REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
San Cristóbal, viernes 8 de agosto del año 2014
204º y 155º
Asunto: SP01-O-2014-000013
Visto el escrito presentado en fecha 4.8.2014, contentivo de la acción de amparo constitucional, intentado por el ciudadano Gustavo Rojas Rangel, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad n. º V.- 11.303.563, representado por su apoderada judicial abogada Lennis Farfan, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el n. º 144.821, en contra de la Alcaldía del municipio García de Hevia del estado Táchira, siendo recibido por este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, mediante auto de fecha 6.8.2014, en consecuencia este Tribunal ADMITE la presente acción de amparo constitucional y ordena notificar mediante boletas, con inserción de copias certificadas del escrito de amparo y del presente auto de admisión, a la Alcaldía del municipio García de Hevia del estado Táchira, en la persona de su alcalde Willington Vivas, igualmente al Sindico Procurador del Municipio García de Hevia del estado Táchira, en la persona de la sindico, ciudadana Elizabeth Parra Rodríguez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad n.º V.- 11.300.617, y al ciudadano Fiscal Superior del Ministerio Público del estado Táchira, a los fines de notificarle de la admisión del presente amparo constitucional, para que concurran inmediatamente a este Tribunal a conocer el día y la hora en la cual tendrá lugar la audiencia constitucional oral y pública, que se celebrará dentro de las 96 horas contadas a partir de que conste en autos la última de las notificaciones ordenadas y practicadas por el servicio de alguacilazgo de este Circuito Laboral, a tal efecto debe constar la certificación de secretaría de este tribunal de juicio, sobre el cumplimiento de las notificaciones señaladas y vencido 1 día continuo que se otorga como término de la distancia, se computarán para que comiencen a correr las 96 horas señaladas. Se ordena indicar en las notificaciones ordenadas a las partes que, durante la celebración de la audiencia constitucional, deberán promover y evacuar las pruebas que consideren indispensables, para la decisión del amparo. A los fines de cumplir con las notificaciones ordenadas se acuerda comisionar al Juzgado del municipio García de Hevia de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. Líbrense las boletas, el despacho y el correspondiente oficio. Cúmplase.
El juez

Abg. Miguel Ángel Colmenares Chacón
Secretario judicial
Abg. José Gregorio Guerrero Sánchez
MÁCCh/JGGS.