REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES.

San Cristóbal, Estado Táchira, Martes 12 de Agosto de 2014, siendo las 3:00, se trasladó y Constituyó este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Tórbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, junto con los Abogados José Gregorio Blanco Vera y José Alfredy Blanco Moreno, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 35.310 y 177.833, Apoderados Judiciales del ciudadano Luis Ignacio Delgado Roa,; en un inmueble ubicado en la Calle 3 de la Concordia, Casa No 9-175, a fin de ejecutar medida preventiva de embargo, decretado por este Juzgado en el Expediente No. 079-14, seguido por Luis Ignacio Delgado Roa contra los ciudadanos María Cristina Navarro y Guillermo Navarro por Cobro de Bolívares – Intimación. El Tribunal se hizo acompañar de una Comisión adscrita a la Brigada de Orden Público, Oficiales Robinson Barrios y Alberto Gracía, placas 4781 y 4759. Igualmente acompañan al Tribunal, el ciudadano Mario Alberto Tovar, titular de la cédula de identidad No. V-1.526.319, designado como Perito y el ciudadano José Alexis D´Jhong,, titular de la cédula de identidad N° V-12.771.418, designado como Depositario Judicial Temporal, quienes estando presentes aceptaron los cargos y prestaron el debido juramento de Ley. Se encuentra presente la ciudadana Ana Felicia Valero Rojas, titular de la cédula de identidad N° V-10.145.910, quien dijo ser la esposa del ciudadano Fidel Guillermo Navarro, quien fue notificada del objeto y misión del Tribunal y quien permitió el acceso del Tribunal al inmueble. Ahora bien, garantizando el derecho a la defensa, consagrado y protegido en todo grado y estado del proceso, de conformidad con lo establecido en el ordinal 1º del articulo 49 de la Constitución Nacional, se le concede a la Notificada un plazo de 20 minutos para que ubique a los demandados, para que por si o por medio de abogado, defiendan sus derechos e intereses concatenado con el articulo 8 de la Convención Universal de los Derechos Humanos, todo por aplicación del articulo 23 de la Carta Magna, suspendiendo el acto por dicho lapso. Transcurrido el plazo, se hizo presente el Abogado Tomas Antonio Soler Barrientos, titular de la cédula de identidad no. V-11.497.203 e, inscrito en el Inpreabogado bajo el no. 136.738, quien viene a asistir a la ciudadana Ana Felicia Valero Rojas, ya identificada, quien de seguida manifiesta: Solicito al ciudadano Juez, en mi carácter de cónyuge de la parte codemandada Guillermo Navarro y como tercera interesada, no se materialice la presente medida de embargo y por instrucciones recibidas por mi esposo vía telefónica, ofrezco pagar en este acto a la parte actora, la suma de Treinta Mil Bolívares (Bs.30.000,00) mediante Cheque No. 75460313, de la Cuenta No. 013700036100001543901 de la ciudadana Ana Felicia Valero Rojas, contra el Banco Sofitasa; dicha cantidad cubre el capital reclamado, intereses legales y costas y costos que se hayan podido generar y que se encuentran especificadas en el libelo de la demanda. Mediante el presente pago, queda cumplida la obligación demandada y nada queda a deber por este concepto y solicito que la parte actora lo declare expresamente en este acto. En este estado el coapoderado acto Abogado José Gregorio Blanco expone: Visto el ofrecimiento de pago. En consecuencia acepto el mismo, solicitando respetuosamente a este despacho, se abstenga de practicar la medida de embargo acordada y por ende, solicito se le otorgue autoridad de cosa juzgada con la consecuente homologación del presente Convenio, subsiguientemente se ordene el archivo del Expediente, es todo.. En este estado el ciudadano Juez, visto lo acordado por las partes, suspende la presente ejecución de Embargo, revoca el nombramiento de Perito y Depositario; por auto separado resolverá lo conducente. No siendo otro el objeto del Tribunal, se da por terminado el acto siendo las 4:40 de la tarde, regresando a la sede natural del Tribunal.
Dr. Félix Antonio Matos. Juez Titular. (Fdo). Lugar del Sello. Ana Felicia Valero Rojas Notificada Tercera Pagadora (Fdo). Abogados José Gregorio Blanco Vera y José Alfredy Blanco Moreno. Apoderados Actores. (Fdo). Comisión Brigada de Orden Público(Fdo.) Abogado Tomas Antonio Soler Barrientos. Abogado Asistente (Fdo.) Mario Alberto Tovar. Perito. (Fdo). José Alexis D´Jhong. Depositario Judicial. (Fdo). Abg. Carmen B. Moreno Pérez. Secretaria. (Fdo).