REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, cuatro (04) de agosto del año dos mil catorce (2014)
204º Y 155º

Nº DE EXPEDIENTE: WP11-S-2014-000047
PARTE OFERENTE: TEGAVEN TEIXEIRA DUARTE Y ASOCIADOS C.A.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE OFERENTE: MARÍA GABRIELA GARCIA, abogada en ejercicio e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No 195.195.
PARTE OFERIDA: ORFELYS MARTÍNEZ, venezolana, titular de la cédula de identidad número V-18.756.800.
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO.

Vista la diligencia de fecha treinta (30) de julio del año dos mil catorce (2014), suscrita por la profesional del derecho MARÍA GABRIELA GARCIA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 195.195, mediante la cual manifiesta su voluntad de Desistir del presente Procedimiento de Oferta Real de Pago, este Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Vargas, de conformidad con lo previsto en el numero 2 del artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en uso de sus atribuciones legales previstas en los artículos 255, 261 y 262 del Código de Procedimiento Civil y en el artículo 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, y por autoridad de la Ley HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, dándole efectos de Cosa Juzgada, se ordena el cierre y archivo del expediente.-
LA JUEZ PROVISORIA

Abg. RAQUEL CASTEJÓN GUZMÁN
LA SECRETARIA


Abg. MARIANA GONZÁLEZ