REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, catorce (14) de agosto de dos mil catorce (2014).
204º y 155º
ASUNTO: WP12-S-2014-000946
Vistos los recaudos consignados como fundamentos de su solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano HENRY RAMON LARES GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, de estado civil soltero y titular de la cédula de identidad Nro.V-9.970.645, asistido por el profesional del derecho MANUEL A. GRILLO GOMEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 60.292, este Tribunal la admite por no ser contrario al orden público y a las buenas costumbres. En consecuencia, se ordena librar oficios a la Dirección de Catastro Municipal del estado Vargas, así como a la Oficina Técnica Municipal para la Regularización de la Tenencia de la Tierra Urbana en el Municipio Vargas, una vez conste en autos la consignación de los fotostatos correspondientes, a fin de que se sirva informar a éste Tribunal a la mayor brevedad posible, si el terreno donde se encuentran ubicadas las bienhechurías sobre las cuales se pretende constituir el titulo Supletorio pertenece al Municipio Vargas, si es de carácter agrícola y cualquier otra información adicional de la cual tenga conocimiento. Asimismo, certifique la existencia de las bienhechurías de conformidad con lo establecido en la Ley de Geografía, Cartografía y Catastro Nacional, y la ordenanza sobre certificaciones de Bienhechurías para los Títulos Supletorios, en Tribunales del Municipio Vargas, para lo cual deberá remitir dicha información a este Juzgado. Cúmplase.
LA JUEZA

DRA. SCARLET RODRIGUEZ PEREZ

LA SECRETARIA ACC.,

ABG. MARIA ANTONIETA BEROES
SRP/MAB /ROMER.-