REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNÍN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA

203° y 154°

SOLICITANTE: EDELMIRA MOLINA DE ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V 28.641.768, domiciliada en la ciudad Rubio del Estado Táchira, asistidos de la abogada ZULAY COROMOTO RIVAS PACHECO, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 28.773.

MOTIVO: TITULO SUPLETORIO.

SOLICITUD: 10543-13
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: EDELMIRA MOLINA DE ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V 28.641.768, domiciliada en la ciudad Rubio del Estado Táchira, asistidos de la abogada ZULAY COROMOTO RIVAS PACHECO, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 28.773, en la cual solicita se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurías consistentes en LA PLANTA BAJA: un local , un garaje y tres apartamentos con la siguientes características, APARTAMENTO Nº 1: Consta de tres cuartos, sala, cocina, piso de cemento pulido, con las siguientes medidas: NORTE: desde el P1. al P2., 10,95 Mts con dirección al Este Predios de Garaje, SUR: desde el Punto P3. al P4. 0,70Mts con dirección al Oeste predios del apartamento Nº 02 y área de acceso, Este: desde el punto P2 al P3 6,70 Mts con dirección al sur, Oeste: desde el Punto P4 al P5 3,14 Mts. Con dirección al Norte, desde el Punto P5 al P6 1,40 con dirección al Oeste, desde el punto P6 al P1 3,36 Mts con dirección al Norte en línea quebrada y predios de Apartamento Nº 02 y garaje. En una superficie 68,97Mts. APARTAMENTO N° 02: consistente en dos cuartos, un baño cocina comedor, piso de cemento pulido, con los siguientes linderos y medidas: Norte: desde el P1 al P2, 2.57 Mts con dirección al este predios de garaje, Sur: desde el P7 al P8 9, 55 Mts con dirección al Oeste predios del apartamento N° 03 y garaje, Este: desde el P2 al P3, 1,90 Mts con dirección al sur. Desde el P3 al P4 1,40 con dirección al Este. Desde el P4 al P5, 3,14 mts con dilección al sur desde el P5 al P6 8,35 Mts con dirección al Este. Desde el Punto P6 al P7 con dirección al Sur en línea Quebrada y predios del apartamento N° 01. APARTAMENTO Nº 03: Tres cuartos, cocina, comedor un baño, piso de cemento pulido, con los siguientes linderos y medidas: Norte: 8,10 Mts predios del apartamento N° 02, Sur 8,00 Mts predios de la calle principal de la ovejera, Este: 12,65 MTs, predios de garaje. Oeste: 13,64 predios de Ignacio Montañez, en una superficie de 105,36 metros cuadrados. El garaje tiene los siguientes linderos, Norte: desde el punto P5 al P610,95 Mts con dirección al Oeste. Desde el punto P6 al P7 1,66 con direccion al sur. Desde el P7 al P8 2,57 MTs. Con dirección al oeste en linea quebrada y predios del apartamento N° 01 y 02. Este: desde el P3 al P40,70 Mts con direccion al Oeste, desde el punto P4 al P5 , o,30 M;ts con direccion al Sur en Linea Quebrada y predios de Callejón sin salida. Oeste: desde el punto P8 al P1 8,63 Mts con direccion al Norte, predios de Ignacio Montañez, en una superficie de 100,45 metros cuadrados. EN EL PRIMER PISO: dos apartamentos: APARTAMENTO 1-A: tres cuartos, sala, cocina comedor, un baño y piso de Cerámica, con los siguientes linderos y medidas: Norte: desde el punto P1 al P2 2,55 Mts con direccion al esste, desde el punto P2 al P3 2,20 Mts con direccion al sur, desde el P3 al P41,20 con direccion al Este, desde el P4 al P5 3,00 Mts con direccion al sur, desde el P5 al P6 4,00 Mts con direccion al este en línea quebrada y predios de apartamento N° 02. Sur: desde el punto P7 al P8, 8,10 MTs con direccion al Oeste predios de pasillo común. Este: desde el Punto P6 al P7 13,20 con direccion al sur, predios de apartamento N° 02. Oeste: desde el punto P8 al P9, 16,50 Mts con direccion al Norte. Desde el Punto P9 al P10 0,33 Mts con direccion al este. Desde el P10 al P1, 1,90 Mts con direccion al norte en línea quebrada y predios de Ignacio Montañez, en una superficie de 124,77 metros cuadrados APARTAMENTO 2A: dos cuartos, sala cocina, un baño piso pulido con los siguientes linderos y medidas: Norte: 4,00 Mts. Predios del apartamento N° 2. Sur: 4,00 mts predios de pasillo común, Este: 13,20 predios de área de acceso, Oeste: 13,20 predios de apartamento N° 1A, en una superficie de 52,80 metros cuadrados. EN EL SEGUNDO PISO: dos apartamentos: APARTAMENTO Nº 1B: tres habitaciones, piso de terracota, sala cocina, un baño y techo de acerolit, con los siguientes linderos y medidas: Norte: desde el P1 al P2, 10,95 Mts. Con direccion al Este, predios de garaje, Sur: desde el P3 al P49,55 Mts con direccion al Oeste, predios del apartamento 2B. Este: desde el P2 al P3 7,70 Mts.con direccion al sur predios de callejón sin salida. Oeste: desde el punto P4 al P5 3,14 con direccion al norte. Desde el P5 al P6 1,40 con dirección al Oeste. Desde el P6 al P1 3,56 Mts con dirección al Norte en línea quebrada y predios de apartamento y garaje, en una superficie de 68,97 mts cuadrados. APARTAMENTO Nº 2B: consistente en dos habitaciones, piso cemento pulido, sala, cocina, un baño, techo de acerolit con las siguientes linderos y medidas: Norte: desde el punto P1 al P2 2,57 Mts con dirección al Este. Desde el punto P2 al P3 1,90 Mts. Con dirección al Sur. Desde el punto P3 al P4 1,40 Mts con dirección al este, desde el P4 al P5 3,14 Mts con dirección al sur. Desde el punto P5 al P6. 9,55 Mts con dirección al este en línea quebrada y predios de Ignacio Montañez, según la cedulas catastrales emitidas por la oficina de catastro. Todo por un monto de VEINTE MIL BOLÍVARES (BS. 20.000,00). se admitió la solicitud en fecha 18 de Diciembre de 2013.

En fecha 15 de Enero de 2014, comparecen por ante este Tribunal del Municipio Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira Los ciudadanos JOSÉ NELSON SASTOQUE CORTES Y DIEGO ALBEYRO NIÑO GALVIS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-23.130.323 Y V-19.521.473, y rinden testimoniales pertinentes a la causa. -

En este orden de ideas el Tribunal entra a examinar los recaudos presentados y oídas las declaraciones de los testigos ciudadanas JOSÉ NELSON SASTOQUE CORTES Y DIEGO ALBEYRO NIÑO GALVIS, ya identificados, todos domiciliados Rubio del Municipio Junín del Estado Táchira. Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y conforme a lo preceptuado en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, aprueba la mencionada justificación y la declara TITULO SUFICIENTE PARA ACREDITAR LA PROPIEDAD de las bienhechurías antes descritas, a la ciudadana ALYIRENE KARINA HERNÁNDEZ CASTRO, venezolana, mayor de edad, titulare de las cédulas de identidad Nro V 16.232.682.
A los fines de su registro, se le advierte al Registrador respectivo, que conforme al Acuerdo del 01 de Abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en Sala Político Administrativa, para proceder a la protocolización de un Título Supletorio expedido sobre bienhechurías en un terreno ajeno, se requiere la autorización del propietario, sea éste un ente Público o un particular.
Expídase copia certificada de todas las actuaciones que conforman la solicitud así como de esta decisión. Devuélvanse los originales al solicitante.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala del Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en Rubio, a los Diecisiete (17) días del mes de Enero el año dos mil Catorce. Años 203° de la independencia y 154° de la Federación.



Abg. Ana Ramona Acuña
Juez Provisoria
Abg. Julio Cesar Colmenares González
Secretario Titular


En la misma fecha y previa las formalidades legales, se dictó y publicó la anterior sentencia siendo las 11 A.m.

El Srio.,

Sol. 10516-13-
Carlos