REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FERNÁNDEZ FEO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Abejales.
I CAPITULO
DE LAS PARTES
Nro. 2052-14-2022.-
DEMANDANTE: Olga María Pulido Moreno, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.361.523, asistida por el abogado Eligio Alexey Guerrero, con inpreabogado N° 32.570.
Domicilio Procesal: Abejales, Municipio Libertador del Estado Táchira.
DEMANDADO: Vicente Elias Zambrano, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-1.796.639.
DIRECCIÓN: Abejales, Municipio Libertador del Estado Táchira.
MOTIVO: Deslinde.
Causa Nro. 2052-14
Fecha de Entrada: 19 de junio de 2014.
CAPITULO II
DE LOS HECHOS
En fecha 19 de junio de 2014, se admite y da entrada a la demanda incoada por la ciudadana Olga maría pulido moreno contra Vicente Elias Zambrano, por Deslinda, acordándose la citación del demandado.
En fecha 11 de julio del 2014, el alguacil mediante diligencia consigna boleta de citación librada y practicada al ciudadano Vicente Elias Zambrano.
En fecha 15 de julio de 2014, siendo las once horas y treinta minutos de la mañana, día y hora fijado para el acto de deslinde, se anunció el acto y no compareciendo persona alguna interesa, se declaró legalmente desierto el acto.
En fecha 16 de julio del 2014, mediante diligencia el Eligio Alexey Guerrero, en su carácter de apoderado de la parte actora, desiste de la acción y del procedimiento en la presente causa.
CAPITULO III
HOMOLOGACIÓN
Por lo todo anteriormente expuesto y por cuanto el desistimiento presentado no es contrario a derecho, a través del cual la parte actora desiste de la acción y de procedimiento, solicita el cierre y archivo del expediente, con la finalidad de poner fin al presente juicio, este Tribunal le imparte su Homologación de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena el archivo del presente expediente.
Publíquese y regístrese la presente decisión.
Déjese copia certificada para el Archivo del Tribunal
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, con sede en Abejales, a los doce días del mes de julio del dos mil catorce. Años 204º de la Independencia y 155º de la Federación.
La Jueza.
Abg. Rosalba Ruiz Jaimes
El Secretario
Abg. Luis Alfonso Sánchez Pérez
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