REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Ejecución Secc. Adolescentes del Estado Vargas
Macuto, 21 de agosto de 2014
204º y 155º

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-D-2013-000177
ASUNTO : WP01-D-2013-000177

AUTO DECLARANDO CON LUGAR REVISION DE SANCIONES

Este Tribunal de Ejecución en la tarde del día de hoy 21/08/2014 se efectuó Audiencia de REVISION DE SANCIONES en la causa seguida al joven IDENTIDAD OMITIDA, nacido el 29/05/1995 actualmente de 19 años de edad, revisado el Informe evolutivo y escuchado a la Delegada del Centro de Orientación y la argumentación de las partes, siendo tiempo suficiente para realizar Revisión de Sanciones de conformidad al artículo 647 literal e) conforme a la LOPNNA y en la que se declaró Modificar el régimen de presentaciones dentro de las Reglas de Conducta, pasa de seguida esta Decisora a fundamentar esta decisión conforme al artículo 157 del COPP por remisión del artículo 537 de la Ley penal especial.

Del expediente se puede evidenciar que en data 27/11/2013 fue dictado Sentencia Definitiva por el Tribunal Segundo de Control de esta misma Sección Penal de Adolescentes aplicando procedimiento de admisión de hechos a este joven IDENTIDAD OMITIDA por los delitos de ROBO GENERICO Y LESIONES GENERICAS y se le dispuso que cumpliera en forma simultáneamente las sanciones de LIBERTAD ASISTIDA y REGLAS DE CONDUCTA POR UN (1) AÑO, se logró imponer la ejecución de la Sentencia el 21/01/2014 con obligación de presentarse cada 8 días y consignó constancia de Trabajo en Esplendor en el Aeropuerto Internacional, le realizaron su Síntesis Diagnostica en marzo 2014 en especial reforzar factores de riesgo, se fija revisión de sanción para el 16/07/2014 sin embargo se difiriere para el día de hoy 21/08/2014 y se recibe Informe evolutivito el 15/07/2014 el cual describe “… IDENTIDAD OMITIDA cumple con sus presentaciones cada 8 días, se muestra respetuoso en cada entrevista atento y colaborador a las orientaciones tiene su pareja quien está embarazada de 8 meses, se ha mantenido en el área laboral desde enero en el Aeropuerto compañía de mantenimiento de 2 a 10 de miércoles a Domingo consignando constancia el día de hoy, el joven e Bachiller inició hace un mes Medicina Integral en núcleo 10 de Marzo y ha participado en todas las actividades del Centro mejorando en su comunicación y relaciones interpersonales....”

En esta Audiencia de Revisión, la Delegada además detalló que es un muchacho bien educado que ya tiene pareja y que cumplió con todo. La Defensora Pública consideró que ha cumplido muy favorable y pide se extienda presentaciones, por su parte la Fiscalía considera que debe continuar cumpliendo y no se opone a la Revisión de sanción en la extensión de presentaciones.

Siendo esto así, escuchado a todos los intervinientes en esta Audiencia de Revisión de sanción de IDENTIDAD OMITIDA esta Decisora analizado el informe evolutivo, observa que el informe es bien favorable cumpliendo a cabalidad con presentaciones, trabajo y estudio además de asistir a las actividades programadas por el Centro muy respetuoso y ya con pareja esperando un hijo, concientizando el daño causado, en consecuencia considera esta Juzgadora que es ajustado a derecho DECLARAR CON LUGAR la REVISION DE SANCIONES y en consecuencia MODIFICA el Régimen de sus Presentaciones extendiéndosela a cada TREINTA (30) DIAS y continuar con las demás obligaciones hasta finalizar el 21/01/2015 . Y ASI SE DECIDE.
DISPOSITIVA
En base a los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA REVISION DE SANCIONES, al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, y en consecuencia MODIFICA el régimen de sus Presentaciones extendiéndosele a cada Treinta (30) días, y continuar con las demás obligaciones hasta culminar el 21/01/2015, revisión conforme a los artículos 646 y 647 de la LOPNNA

Diarícese y se autoriza copia certificada de esta Decisión. Todos los intervinientes quedaron notificados de esta decisión en Audiencia.

LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCION

DRA. ANA CELIA PEREZ RUDMAN

SECRETARIA DE EJECUCION

Abg. MARVIC VELASQUEZ

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en este escrito.


SECRETARIA DE EJECUCION
Abg. MARVIC VELASQUE