REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control del Estado Vargas

Macuto, 29 de enero de 2014
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-P-2013-002924
ASUNTO : WP01-P-2013-002924

Corresponde a este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, emitir pronunciamiento judicial con relación a la solicitud de la ABG. MARIA MUDARRA, en su carácter de Defensora Pública Primera Ordinario en fase de proceso del estado Vargas, de conformidad a lo previsto en el artículo 364 del Código Orgánico Procesal Penal, con ocasión a la audiencia de presentación de los imputados JUNIOR ALEXANDER NIEVES MARTINEZ, titular de la cédula de identidad N° V-17.744.371, de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, nacido en fecha 07/03/1986, de estado civil soltero, de profesión u oficio Militar activo de la Policía Naval, hijo de María Martínez (v) y de padre desconocido, residenciado en: Los Teques, callejón el Diablo, segunda escalera , casa Nº 21 mas adelante del dispensario, estado Miranda, teléfono: 0412-562-22-82, MIGUEL JESUS REYES ALBORNOZ, titular de la cédula de identidad N° V-21.010.054, de nacionalidad venezolana, natural de Carúpano, estado Sucre, nacido en fecha 02/02/1990, de estado civil soltero, de profesión u oficio Militar activo de la Policía Naval, hijo de Nancy Albornoz (v) y Jesús Reyes (v), residenciado en: Carúpano Barrio Andrés Bello, sector Los Molinos, cuarta calle al lado del abasto Santa Bárbara, estado Sucre, teléfono: 0416-894-6336 y JOSE DANIEL BARRETO JIMENEZ, titular de la cédula de identidad N° V-24.840.500, de nacionalidad venezolana, natural de natural de Carúpano, estado Sucre, nacido en fecha 04/08/1992, de estado civil soltero, de profesión u oficio Militar activo de la Policía Naval, hijo de María Jiménez (v) y Mario Barreto (v), residenciado en: Carúpano, Barrio Andrés Bello, sector Los Molinos, cuarta calle cerca del abasto Santa Bárbara, estado Sucre, teléfono: 0412-193-2144, realizada en fecha 21 de Octubre de 2013, conforme a lo establecido en el artículo 356 ejusdem.

En efecto, en data 21 de Octubre de 2013, este Juzgado, luego de oír a las partes, decretó al imputado JUNIOR ALEXANDER NIEVES MARTINEZ, MIGUEL JESUS REYES ALBORNOZ y JOSE DANIEL BARRETO JIMENEZ, LIBERTAD SIN RESTRICCIONES y ordenó la aplicación del procedimiento especial para el Juzgamiento de Delitos Menos Graves contenido en el artículo 354 del Código Adjetivo Penal, motivo por el cual la Fiscalía contaba con sesenta (60) días para la conclusión de la investigación, observándose de la revisión de las actuaciones, que hasta el día de hoy, su representante no ha formulado acto conclusivo alguno, por lo cual este Juzgado, considera procedente y ajustado a derecho decretar EL ARCHIVO JUDICIAL DE LAS ACTUACIONES así como la condición de imputados de los ciudadanos imputados JUNIOR ALEXANDER NIEVES MARTINEZ, MIGUEL JESUS REYES ALBORNOZ y JOSE DANIEL BARRETO JIMENEZ, ello en virtud del mandato contenido en el artículo 364 ejúsdem y ASÍ SE DECIDE.

DISPOSITIVA

En base a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Estadal y Municipal del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA EL ARCHIVO JUDICIAL DE LAS ACTUACIONES en la presente causa seguida a los ciudadanos JUNIOR ALEXANDER NIEVES MARTINEZ, MIGUEL JESUS REYES ALBORNOZ y JOSE DANIEL BARRETO JIMENEZ, así como su condición de imputados, ello de conformidad con lo previsto en el artículo 364 del Código Orgánico Procesal Penal.

Publíquese, regístrese, diarícese, notifíquese y líbrese oficio a la Fiscalía remitiendo las presentes actuaciones.

LA JUEZ DE CONTROL,

ABG. HAIDELIZA DARIAS
LA SECRETARIA,

ABG. DARLING VALDIVIA
HD//atma.