Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, conforme lo dispone el artículo 516 del Código de Procedimiento Civil, contentivo del juicio de ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, interpuesto por la ciudadana BELÉN DELGADO DE ELIETTE, contra la ciudadana MERY ALMEIDA DE ROSALES, remitido a esta Alzada en virtud de la apelación interpuesta por la ciudadana MERY ALMEIDA DE ROSALES en su carácter de parte demandada, contra la sentencia dictada por ese Tribunal en fecha 23 de julio del presente año, mediante la cual declaró Con Lugar la Acción de Amparo Constitucional. Désele entrada, anótese y regístrese en los libros respectivos que a tal efecto son llevados por este tribunal. En consecuencia, el Tribunal se reserva el lapso de TREINTA (30) días calendario siguiente a la presente fecha, la oportunidad para decidir, conforme lo dispone el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.-
LA JUEZA SUPERIOR,
DRA. MARÍA CAROLINA MARIOTTO ORTIZ.
LA SECRETARIA ACC,
Abg. YESIMAR GONZÁLEZ